Acción Social

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia dicta resoluciones sobre el reconocimiento del complemento de maternidad a hombres

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La Sala de lo Social del TSJG resuelve en julio casi mil casos sobre complemento de maternidad a hombres para hacer frente a la avalancha de este tipo de procedimientos.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) ha recibido este año, entre enero y julio, 2.368 recursos sobre reconocimiento del complemento de maternidad a hombres. Para hacer frente a esta avalancha, los magistrados y magistradas de la Sala han dictado en julio 941 sentencias, más del doble de lo que es habitual. En todas las resoluciones han estimado que los recurrentes tienen derecho a percibir el plus de maternidad desde que se les reconoció la prestación de jubilación o de incapacidad, siempre que sea posterior al 1 de enero de 2016, siguiendo el criterio fijado por el Tribunal Supremo. Tal y como publicamos el 30 de mayo, en la noticia a la que se puede acceder a través de este enlace, el TS rechazó limitar la retroactividad a los hombres en el complemento de maternidad en la pensión, por lo que la cobrarían desde que se reconoció su prestación.

Continúa en: https://www.iberley.es/noticias/tsjg-dicta-resoluciones-sobre-reconocimiento-complemento-maternidad-hombres-31830?nolog=1&sort=fecha&noIndex

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Violencia económica y patrimonial

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La violencia económica es un tipo de violencia contra la mujer que busca controlar sus ingresos y recursos financieros.

Es difícil de reconocer pues se suele imponer de forma sutil apelando en muchas ocasiones a la operatividad o a la confianza. 

Es importante prevenirla asegurando la independencia económica y evitando delegar responsabilidades.

La violencia económica consiste en actos y comportamientos que tiene el agresor de manera intencional para tener el control de los ingresos y los recursos financieros. Busca generar una situación de dependencia económica de la mujer. La violencia patrimonial implica la destrucción o sustracción de documentos, bienes, activos u otros objetos..

Esta violencia puede afectar a mujeres que cuentan con mayores recursos económicos, pero que no disponen de esos ingresos con libertad y son dependientes económicamente y a mujeres en riesgo de exclusión social que se ven limitadas para conseguir la autonomía económica.

La violencia económica y patrimonial puede ser sutil, encubierta y difícil de reconocer.. Se puede dar durante la relación incrementándose progresivamente pero también tras la separación (en ocasiones aparece o se incrementan a modo de castigo a la mujer por abandonarlo). Muchas veces es simultánea con la violencia psicológica, física o sexual que menoscaban la autoestima de la mujer generando indefensión  e inacción.

Actualmente, la violencia económica y patrimonial no se encuentra recogida ni definida de forma específica como una forma de Violencia de Género en España, lo que dificulta su visualización y eliminación.

Puedes entender mejor este tipo de violencia con los siguientes comportamientos del acosador:

  • Restringe el acceso al mercado laboral: No permite a la mujer trabajar para generar sus propios ingresos o le dificulta la conciliación.
  • Pone barreras a la formación y a la mejora de las condiciones de trabajo.
  • Limita el acceso a los recursos económicos: Deja el dinero exacto para el gasto diario, administra todo el dinero, controlando en qué y cómo se gasta.
  • Excluye a la mujer de la economía familiar: Negando la participación en las decisiones del hogar. No puede realizar las compras de forma independiente; o se realizan compras sin su consentimiento, provocando deudas.
  • Recursos económicos como instrumento de amenaza: No deja dinero para la alimentación diaria para ella y sus hijos/as.
  • No cumple con el pago de la pensión de alimentos
  • Se oculta la situación patrimonial y generalmente el maltratador tiene la titularidad de todos los bienes.
  • Desconoce los ingresos del agresor.
  • Daños a la propiedad: vivienda, coche, etc.
  • Se esconde o se destruyen los objetos de valor o personales de la víctima.

Debemos asegurar la autonomía económica evitando delegar responsabilidades. Este test te permitirá identificar si la sufres.

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Regulada (con efectos de 1 de enero de 2023) la reducción de cuota a la Seguridad Social por contribuciones empresariales a los planes de pensiones

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La D.F. 4.ª de la Ley 12/2022, de 30 de junio, modifica, con efectos de 1 de enero de 2023, la Ley General de la Seguridad Social para contemplar el establecimiento de una reducción de la cuota empresarial por contingencias comunes a la Seguridad Social respecto de los importes de las contribuciones empresariales a los planes de pensiones de empleo, así como las medidas necesarias para su aplicación efectiva. 

