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CGT condena los crímenes contra el pueblo palestino en otra ofensiva sionista en los territorios ocupados de la franja de Gaza
La organización ácrata denuncia crímenes de Estado contra un pueblo desarmado que se defiende con piedras frente a un ejército de tanques y bombas
CGT manifiesta que los crímenes de Israel sobre Palestina no pueden encontrar justificación y son inadmisibles desde un punto de vista moral y humanitario
La Confederación General del Trabajo (CGT), a través de un comunicado, ha condenado enérgicamente los últimos ataques perpetrados por el Estado israelí sobre el pueblo palestino, que han producido muertes, entre ellas las de varios menores.
CGT ha denunciado que este nuevo ataque de Israel sobre la franja de Gaza, la mayor cárcel a cielo abierto del mundo, es un genocidio que ya dura muchas décadas y critica que la Comunidad Internacional –especialmente la Comunidad Europea y España- siga optando por mirar hacia otro lado y mantener silencio.
Los y las anarcosindicalistas explican que el asedio que las gentes de Palestina sufren se torna insoportable, sumando años a una guerra declarada a un pueblo cuyo único escudo es la dignidad frente a la ocupación israelí. En el comunicado, la CGT también ha señalado a EE.UU., por respaldar y justificar los asesinatos de Israel.
La operación “Amanecer” del Estado de Israel no es más que una masacre de inocentes en Gaza, un territorio que ocupa y que pretende dominar a costa de aniquilar a sus habitantes. CGT señala que para lavar la imagen de estas actuaciones se está utilizando, por los grandes medios de comunicación, un lenguaje pensado para hacer pasar a los oprimidos por asesinos. En este sentido, desde CGT han manifestado que como sociedad no se puede consentir la deshumanización que se está llevando a cabo de este genocidio, ni mucho menos poner en un mismo plano a gente que se defiende sin armas ante un ejército organizado y con los medios bélicos más sofisticados.
CGT ha recordado también que en una ocupación, como la que ejerce Israel sobre Palestina, es legítimo defenderse, y es precisamente esto lo que los palestinos y las palestinas llevan haciendo en la franja de Gaza y en los territorios ocupados durante décadas.
CGT ha realizado un llamamiento a toda la sociedad para respaldar cuantas acciones y movilizaciones se lleven a cabo en solidaridad con el pueblo palestino.
Vía: Gabinete de prensa del Comité Confederal de la CGT
Vacaciones estando de baja médica o en el paro. ¿Puedo viajar?
Cada vez que nos planteamos organizar unas vacaciones surgen dudas sobre diferentes cuestiones. La situación personal del viajero es la que más preguntas genera:
- Si estoy de baja y cobrando la prestación por incapacidad temporal, ¿puedo irme de vacaciones?
- ¿Qué sucede si estando de vacaciones tengo que pedir la baja?
- ¿Estando de baja el trabajador genera vacaciones?
- ¿Puedo viajar si estoy cobrando el paro?
La respuesta no es rotunda. La normativa no recoge, expresamente, impedimento alguno para que una persona, en cualquiera de estas situaciones, pueda disfrutar de sus vacaciones en lugar diferente a su residencia habitual. Pero hay que estudiar el caso concreto para poder determinar si es posible o no y, en este último caso, qué consecuencias puede acarrear.
Continúa en: https://elderecho.com/vacaciones-estando-de-baja-o-en-paro
Se declara ilegal el registro horario de horas extras supeditado a una autorización del superior
La AN estima la demanda de conflicto colectivo interpuesta por los representantes de los trabajadores contra una entidad bancaria en la que se imponía la autorización del superior para registrar la prolongación de jornada de los empleados.
Como es conocido, el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, establece la obligación del registro de jornada de carácter general (de todas las personas trabajadoras) y dos supuestos con especialidades (referido a horas extraordinarias y a trabajadores a tiempo parcial). Entre las previsiones normativas encontramos:
- El tipo de sistema de registro responderá a la libre elección de la empresa, siempre que garantice la fiabilidad e invariabilidad de los datos y refleje, como mínimo, cada día de prestación de servicios, la hora de inicio y la hora de finalización de la jornada.
- Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, podría negociarse la forma de organizar y documentar este registro de jornada.
La reciente SAN n.º 57/2022, de 19 de abril, ECLI:ES:AN:2022:1566, analiza una demanda de conflicto colectivo entendiendo contrario a derecho, el registro de horas extraordinarias de los empleados de la banca supeditado a la autorización de prolongación de jornada por parte de un superior.
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia dicta resoluciones sobre el reconocimiento del complemento de maternidad a hombres
La Sala de lo Social del TSJG resuelve en julio casi mil casos sobre complemento de maternidad a hombres para hacer frente a la avalancha de este tipo de procedimientos.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) ha recibido este año, entre enero y julio, 2.368 recursos sobre reconocimiento del complemento de maternidad a hombres. Para hacer frente a esta avalancha, los magistrados y magistradas de la Sala han dictado en julio 941 sentencias, más del doble de lo que es habitual. En todas las resoluciones han estimado que los recurrentes tienen derecho a percibir el plus de maternidad desde que se les reconoció la prestación de jubilación o de incapacidad, siempre que sea posterior al 1 de enero de 2016, siguiendo el criterio fijado por el Tribunal Supremo. Tal y como publicamos el 30 de mayo, en la noticia a la que se puede acceder a través de este enlace, el TS rechazó limitar la retroactividad a los hombres en el complemento de maternidad en la pensión, por lo que la cobrarían desde que se reconoció su prestación.
Prestación por desempleo más indemnización por despido fraccionada: ¿2 pagadores o uno a efectos de la Renta?
Si se percibe prestación por desempleo (SEPE) más indemnización por despido (abonada de forma fraccionada) ¿se considera que existe un pagador o dos a efectos de tener que realizar la declaración de la Renta? Se pronuncia la Dirección General de Tributos (DGT)
El caso concreto planteado
En 2022 una consultante prevé percibir los siguientes rendimientos del trabajo: 13.836 euros del SEPE, por prestación de desempleo, 15.600 euros de su antiguo empleador que le viene pagando fraccionadamente la indemnización por despido.
Plantea a la DGT si, afectos de la obligación de presentar la declaración del IRPF-2022, «se consideraría que tengo dos pagadores?, o bien solo uno (ya que entiende que la indemnización por despido estaría exenta de tributación).
Tribunal Supremo: el padre puede disfrutar el permiso de lactancia aunque la madre no trabaje
El Tribunal Supremo ha sentenciado que el trabajador (progenitor distinto de la madre biológica) puede disfrutar del permiso de lactancia aunque la madre no desempeñe actividad laboral (sent. del TS de 12 de julio de 2022, desestima el recurso interpuesto por una compañía).
El TS ratifica la sentencia nº 324/2019 dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, de 19 de febrero de 2019.
Razona el Tribunal Supremo entre otras cuestiones que la doctrina constitucional pone en manos del legislador el modo en que haya de evolucionar el disfrute de permisos asociados al nacimiento o la lactancia de las personas descendientes y admite que el legislador pudiera conceder el permiso por lactancia a los varones solo si la madre también está trabajando (y no lo disfruta).
La jurisprudencia comunitaria ( Roca Álvarez, Maïstrellis) sí considera inconciliable con el Derecho de la UE la exclusiva atribución de permisos parentales (incluyendo la pausa por lactancia) de un modo distinto a los hombres y a las mujeres, entendiendo que eso perpetúa los roles tradicionales de división de tareas.
Sobre esos presupuestos, nuestra STS 224/2020 de 10 marzo (rec. 224/2020;. interpretando la redacción del artículo 37.4 ET bien que a unos efectos diversos de los ahora cuestionados, ha puesto de manifiesto que el derecho contemplado en la norma debe entenderse reconocido en pie de igualdad a cualquiera de los dos progenitores del menor de nueve meses.
Bajo la vigencia del artículo 37.4 derivado de la Ley 3/2012, la referencia a que el permiso por lactancia «sólo podrá ser ejercido por uno de los progenitores en caso de que ambos trabajen» legitima para su disfrute a cualquiera de ellos (en nuestro caso, el padre) aunque el otro (aquí, la madre) no esté desarrollando actividades lucrativas, y con independencia de si puede encargarse de atender al menor.
