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Denegada a una trabajadora la petición de teletrabajo (art. 34.8 ET) porque el padre puede recoger al hijo en el colegio
Las peticiones de teletrabajo al amparo del art. 34.8 del ET (solicitud de adaptación de jornada) son fuente de conflictividad en los tribunales de lo Social como hemos explicado reiteradamente en nuestro blog (y ojo a las novedades que introducirá la futura Ley de Familias en este art. 34.8 ET).
Como hemos comentado en reiterados post, estas peticiones se analizan caso por caso, realizando una ponderación de intereses de ambas partes (empresa vs. trabajador).
A esto se suma que los tribunales han dejado claro que no existe un derecho absoluto para el trabajador y que cabe la denegación por parte de la empresa (tal y como dispone expresamente el propio art. 34.8 del ET pero dicha denegación debe ser motivada y por escrito).
Continúa y conoce el caso concreto enjuiciado en: https://sincrogo.com/blog/tribunales/denegado-teletrabajo-porque-el-padre-puede-recoger-al-hijo-en-el-cole/
Los cambios en el sistema de pensiones que debes conocer
El Real Decreto-ley 2/2023 que contiene esta reforma fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el 16 de marzo pasado, detallando las medidas que se empezarán a aplicar y las que se pospondrán.
La siguiente fase de la reforma entró en vigor el pasado sábado 1 de abril, aunque algunas de sus disposiciones ya están en vigor o lo estarán a lo largo de este año o en 2024, 2025 y 2026.
Nueva regulación del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)
La actual sobretasa del MEI, del 0, 6%, aumentará al 1, 2% en 2029, aumentando una décima por año y con la siguiente distribución: 1% a cargo de la empresa y 0, 2% a cargo del trabajador. Esta sobretasa se mantendrá en el 1, 2% de 2030 a 2050 y podrá incrementarse automáticamente si el gasto en pensiones supera el 15% del PIB. Con esta sobretasa se financiará la hucha de las pensiones.
Conforme a la reforma, la Ley de Presupuestos establecerá desde 2033 el desembolso anual a realizar por el Fondo de Reserva en términos de porcentaje del PIB, con un límite máximo para cada ejercicio del periodo 2033-2053, que oscilará entre el 0, 10% del PIB (2033) y el 0, 91% (2047), según el ejercicio.
Continúa en: https://espaciopymes.com/noticias/sistema-de-pensiones-cambios-que-debes-conocer/
Declarada accidente laboral caída en casa de teletrabajador durante su jornada
El titular del Juzgado de lo Social nº 3 de Santander ha declarado accidente laboral la caída en casa de un teletrabajador que realizó una pausa en su jornada laboral para ir a por agua, se tropezó, cayó al suelo y se cortó una mano con el cristal de una puerta.
En una sentencia recientemente notificada, el magistrado estima la demanda del trabajador, que sigue de baja por contingencia de accidente no laboral, ya que no se le ha reconocido que este sea de trabajo.
Entiende el titular del Juzgado de lo Social nº 3 que “el incidente acaeció en tiempo y lugar de trabajo” y que si “hubiera acontecido en una empresa no habría existido siquiera un expediente judicial al respecto, no habría duda alguna”.
Como tuvo lugar en el domicilio del trabajador, tanto la mutua demandada como el Instituto Nacional de la Seguridad Social han argumentado que no se ha demostrado que se encontrara en un descanso y que podría haber sucedido por estar realizando una labor doméstica.
Continúa en: https://elderecho.com/declarada-accidente-laboral-caida-en-casa-de-teletrabajador-durante-su-jornada
PENSIONES: Boletín – Pensiones Públicas, sostenibilidad del sistema, pobreza, brecha de género, reparto y solidaridad intergeneracional
Boletín de análisis critico sobre las distintas reformas del PSOE-UP, elaborado por el Gabinete Confederal de Estudios y Formación.
Aprobado el proyecto de Ley de Familias
El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de ley de Familias que, entre otras medidas, reconoce la diversidad de las situaciones familiares en nuestro país, y aborda las barreras en la conciliación y en la crianza.
El texto garantiza el reconocimiento de los distintos tipos de familias que ya existen en nuestro país, equiparando sus derechos. Así, se van a reconocer legalmente a las familias LGTBI, a las familias con miembros con discapacidad, a las familias múltiples, a las adoptivas, a las reconstituidas o las acogedoras, entre otras.
También se culmina prácticamente la equiparación entre los matrimonios y las parejas de hecho, garantizando que las parejas de hecho tendrán acceso a los 15 días de permiso por registro equiparables al matrimonio.
Derecho a la conciliación
En cuanto al derecho a la conciliación, se conforma una nueva arquitectura con tres permisos.
Por un lado, se establece un permiso de cuidado de 5 días al año, que se podrá utilizar en caso de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite reposo, tanto de un familiar hasta 2º grado como de un conviviente, algo nuevo hasta ahora; un permiso parental de 8 semanas, que podrá disfrutarse de forma continua o discontinua, a tiempo completo o parcial, hasta que el menor cumpla 8 años y un tercer nuevo permiso «por causa de fuerza mayor», que se distribuirá por horas y podrá alcanzar en total hasta 4 días al año. Este último busca permitir a padres y madres ausentarse del trabajo cuando haya motivos familiares urgentes e imprevisibles.
Continúa en: https://elderecho.com/aprobado-proyecto-ley-familias