Con efectos desde el 1 de enero de 2023, la D.F. 4.ª de la Ley 12/2022, de 30 de junio (BOE 01/07/2022), modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social para contemplar el establecimiento de una reducción de la cuota empresarial por contingencias comunes a la Seguridad Social respecto de los importes de las contribuciones empresariales a los planes de pensiones de empleo, así como las medidas necesarias para su aplicación efectiva.

Esta medida se articula, como indica el preámbulo de la nueva ley, como una reducción en la cotización para incentivar la generalización en la negociación colectiva sectorial de este tipo de instrumentos.

Continúa en: https://www.iberley.es/noticias/regulada-reduccion-cuota-seguridad-social-contribuciones-empresariales-planes-pensiones-31756

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Publicada la Ley para la igualdad de trato y la no discriminación

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Se publica en el BOE del 13 de julio de 2022 la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.

Con entrada en vigor para el día siguiente al de su publicación en el BOE, el 13 de julio de 2022 es publicada la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.

Esta norma introduce modificaciones en otras —normas— tan importantes como la LEC, la LJCA, la LPACAP y la LGDCU, entre otras. Todas ellas entrarán en vigor el 14/07/2022.

  • En la LEC se modifica el art. 11 bis, se introduce un nuevo art. 15 ter, se modifica el apartado 5 del art. 217 y apartado 3 del art. 222.
  • En la LJCA se modifica la letra i) del art. 19.1 y apartado 7 del art. 60.
  • En la LPACAP se añade un nuevo apartado 3 bis al art. 77.
  • En la LGDCU se modifica la letra b) del art. 52 y se añade un apartado 3 al art. 46. (Se debe tener en cuenta que, respecto a esta modificación, es de esperar una corrección de errores ya que las modificaciones introducidas en dichos artículos se realizan sobre una versión no vigente de los mismos).

La Ley 15/2022, de 12 de julio, tiene por objeto garantizar y promover el derecho a la igualdad de trato y no discriminación, respetar la igual dignidad de las personas en desarrollo de los artículos 9.2, 10 y 14 de la Constitución. 

Continúa en: https://www.iberley.es/noticias/publicada-ley-igualdad-trato-no-discriminacion-31776

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El TS reconoce el derecho de un padre al “permiso por lactancia” aunque la madre no trabaje

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El TS reconoce el derecho de un padre al “permiso por lactancia” aunque la madre no trabaje

La Sala Cuarta del Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de un padre al “permiso de lactancia”, con independencia de que el otro progenitor, en este caso, la madre, no trabaje y pueda encargarse de atender al menor.    El problema surgió cuando un trabajador (en octubre de 2018) solicitó el disfrute del permiso por lactancia y la empresa se lo denegó argumentando que la madre del menor no trabajaba, por lo que podía asumir su cuidado.

Continúa en: https://www.europapress.es/epsocial/igualdad/noticia-ts-reconoce-derecho-padre-permiso-lactancia-madre-no-trabaje-20220713135417.html

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El permiso de lactancia se disfruta en días hábiles y no naturales

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Así lo entiende el TSJ Extremadura, que da la razón a una agente de la Policía Nacional, que contará con ocho días más de permiso

La Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha estimado el recurso de una agente de la Policía Nacional interpuesto contra la resolución del Jefe de la División de Personal de la Dirección General de la Policía relativa a la concesión de permiso de lactancia.

La Sala declara que la recurrente posee derecho a disfrutar de 28 días de permiso en días hábiles sin tener en consideración los naturales. Los días que le resten los podrá disfrutar de manera acumulada en el momento más próximo a la firmeza de la sentencia y siempre en jornadas en las que no se afecte a la prestación del servicio de manera especial, concluye el fallo.

Continúa en: https://elderecho.com/el-permiso-de-lactancia-se-disfruta-en-dias-habiles-y-no-naturales

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Aprobada la Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación

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La Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación ha concluido su tramitación parlamentaria, una vez debatidas en el Pleno del Congreso de los Diputados las enmiendas introducidas del Senado

Entre las modificaciones que ha incluido la Cámara Alta y que han sido ratificadas por el Congreso se encuentra la exigencia de que la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la no Discriminación presente, un año después de su creación, un informe sobre “aspectos contrarios a la igualdad que pueden pervivir en las disposiciones normativas de rango legal o reglamento vigentes”.

