Latest Event Updates

LA PLUMA Y LA TUERCA

Posted on Updated on

BOLETÍN MENSUAL DEL SINDICATO CGT METAL MADRID – Nº10 ABRIL 2021

Boletín creado desde el SP de CGT Metal Madrid.

Os animamos a que participéis, tanto a lxs afiliadxs como a las secciones sindicales, sólo tenéis que mandar vuestras opiniones sobre el tema que creáis conveniente enviando vuestro artículo a comunicacion@cgtmetalmadrid.com.

Esperemos que sea de vuestro interés y difundáis entre vuestros compañerxs y contactos.

Compártelo

Sindicatos representativos

Posted on Updated on

En base a los resultados de las elecciones sindicales se otorga la condición de “más representativo” a ciertos sindicatos (en la práctica CC.OO y UGT) lo que conlleva una importante serie de privilegios institucionales y económicos (Art 6 LOLS):

  • Ostentar representación institucional.
  • La negociación colectiva.
  • Participar como interlocutores.
  • Participar en los sistemas no jurisdiccionales de solución de conflictos de trabajo.
  • Promover elecciones sindicales.
  • Obtener cesiones del uso de inmuebles patrimoniales. 

Ley y la práctica administrativa, son diseñadas para que esos privilegios queden reservados, en el ámbito estatal, para UGT y CCOO, y mantener indefinidamente el statu quo aunque este dominio del panorama sindical no esté respaldado ni por afiliación, ni por representatividad real.

Estos sindicatos, a fin de desarrollar todas las atribuciones para las que la Ley les capacita, han desarrollado una enorme estructura interna que ha disparado las necesidades de financiación.

Ante la imposibilidad de financiar esta estructura con las escasas cuotas sindicales que el sistema genera, los sindicatos “representativos”, se vuelven fuertemente dependientes de la financiación pública  por medio de subvenciones (por representatividad, participación institucional o dirigidas a la formación de los trabajadores y prestación de servicios). 

En esta escalada de búsqueda de dinero evolucionan explorando otras vías financiación como formación, fondos de pensiones y servicios a empresas y trabajadores. A los trabajadores les ofrecen, sobre todo, servicios jurídicos; a las empresas, asesoramiento técnico y jurídico durante la negociación colectiva (el negocio de los EREs).

Las directivas tomadas en la cúpula sindical se transmiten hacia abajo y se reflejan en los procesos de negociación colectiva en la búsqueda del pacto a toda costa para no perder el favor empresarial.

La siguiente tabla muestra la representación en 2020 de los diferentes Sindicatos en los diferentes CCs del sector del metal de Madrid.

Compártelo

¿Se puede pedir excedencia para atender a hijos mayores de 3 años?

Posted on Updated on

Los hijos mayores de 3 años, y menores de edad, no pueden causar derecho a una excedencia por cuidado de familiares en base a que no pueden valerse por sí mismos, salvo que la razón para atender a su cuidado no sea la edad sino un accidente, enfermedad o discapacidad. Por ello, se deniega la excedencia por cuidado de familiares solicitado para atender a un hijo de 9 años que necesita ayuda escolar para superar el curso.

Una trabajadora solicita excedencia por cuidado de familiares para atender al cuidado de su hijo de 9 años que, según informe del director de su centro escolar, necesita ayuda para superar el curso. La empresa deniega la excedencia por no concurrir las condiciones fijadas en el convenio colectivo, de redacción plenamente coincidente con el art. 46.3 ET. Por ello, la trabajadora solicita excedencia voluntaria y, tras un año en esta situación, solicita el reingreso a lo que la empresa responde que solo dispone de una vacante en otro centro de trabajo y en jornada de 20 horas semanales en horarios rotatorios. Ante esta situación la trabajadora presenta demanda en solicitud de que se reconozca su derecho a la excedencia por cuidado de familiares y que se compute el año en que estuvo en situación de excedencia a efectos de antigüedad, con derecho a la reserva de puesto de trabajo.

Continúa en: http://elderecho.com/se-puede-pedir-excedencia-para-atender-a-hijos-mayores-de-3-anos?utm_medium=email&utm_source=newsletter&utm_campaign=20210330_Nwl

Compártelo

Hacienda se vuelve a pronunciar sobre el teletrabajo desde España para empresas extranjeras

Posted on Updated on

Teletrabajo y fiscalidad. Hacienda se ha vuelto a pronunciar sobre la tributación del teletrabajo realizado desde España para empresas extranjeras en una reciente Consulta Vinculante (V0194-21, de 8 de febrero de 2021).

Continúa y conoce el caso planteado en: http://sincrogo.com/blog/actualidad-fiscal-contable/teletrabajo-desde-espana-tributacion/

Compártelo

Permisos laborales Elecciones 4M: publicada hoy en el BOCM la Resolución que los regula

Posted on Updated on

Permisos laborales Elecciones 4M: publicada hoy Resolución en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) con los permisos correspondientes.

Resolución de 24 de marzo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se regulan, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, los permisos retribuidos de los trabajadores en las elecciones del 4 de mayo.

