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David Graeber antropólogo y anarquista

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Graeber fue hasta su muerte profesor en algunas de las universidades más prestigiosas de EEUU, miembro del sindicato revolucionario IWW y destacada figura del movimiento Occupy Wall Street.

Nacido en Nueva York en 1961 en una casa politizada, hijo de una sindicalista y un voluntario de las Brigadas Internacionales, su tesis sobre las consecuencias de la desigualdad social y sus estudios sobre deuda, capitalismo y crisis son referencia para libertarios y pensadores de todo el mundo.

En sus últimos años fue un ferviente defensor y divulgador de la revolución social desencadenada en la región de Rojava a raíz del colapso del estado Sirio.

En el texto Fragmentos de Antropología Anarquista muestra que la prácticas políticas anarquistas se han encontrado entre nosotrxs desde hace miles de años.

Además de sus grandes obras hay que mencionar su activismo político. Anarquista convencido pero sin permitir que esto fuese algo excluyente a la hora de participar con distintos movimientos. 

Por su compromiso anarquista fue expulsado de la Universidad de Yale y fue rechazado por el resto de universidades de EEUU.

Para Graeber, el capitalismo acabó como tal en los años ochenta y ahora vivimos en un sistema mutante que todavía no hemos logrado identificar.

Otro de sus ensayos más sonados fue el provocador Trabajos de mierda. Una teoría  nacida de un artículo que se volvió viral en Internet, donde introducía el concepto de bullshit jobs, esos empleos “de mierda”, que no aportan nada a la sociedad (aunque quienes los ocupan tratan de fingir que no es así). En el texto denunció que la automatización no libera del trabajo y abogó por la introducción de una renta básica universal.

Que este breve texto sirva de homenaje.

Que la tierra te sea leve, compañero.

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Registro de jornada

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La empresa ha de garantizar el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la existencia de flexibilidad horaria

El objetivo primordial del registro de jornada es controlar el tiempo efectivo de trabajo para eliminar las sobre jornadas (en muchos casos no remuneradas).

La infografía resume el carácter obligatorio del registro de jornada en todas la empresas y para todos los trabajadores desde mayo del 2019.

El sistema de registro podrá ser elegido por la empresa, siempre que garantice la fiabilidad e invariabilidad de los datos y refleje, como mínimo, cada día de prestación de servicios, la hora de inicio y la hora de finalización de la jornada.

CGT ha elaborado varias guías y modelos para introducir este registro en las empresas. También es interesante esta guía del Ministerio de Trabajo.

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Inteligencia Artificial y trabajo

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La IA implica la sustitución de muchas personas en sus puesto de trabajo y cambiará la vigilancia y competencias requeridas a quienes continúen trabajando. 
Además muchos colectivos han expresado su preocupación sobre lo que la IA incorporada en nuestras vidas puede afectar nuestra privacidad y libertades.

Amazon nos sorprende una vez más utilizando la Inteligencia Artificial no solo para su servicio de atención al cliente sino también para evitar la organización de sus trabajadores

Social Europe ha publicado un estudio sobre el impacto de la Inteligencia Artificial (IA) en la transformación del trabajo y la sociedad.

El impacto de la IA en el mundo del trabajo será muy desigual dependiendo del lugar,  nivel de educación, género y, sobre todo, las estrategias empresariales, gubernamentales y sindicales que se asuman. 

La transformación debida a la IA es imparable y desde el punto de vista sindical deberíamos centrarnos en garantizar el buen uso de la tecnología. Por ejemplo es muy peligroso su uso en los procesos de selección de personal ya que se ha identificado que algunos algoritmos incluyen sesgos de género o raza

En relación con el empleo existen dos alternativas: utilizar la IA para reducir costos eliminando los empleos de baja cualificación o potenciar el uso de la IA para reciclar las competencias de las plantillas haciendo su trabajo más eficiente y menos pesado. Esto no es más que una decisión organizativa, política, legislativa y social en la que debemos influir.

La IA posibilitará a las máquinas trabajar con las personas de una manera más integrada. El objetivo debe ser que las nuevas tecnologías doten a las personas de mejores capacidades en lugar de posicionarlas como simples apéndices de las máquinas.Es necesario que la aplicación de la AI, en lugar de precarizar o destruir los empleos actuales,  permita evolucionarlos hacia actividades menos rutinarias y más creativas. Unos trabajos que con la ayuda de la IA nos permitan enfrentarnos a los principales problemas de nuestra sociedad. En el sector de servicios debemos cambiar nuestro concepto de trabajo para mantener una sociedad en la que el cuidado de los niños y los ancianos y en general todos los servicios públicos (transportes, educación, sanidad, etc.) sean más fáciles de desarrollar. También es necesario el uso de la tecnología para enfrentar el problema ecológico. Esta tecnología cambiará la forma actual de hacer sindicalismo y debemos asumir el reto.