Continúa en: https://elderecho.com/aprobada-ley-igualdad-trato-no-discriminacion

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Comunicado Secretariado Permanente de Comité Confederal: Medidas inútiles del gobierno ante un aumento del 10,2% en el IPC

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Que la noticia con la que nos despertábamos ayer, en la que veíamos que el IPC alcanzaba un récord histórico en los últimos 37 años situándose en un 10,2%, no nos pillara por sorpresa, no quita gravedad al asunto. La sociedad, acostumbrada ya a esta “nueva normalidad”, toma todo este tipo de noticias como algo cotidiano. El precio de la cesta de la compra o el coste que tiene llenar el depósito de gasolina, en aumento vertiginoso, no se acompasan a la subida de los salarios, en muchas ocasiones congelados desde hace años o aumentando muy por debajo de ese índice.

El gobierno del estado español (el más progresista de la historia, recordemos), nos ha acostumbrado tanto a esta situación, que días antes de esta última subida del IPC , lanza una serie de “ayudas” ineficaces e insuficientes para paliar el impacto de la guerra de Ucrania en nuestra economía. Medidas totalmente inservibles, que solo son una cortina de humo y una compra de voluntades, que únicamente buscan mantener la paz social que tienen instaurada desde hace años.

Y todo esto sucede mientras delante de nuestros ojos, el gobierno de PSOE+UP se gasta una cantidad ingente de dinero, extraídos de nuestros impuestos, para que en Madrid se celebre la cumbre de la OTAN y se decida en ella incrementar considerablemente el gasto en defensa y en compra de armas.

Desde la CGT tenemos claro que la única forma de revertir esta situación es luchando y exigiendo en las calles una redistribución de la riqueza, una limitación real de las presiones al consumo, una socialización de las empresas energéticas que garanticen que cualquier persona, sean cuales sean sus ingresos, pueda tener los suministros básicos en su hogar, un aumento del SMI que se equipare a los existentes en Europa y que saque de la precarización a millones de personas trabajadoras, de algunos sectores notablemente feminizados, y una Renta Básica que garantice realmente unos ingresos mínimos a todas las familias. Y desde luego, rechazamos frontalmente el incremento de gastos dedicado a defensa para 2023 en los presupuestos generales del estado. Ni que decir tiene que los impuestos a las grandes fortunas han de aumentar de forma muy considerable. Resulta obsceno que esas grandes fortunas incrementen sus ganancias de forma exponencial a costa de la agudización de las desigualdades, llevando a la miseria a buena parte de la sociedad.

Sin estas medidas, la clase trabajadora estamos abocados a un sistema que nos lleva cada vez más a vivir al límite, a que millones de personas tengan que hacer equilibrismo para llegar a fin de mes y a que dependan de la voluntad y de las ideas que tenga el gobierno de turno.

Por eso, desde CGT hacemos un llamamiento a ocupar las calles, a movilizarse, a gritar bien alto que basta ya, y a exigir de una vez por todas medidas contundentes para que la clase trabajadora no siga pagando las crisis que no ha generado.

– Secretariado Permanente de Comité Confederal –

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El negocio de la guerra: Los l-ogros de la OTAN

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Ya vimos los interesesbeneficiarios y estamentos que viven que viven de la guerra; en esta ocasión nos vamos a centrar en el papel que tiene España como parte de la OTAN además de acoger su cumbre el 29-30 de junio con un gran dispositivo de seguridad.

Hace 40 años, el 30/05/1982 España ingresó como miembro nº16 de la OTAN. La democracia se estaba consolidando y permitió acelerar la entrada a la CEE el 1/1/1986. 

El proceso a propuesta del presidente Leopoldo Calvo Sotelo en febrero de 1981 fué muy rápido. La entrada se produjo cuando el PSOE llegó al gobierno con Felipe González que renunció a su posición contra la Alianza. El PSOE hizo campaña a favor de la permanencia en el referéndum del 12/3/2986. 

La pregunta del referéndum condicionaba la permanencia en la OTAN a tres elementos: 1. no incorporación a la estructura militar integrada; 2. prohibición de armas nucleares y 3. reducción de la presencia militar de EEUU. El 56,54% de los votantes (participación del 60%) apoyó la permanencia.