Continúa en: https://sincrogo.com/blog/tribunales/tribunal-supremo-permiso-de-lactancia-2022/
Prestación por desempleo más indemnización por despido fraccionada: ¿2 pagadores o uno a efectos de la Renta?
Si se percibe prestación por desempleo (SEPE) más indemnización por despido (abonada de forma fraccionada) ¿se considera que existe un pagador o dos a efectos de tener que realizar la declaración de la Renta? Se pronuncia la Dirección General de Tributos (DGT)
El caso concreto planteado
En 2022 una consultante prevé percibir los siguientes rendimientos del trabajo: 13.836 euros del SEPE, por prestación de desempleo, 15.600 euros de su antiguo empleador que le viene pagando fraccionadamente la indemnización por despido.
Plantea a la DGT si, afectos de la obligación de presentar la declaración del IRPF-2022, «se consideraría que tengo dos pagadores?, o bien solo uno (ya que entiende que la indemnización por despido estaría exenta de tributación).
Trece rosas
Sucedió en agosto de 1939. Horas antes de su ejecución, Julia Conesa Conesa, conocida por ser miembro del colectivo de las Trece Rosas, envió a su madre la carta más dura que habría escrito hasta la fecha: «Madre, hermanos, con todo el cariño… Os pido que no me lloréis un día. Me matan inocente, pero muero como debe de morir una inocente. Madre, madrecita, me voy a unir con mi hermana y papá al otro mundo«.
Ese mismo día, Julia fue asesinada por el régimen franquista. Fue condenada a pena de muerte por un tribunal militar poco después de terminar la Guerra Civil. Su ‘delito’, como el de la mitad de sus compañeras, fue asociarse a las Juventudes Socialistas Unificadas. Dos días antes del fatal destino, el 3 de agosto, el Consejo Permanente de Guerra las sentenció a morir como «responsables de un delito de adhesión a la rebelión«.
Julia fue detenida en mayo de 1939. Había sido denunciada por un amigo de su por entonces novio, y las tropas franquistas la detuvieron mientras cosía en su casa; su ocupación, más allá de plantar cara al régimen fascista con organizaciones declaradas clandestinas, era la de modista. Tres meses después, en la madrugada del 5 de agosto, fue asesinada junto a sus compañeras en la tapia este del cementerio de la Almudena, espacio que lucha por no olvidar sus nombres.
Cuenta Constanza Paje, sobrina nieta de Julia que años después desveló el contenido de aquella carta que la joven mandó a su madre poco antes de morir, que cuando sus familiares iban a verla a prisión ella «estaba demacrada, pálida, ojerosa; estaba enferma«, pero decía que «estaba bien, que cantaba, reía y bailaba«. No podía estarlo, pero Julia lo hacía para animar a su madre, que entonces se hallaba enferma y no podía visitar a su hija en la prisión. El deseo de Julia: «Que mi nombre no se borre de la historia«
Finalmente, la madre de Julia pudo acudir a la cárcel, no sólo para ver a su hija, sino también para «llevarle a Franco una solicitud de indulto«. Unas 40 mujeres habían firmado una petición en la que se rogaba el perdón para la integrante de las ‘Trece Rosas’. Llegó tarde. Julia ya había sido fusilada, y el último contacto que había tenido con ella fue aquella misiva que funcionó a modo de sentencia y de pronta despedida.
La suerte quiso, al menos, que esa carta que la familia ha guardado como un tesoro décadas después pudiese llegar a manos de la madre de Julia. Así se lo contaron a Constanza: «Las cartas pasaban primero una censura previa, pero algunas comunicaciones llegaban a su madre y a su hermana a través de cartas que escribía en un papel muy rudimentario en el dobladillo de la ropa que sacaban de la cárcel«. Aquello tenía una intención clara, cumplir el último deseo de Julia: «Que mi nombre no se borre de la historia«.
Qué no nos borren la memoria para que no se repita la historia.