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Teletrabajo: Despido nulo de una trabajadora que planteó que pediría reducción de jornada si le obligaban a dejar de teletrabajar

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Las sentencias sobre teletrabajo cobran más importancia que nunca ante la entrada en vigor el próximo 13 de octubre del RD-Ley 28/2020 de trabajo a distancia.

Hoy analizamos esta sentencia en la que se declara nulo el despido de una trabajadora que llevaba años teletrabajando por vulneración de la garantía de indemnidad.

Su empresa le comunicó que tenía que reducir sus días de teletrabajo, la trabajadora planteó que esto le obligaría a acogerse a la reducción de jornada por guarda legal para atender a sus hijos y la empresa procedió a su despido.

Se declara nulo el despido por vulneración de la garantía de indemnidad (sentencia del TSJ de Madrid de 21 de mayo de 2020, que ratifica la declaración de nulidad del despido).

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincro.com.es/blog/tribunales/teletrabajo-despido-nulo-garantia-indemnidad/

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Una sentencia reconoce el derecho a anular vacaciones coincidentes con el estado de alarma

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Una sentencia del Juzgado de lo Social de Santander ha reconocido a una trabajadora de la Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria su derecho a anular cuatro días de vacaciones que había solicitado porque coincidieron con el confinamiento general del estado de alarma y a sustituirlas por otro período vacacional.

La sentencia, que estima una demanda de la sección sindical de UGT en el Ejecutivo autonómico, aclara que la trabajadora solicitó a principios de año cuatro días de vacaciones, del 13 al 17 de abril, y que tras decretarse el estado de alarma que se prolongó hasta el 21 de junio, envió un whatsapp el 24 de marzo para anularlas por coincidir con el confinamiento general y volvió a solicitarlo el 2 de abril.

El fallo judicial asevera de manera textual que si la trabajadora «no puede salir de su casa por confinamiento forzado no serán vacaciones, no se corresponderá ese período con un legítimo y constitucional derecho al descanso anual que todo trabajador ha de tener».

Continúa en: http://elderecho.com/una-sentencia-reconoce-derecho-anular-vacaciones-coincidentes-estado-alarma

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Plan MECUIDA: ¿y si no hay acuerdo con la empresa?

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En Sincro.com.esexplicaron en su blog, como se publicó en BOE la prórroga de las medidas del Plan MECUIDA hasta el próximo 31 de enero de 2021 (Disp. Adicional Tercera RD-Ley 28/2020 de trabajo a distancia).

Pues bien, ¿qué sucede si ante la solicitud de las medidas por parte de un trabajador, la empresa no está de acuerdo y deniega la petición?

En primer lugar, hay que tener en cuenta que el Plan MECUIDA contempla dos tipos de medidas: reducción de la jornada (de hasta el 100%) y adaptación de la jornada (cambio de turno, horario flexible…).

Para poder solicitar las medidas tienen que concurrir circunstancias excepcionales (por ejemplo, cierre de centros escolares o educativos, necesidad de cuidado directo de una persona dependiente a cargo del trabajador debido al Covid-19…).

Continúa en: http://sincro.com.es/blog/actualidad-laboral/plan-mecuida-y-si-no-hay-acuerdo-con-la-empresa/

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El Supremo vuelve a pronunciarse sobre el despido por incumplir el pacto de rendimiento

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El Tribunal Supremo ha vuelto a pronunciarse sobre el despido disciplinario por incumplimiento del pacto de rendimiento (sent. del TS de 1 de julio de 2020, en la que se remite a su doctrina de STS 14/12/2011).

En este sentido, declara improcedente el despido, desestimando el recurso interpuesto por la empresa.

Se exige a la empresa, recuerda el TS, la carga de probar los elementos comparativos necesarios para valorar adecuadamente el carácter lícito y no abusivo del pacto de rendimiento.

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincro.com.es/blog/tribunales/el-supremo-vuelve-a-pronunciarse-sobre-el-despido-por-incumplir-el-pacto-de-rendimiento/

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