Inmediatamente España comenzó a participar en todos los comités y órganos de la OTAN salvo la estructura militar integrada. De 1995 a 1999 Javier Solana, fue secretario general de la OTAN. En 1997 España acogió su primera cumbre de la OTAN con Aznar y en  1999 se integró en la estructura militar integrada.

En el siglo XXI las guerras de EEUU y OTAN han dejado más de 350.000 civiles muertos y 38 millones de desplazados. Sus actuaciones no se someten a exámenes independientes y los crímenes no son investigados.

España desde 1992 ha participado en 22 misiones de la OTAN con 125.000 militares y 119 bajas. Las tropas españolas han estado desplegadas en Bosnia (IFOR y SFOR), Kosovo (KFOR) o Afganistán (ISAF). En la actualidad participan en 7 misiones: la Policía Aérea del Báltico (BAP); los Grupos Navales Permanentes OTAN; la Operación ‘Sea Guardian’ en el Mediterráneo; la Presencia Avanzada Reforzada (EPP); la operación ‘Apoyo a Turquía’ y la operación ‘Resolución inherente’ en Irak. El coste de estas misiones en 2021 supuso más de 507,12 M€.

Los presupuestos y programas de la OTAN tienen un valor anual en torno a 2.500 M€ al que cada país aporta en función de una fórmula establecida; España aporta el 5,99%. Esto representa solo un 0,3% del gasto total de la OTAN que se elevaría a 833.000 M€. España aportó 12.208 M€ en 2021 (un 1,02% del PIB). A esto hay que añadir los 16.526 M€ que gastamos en armamento en buena medida para soportar estas acciones. El presidente del Gobierno se comprometió de manera pública a elevar la inversión en Defensa hasta el 2% del PIB como exige la OTAN a sus miembros. El objetivo de esta Cumbre de la OTAN es reforzar al imperialismo estadounidense y europeo con un rearme sin precedentes, el aumento de las tensiones con Rusia y China, la ampliación escandinava, la lucha por los combustibles fósiles y el control militar de las migraciones de los países pobres.

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Derecho a la vivienda

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Es inadmisible que dentro de un marco teóricamente “democrático” se produzcan cientos de miles de desalojos mientras millones de viviendas están vacías. Las administraciones públicas anteponen  los intereses financieros a la emergencia habitacional.   

El art.25 de la Declaración Universal de los DD.HH, el art.11 del Pacto Internacional de Derechos económicos, sociales y culturales y el art.47 de la Constitución española, son totalmente vulnerados por el teórico Estado de Derecho español. 

Tampoco basta con aprobar leyes maquillaje que no dan respuesta a la emergencia habitacional y que no plantea ninguna solución efectiva ante los desahucios. En el Estado Español, el 36,1% de la población destina más del 40% de sus ingresos al pago de vivienda y suministros básicos; y otros miles de hogares jóvenes ni siquiera pueden constituirse. De hecho, únicamente el 18,5% de la población entre 18 y 29 años se ha emancipado por las enormes dificultades para acceder y mantener una vivienda estable. 

Las viviendas sociales representan sólo un 2,5% del parque de viviendas principales, nada que ver con los porcentajes de algunos países europeos de nuestro entorno. En la Comunidad de Madrid el precio de la vivienda ha crecido entre un  20% y un 40% y hay más de 150.000 viviendas vacías. 

Actualmente se producen una media de 180 desahucios diarios, de los cuales 100 son producto de la especulación con los alquileres. Ante todo esto, es urgente ampliar el parque público de alquiler a través de movilizar la vivienda ya construida, expropiando las viviendas de los bancos que han sido rescatados con dinero público, (SAREB), que posee, solo en la Comunidad de Madrid, aproximadamente unas 21.000 viviendas.

Mientras siga habiendo gente sin casas y casas sin gente es importante reivindicar el derecho a la okupación de espacios vacíos y sin habitar.

Son bastantes las personas que han dicho BASTA ante la especulación del sistema financiero hacia nuestras vidas y han decido autoorganizarse para dar una respuesta colectiva que genere un contrapeso a este desequilibrio de poder. Sindicato de Inquilinas e inquilinos de Madrid  y  la PAH, entre otras, son claros ejemplos de que ante la agresión del sistema sólo es posible luchar si lo hacemos juntas. Desde CGT Metal Madrid, abordaremos este tema en la tercera edición de nuestro proyecto Construyendo Alternativas.

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