Author: Área Comunicación CGT Metal Madrid

Reconocido retroactivamente el complemento por maternidad en las pensiones de los hombres

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La Seguridad Social española entendía que el derecho al complemento de los hombres que cumplieran esos requisitos debía reconocerse únicamente con efectos a partir de la publicación de la sentencia del TJUE

En su deliberación del día 16 de febrero de 2022, el Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo ha resuelto que el complemento por maternidad en las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social debe reconocerse con efectos retroactivos a los hombres que estuvieran en la misma situación que las mujeres.

En su redacción original, el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social de 2015 reconoció un complemento por maternidad a las mujeres que cumplieran determinados requisitos.

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de diciembre de 2019 (C-450/18), declaró que el Derecho de la Unión se opone a una norma que reconoce el derecho al complemento a las mujeres en las condiciones previstas en dicho precepto, mientras que lo niega a los hombres que se encuentren en idéntica situación.

Continúa en: http://elderecho.com/cobro-complemento-maternidad-hombre-pensionista?utm_medium=email&utm_source=newsletter&utm_campaign=20220221_Nwl

El Supremo reitera que ya no cabe el disfrute del permiso por nacimiento de hijos aunque lo regule el convenio

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El Tribunal Supremo ha reiterado que tras la ampliación de la paternidad (progenitor distinto a la madre biológica) a 16 semanas ya no cabe el disfrute del permiso por nacimiento de hijo, ni siquiera aunque esté recogido en convenio colectivo (Sent del TS de 26 de enero de 2022, reitera doctrina).

El TS estima el recurso interpuesto por la empresa y revoca lo sentenciado por la Audiencia Nacional.

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/permiso-por-nacimiento-de-hijos-2022-sentencia/

Los salarios de convenio suben por encima del 2% en el arranque del año

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Sólo el 17% de los convenios registrados cuenta con cláusula de garantía salarial

Los salarios pactados en convenio subieron de media un 2,01% en enero, por encima de lo registrado en 2021 (+1,47%), pero lejos del IPC, cuyo dato avanzado para enero se situó en el 6%, según datos extraídos de la estadística de negociación colectiva del Ministerio de Trabajo y Economía Social.

Este incremento salarial está por debajo de la subida del 3,6% acordada entre el Gobierno y los sindicatos para el salario mínimo interprofesional (SMI) y está algo más en línea con las directrices marcadas en el Acuerdo Interconfederal para el Empleo y Negociación Colectiva (AENC) 2018-2020, que planteaba subidas salariales del entorno del 2% más un punto porcentual ligado a conceptos como la productividad, los resultados empresariales y el absentismo laboral.

Este AENC, que tenía vigencia hasta el año pasado, se encuentra a la espera de que los sindicatos y la patronal renueven y actualicen su contenido.

Continúa en: http://elderecho.com/subida-salarial-convenio-colectivo?utm_medium=email&utm_source=newsletter&utm_campaign=20220214_Nwl

COMIC – COEFICIENTES REDUCTORES

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El Real Decreto 1698/2011 de 18 de noviembre,  por el que se regula el régimen jurídico y el procedimiento general para establecer coeficientes reductores y anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social, lleva más de una década criando polvo en los anaqueles. Un Real Decreto que debía dar solución a miles y miles de personas en nuestro país que han trabajado –y siguen trabajando– expuestas a riesgos que acortarán drásticamente sus años de vida. Trabajadores y trabajadoras que están en contacto con amianto, o del sector del hierro colado, o del transporte de viajeros y mercancías, o de limpieza de centrales térmicas, por citar sólo algunos ejemplos, siguen a la espera de que aquel Real Decreto, aprobado hace ya once años, no quede en papel mojado.

Entretanto, las únicas personas que han obtenido una reducción por esta vía de los coeficientes reductores y que han visto cómo se anticipaba su edad de jubilación, eran las pertenecientes a la Policía. Un claro indicio de que, detrás de la aplicación de esta norma, hay una clara intencionalidad política y un claro sesgo ideológico. Mientras tanto, a las personas que pueden contraer un cáncer por culpa de un riesgo como el contacto con el amianto, se las manda a la sala de espera de la aplicación de esta norma; una sala de espera que lleva ya una década sin correr número.