Aunque ya explicamos en El Blog de SincroGO los permisos, queda pendiente de publicación la Resolución correspondiente, publicada hoy (29 de marzo de 2021) en el BOE.

Continúa en: http://sincrogo.com/blog/actualidad-laboral/permisos-laborales-elecciones-4m-publicada-hoy-en-el-bocm-la-resolucion-que-los-regula/

Compártelo

¿Tengo derecho al permiso retribuido por hospitalización si el hospital prohíbe acompañar al familiar enfermo?

Posted on Updated on

La hospitalización de la persona infectada por el coronavirus o COVID-19 ya no es una situación que nos resulte extraña. Y, desde el punto de vista laboral, la hospitalización de una persona conlleva el derecho del trabajador a tener un permiso retribuido.

El artículo 37.3.b del Estatuto indica que el trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguientes:

“… Dos días por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días.”. Dicho permiso sería de cuatro días si se requiere traslado.

En concreto, el Alto Tribunal (en concreto, la STS 11 de marzo 2020, rcud. 193/2018), ha mantenido que dicho permiso son «… situaciones transitorias en las que se encuentra el contrato de trabajo, en las que el trabajador afectado por alguna de las causas previstas legal o convencionalmente, queda liberado de la obligación de la prestación laboral, pero mantiene -sin embargo- el derecho a la retribución (STS de 3 de diciembre de 2019, Rec. 141/2018)”.

Continúa en: http://elderecho.com/tengo-derecho-al-permiso-retribuido-por-hospitalizacion-si-el-hospital-prohibe-acompanar-al-familiar-enfermo?utm_medium=email&utm_source=newsletter&utm_campaign=20210330_Nwl

Compártelo

Un juzgado da la razón a un trabajador para cambiar sus vacaciones por las limitaciones de la pandemia

Posted on Updated on

El Juzgado de lo Social nº1 de Badajoz ha dado la razón a una demanda de CCOO de Extremadura que presentó en defensa del derecho de un trabajador que decidió cambiar su periodo vacacional porque el que había fijado previamente con la empresa era imposible de disfrutar a causa de las limitaciones que se impusieron por la pandemia sanitaria.

Así, en noviembre de 2020, el trabajador acordó con la empresa disfrutar de 14 días de vacaciones, entre el 18 y el 31 de enero de 2021, pero «las restricciones a la movilidad y al ocio que se aplicaron a causa de la tercera ola de coronavirus provocaron que este trabajador se diera cuenta de que no iba a poder desarrollar sus vacaciones con normalidad», por lo que solicitó de manera formal a la empresa que le modificase las fechas para hacer posible el ejercicio efectivo de su derecho al descanso.

La empresa se negó a esta petición y, por eso, el trabajador, asistido por los Servicios Jurídicos de CCOO y, por la Federación de CCOO de Industria, acudió a la Justicia para presentar una demanda que ha tenido como consecuencia esta «pionera sentencia que declara el derecho del trabajador a posponer sus vacaciones por estos motivos», según explica el sindicato en nota de prensa.

La sentencia, tras un exhaustivo análisis de la jurisprudencia y de la normativa aplicable, recuerda la «doble finalidad» del periodo vacacional, que consiste, por un lado, en «permitir que el trabajador descanse de la ejecución de las tareas que le incumben según su contrato de trabajo, y por otro, que disponga de un periodo de ocio y esparcimiento».

Continúa en: http://elderecho.com/un-juzgado-da-la-razon-a-un-trabajador-para-cambiar-sus-vacaciones-por-las-limitaciones-de-la-pandemia?utm_medium=email&utm_source=newsletter&utm_campaign=20210330_Nwl

Compártelo

Los 12 engaños preferidos de las empresas al despedir al trabajador

Posted on Updated on

¿Qué tipo de irregularidades puede intentar el empresario durante el despido?. Si las conoces, podrás evitarlas.

El despido es una de las causas más frecuentes de litigios laborales.

En este artículo relatamos cuáles son las irregularidades más habituales que llevan a cabo algunos empresarios. En estos tiempos de crisis, más que nunca, es imprescindible que el trabajador conozca sus derechos.

Continúa en: http://loentiendo.com/enganos-habituales-en-los-despidos/

Compártelo

No todo cambio en el sistema de dirección por objetivos constituye una msct

Posted on Updated on

No toda modificación en el sistema de dirección por objetivos para abonar un variable constituye una modificación sustancial de las condiciones de trabajo (msct) (sent. de la AN de 4 marzo de 2021).

Si el pacto para abonar la retribución variable únicamente establece que “el variable se abonará con los criterios establecidos en la política global de incentivos de la Compañía y que serán comunicados al inicio de cada ejercicio”, se está otorgado por tanto a la empresa la fijación de los mismos.

Por ello, si se modifican los criterios para su abono (siempre y cuando los objetivos no sean inalcazables o atenten contra la dignidad o derechos fundamentales de los trabajadores) no cabe demandar por modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

Continúa y conoce el caso planteado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/no-todo-cambio-en-el-sistema-de-direccion-por-objetivos-constituye-una-msct/

Compártelo