Author: Área Comunicación CGT Metal Madrid

¿Es causa de despido las desconexiones durante el teletrabajo?

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El despido disciplinario de un teletrabajador, que no cumple las horas establecidas en su contrato por continuas desconexiones del sistema, es improcedente si no se prueba su voluntariedad y, además, existen indicios de que sí se han producido por fallos en el sistema.

El trabajador ha estado prestando sus servicios mediante el sistema de teletrabajo desde su domicilio desde el mes de abril de 2020 hasta su despido disciplinario.  La conexión se realizaba con el propio ordenador y móvil del demandante. La empresa alega en la carta de despido que el trabajador no ha cumplido con las horas de trabajo planificadas ya que se ha desconectado antes de finalizar las horas de contrato, no justificando algunas dichas desconexiones. El trabajador alega que las desconexiones obedecen no a una falta de puntualidad sino a un fallo del sistema.

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El oligopolio eléctrico avanza en el control de las renovables mientras España suma condenas millonarias por los recortes en el sector

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Las tres grandes eléctricas controlan más de la mitad de la energía verde operativa en el país y amplían su parque al abrigo de la nueva burbuja financiera en el sector mientras el frenazo en seco de los huertos solares y el autoconsumo con Zapatero y Aznar ya le cuesta al Estado 970 millones de euros

El Estado español acumula condenas por valor de casi mil millones de euros a favor de fondos de inversión y compañías eléctricas de otros países por el frenazo en seco que los Gobiernos de José Luis Rodríguez Zapatero y José María Aznar aplicaron al despliegue de las renovables con una serie de decisiones con las que, además de impedir la irrupción de un modelo que habría tirado a la baja del precio de la electricidad, cortocircuitaron el desarrollo inicial de la energía verde y, con él, el del autoconsumo.

Ese frenazo en seco acabó siendo un extravagante prólogo de la segunda y actual etapa del despliegue de las renovables que han acabado liderando, o acaparando, las grandes empresas del oligopolio que controla el mercado eléctrico en España, que ahora mismo, pese a la llegada de nuevos actores como Forestalia o Capital Energy y la expansión de otros como Total o Acciona, gestionan más de la mitad del parque de energía de fuentes limpias que está en servicio en el país.

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¿Puede implantarse unilateralmente un sistema de puestos calientes?

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Modificación no sustancial de las condiciones de trabajo

La AN considera que, al no constituir una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, la empresa puede implantar unilateralmente un sistema de «hot desk» o puestos calientes consistente en adjudicar el puesto de trabajo a través de la solicitud de los trabajadores mediante una aplicación informática.

La empresa implanta, de manera unilateral, implanta un sistema denominado «hot desk» o puestos calientes, encuadrado en el procedimiento denominado Smart Job, consistente en la adjudicación del puesto de trabajo a través de solicitud de los trabajadores mediante aplicación informática.

El sindicato presenta demanda de conflicto colectivo solicitando que se declare la nulidad o, en su defecto, la improcedencia, de la implantación unilateral por parte de la empresa de un nuevo sistema por el que los trabajadores dejan de tener un puesto de trabajo físico habitual, para pasar a tener el que le asigna una aplicación informática a solicitud del propio trabajador o de su responsable.

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