Desde la CGT hemos tenido que denunciar a la propia administración, que ha hecho una lectura retorcida de la ley sin justificación de ningún tipo. Al contrario de lo establecido en el RD 1698/2011, la administración interpretaba que las solicitudes para el inicio de los expedientes debía ser conjunta entre sindicatos y patronal. Esto suponía, de facto, dar un cerrojazo para que no se iniciara ningún expediente más. Sin embargo, la ley no indica en ningún apartado que dicha solicitud deba ser conjunta entre empresarios y sindicatos, y así lo ha hecho prevalecer la CGT en los juzgados. Desde la reciente sentencia ganada por parte del Gabinete Jurídico Confederal, podremos iniciar la petición administrativa y dar los pasos adecuados para forzar el cumplimiento de esta norma sin tener que contar con el acuerdo con los empresarios.

El presente comic es nuestro particular modo de dar a conocer ante la sociedad una realidad apenas abordada, pero de la que depende la seguridad y salud tanto de las personas que están trabajando en estas condiciones como la de las personas usuarias que reciben estos servicios. La CGT tiene que seguir dando pasos adelante por más trabas que nos pongan en el camino.

Descargar cómic:

Vía: FESIM (CGT-Metal)

La Rbis; tejiendo redes para acabar con la riqueza.

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Desde Baladre, con la colaboración de CGT Metal Madrid, queremos compartir el informe La RBis: tejiendo redes para acabar con la riqueza.

En el informe tratamos sobre la importancia que tiene la Renta Básica de las Iguales como elemento de transformación en nuestras realidades, como herramienta transformadora del sistema capitalista y sobre la estructura y composición de la RBis. 

Consideramos importante su reivindicación y su estudio, es por ello la elaboración de este informe y su difusión

La CGT se convierte oficialmente en la fuerza sindical más activa de Catalunya

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De 2015 a 2020 han arrollado a CCOO, convirtiéndose en el sindicato que más huelgas convoca y con mayor seguimiento, según datos del Departament de Treball.

A la vista está que la Confederació General del Treball (CGT) es el sindicato más activo en Catalunya. Ahora no solo lo podemos intuir, sino que se puede constatar con los datos oficiales recopilados por el propio sindicato obtenidos del Departament de Treball y que confirman lo dicho: la CGT es la fuerza sindical que más huelgas convoca y con mayor seguimiento.

Los datos a los que nos referimos comprenden el periodo 2015-2020 y confirman el sorpasso de la organización anarcosindicalista: durante todo ese lustro han desbancado a CCOO, que ostentaba el primer puesto hasta 2014. De hecho, en 2020 (año del estallido de la pandemia), la CGT dobló en huelgas y seguimiento las convocadas por Comisiones Obreras. «Se confirma así un cambio de liderazgo en las luchas muy significativo», explican desde la CGT.

Igualmente, son las convocatorias de la CGT las que suman más huelguistas que las de cualquier otro sindicato, o convocadas por comités de empresa, en 2018, 2019 y 2020. «Estas huelgas han permitido importantes éxitos para las plantillas», afirman desde la CGT. Y para muestra un botón: en Bicing consiguieron un incremento anual de 3500 € en tablas salariales; en la UAB, un incremento salarial del 14-19% y mantenimiento de 200 puestos de trabajo; en Deyse-Clece, un incremento de 180 € mensuales; en Iberboard, la retirada de ERTE y retorno de los salarios reducidos; en Cines Balanyà, un incremento del sueldo del 7,5%.

Representatividad, convocatorias y seguimiento

La representatividad en Catalunya de los diferentes sindicatos en porcentaje de delegados en las distintas empresas es la siguiente: CCOO un 41.4%, la UGT un 37,5%, USOC un 5,09%, y la CGT 3,03%. De ahí que sea tan llamativo que la CGT tenga esa capacidad de movilización.

Y es que ponderando los porcentajes de convocatorias según la implantación real, en 2020 la CGT convocó como sindicato un +804% del porcentaje de huelgas que habría que esperar en función de su presencia en empresas, mientras que CCOO lo hizo un 29,46% de su peso relativo, la UGT el 16,26% y USO un 47,92%

En cuanto al seguimiento en huelgas del último año (2020) y teniendo en cuenta igualmente la ponderación según representatividad, el porcentaje de seguimiento de las huelgas convocadas por la CGT suponen un +1938,78% del seguimiento que habría que esperar en función de su presencia a empresas, mientras que el seguimiento ponderado de las convocadas por CCOO representa un 62,39% de su peso relativo en representatividad, UGT el 66,38% y USO un 49,06%.

Continúa en: http://www.revistarambla.com/la-cgt-se-convierte-en-la-fuerza-sindical-mas-activa-de-catalunya/