Author: Área Comunicación CGT Metal Madrid
AN. El plazo de caducidad de 20 días para la presentación de demanda frente a un ERTE por causas ETOP no se suspende ni por la vigencia del estado de alarma ni por la presentación de papeleta de conciliación
Prescripción y caducidad de acciones. Abengoa. ERTE por causas ETOP. Presentación de demanda de conflicto colectivo 22 días después de la comunicación por la empresa de su decisión final a la comisión representativa y a los trabajadores afectados. Suspensión del plazo de caducidad.
El plazo de caducidad de 20 días recogido en el artículo 59 del ET se extiende igualmente a las decisiones empresariales de suspensión del contrato y reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor, en virtud del artículo 138.1 de la LRJS, contando a partir del día siguiente a la notificación por escrito de la decisión a los trabajadores o a sus representantes. Aunque el RDL 16/2020 señale que se tramitarán conforme a la modalidad procesal de conflicto colectivo las demandas que versen sobre suspensiones y reducciones de jornada adoptadas en aplicación de lo previsto en el artículo 23 del RDL 8/2020, y el artículo 156 de la LRJS establezca como requisito necesario para la tramitación del proceso el intento de conciliación.
En vigor el Reglamento sobre igualdad retributiva entre mujeres y hombres
A pesar de su publicación el pasado 14 de octubre de 2020, el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, ha entrado en vigor a los seis meses de su publicación, es decir, el 14 de abril de 2021.
Con la entrada en vigor a los 6 meses de publicación en el BOE del RD de igualdad retributiva resultará sancionable con multas de entre 6.251 y 178.500 euros el incumplimiento de las medidas de transparencia retributiva incluida la adaptación del registro retributivo obligatorio a las condiciones del reglamento.
El objeto de este real decreto es establecer medidas específicas para hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación entre mujeres y hombres en materia retributiva, desarrollando los mecanismos para identificar y corregir la discriminación en este ámbito y luchar contra la misma.
Esta norma será de aplicación en el ámbito de las relaciones laborales reguladas en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
La estructura y contenido del real decreto responde a cuatro capítulos, once artículos, cuatro disposiciones adicionales, una disposición transitoria única y cuatro disposiciones finales.
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CGT FESIM considera insuficiente la partida presupuestaria de los Fondos Europeos destinada a las víctimas del amianto y exige al Gobierno la aplicación de los coeficientes reductores
CGT recuerda que hay miles de personas expuestas en sus lugares de trabajo a un producto potencialmente cancerígeno
La Confederación General del Trabajo (CGT) vuelve a remitir al Ejecutivo de PSOE-UP un documento en el que exige la aplicación del Real Decreto 1698/2011 de coeficientes reductores para aquellos trabajos que sean de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre, y que acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad para quienes tengan que realizarlos.
La organización anarcosindicalista ha expuesto en este nuevo escrito, dirigido también a la mayoría de los grupos parlamentarios, que la aprobación de estos fondos económicos, para un tema tan grave, es insuficiente porque no elimina el verdadero problema que es la existencia de miles de toneladas de material de amianto en todo el Estado y la falta de un protocolo para su retirada total a corto plazo.
En este sentido, desde CGT reprochan a todos estos grupos políticos que desde ningún Gobierno se haya puesto en marcha ningún paquete de medidas o acciones para eliminar de numerosos centros de trabajo a lo largo y ancho del Estado español este material altamente cancerígeno.
CGT manifiesta que estos fondos o partidas presupuestarias solo pretenden tapar la negligencia que ha existido y sigue existiendo con este asunto en el Estado español. Es por ello, que desde esta organización han querido dejar claro que no darán por resuelto este tema con la simple recepción de cantidades económicas y ocultar un problema de salud como el que causa el amianto a miles de personas trabajadoras cada día.
Desde CGT anuncian su disposición a continuar tratando esta cuestión con el objetivo de encontrar soluciones reales en defensa de la salud y la seguridad de los trabajadores y las trabajadoras.
Vía: Gabinete de prensa del Comité Confederal de la CGT
Finalización del plazo para adaptar el registro retributivo de las empresas
Este 14 de abril finaliza el plazo para cumplir con la obligación de implementar el registro retributivo establecida por el RD 902/2020. La norma obliga a las empresas a elaborar un registro en el que esté incluida toda su plantilla y que consiste en elaborar un listado con la media por concepto salarial y grupo profesional desglosado entre hombres y mujeres. Además, obliga a las empresas que elaboren planes de igualdad a incluir una auditoría retributiva.
El Real Decreto incluye un conjunto de medidas específicas para hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación entre mujeres y hombres en materia retributiva. Para hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y no discriminación la norma establece que las empresas y convenios colectivos deben integrar y aplicar el principio de transparencia retributiva con el objeto de identificar discriminaciones, directas o indirectas, particularmente las debidas a incorrectas valoraciones de puestos de trabajo.
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