Laboral-Social
El trabajador de baja por COVID o aislamiento debe cobrar el 75% de su base
Miles de trabajadores están en este momento en baja por Covid-19, bien por padecer la enfermedad o por guardar la cuarentena.
Explicamos cuánto se debe cobrar en estos casos y cómo se tramitan los partes de baja.
Cuando un trabajador padece el covid19 o bien tiene que permanecer en la cuarentena obligatoria a causa de un contacto directo, corresponde emitir la baja laboral al médico de cabecera (atención primaria). En este caso, las bajas no las da la Mutua, sino el médico de cabecera y no es obligatorio que el trabajador acuda en persona al centro de salud para que el médico facilite la baja. Una vez que la tenga, el trabajador debe enviar el parte de baja a su empresa.
Este tipo de bajas se consideran como “baja por contingencias comunes”, es decir, no tienen la consideración de accidente o enfermedad profesional, pero sin embargo, se pagan como si de estos últimos se tratase. Es una medida especial y exclusiva para las bajas por Covid que se regula en el RDL 6/2020 (art.5º).
Continúa en: http://loentiendo.com/cuanto-se-cobra-de-baja-por-covid/
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¿Por qué leer este Boletín sobre los Presupuestos Generales del Estado?
Antes de desarrollar este boletín, queremos hacer un llamamiento a su lectura. Pensarás que todo esto de los Presupuestos Generales del Estado (PGE en adelante) es algo muy economicista, aburrido de explicar, no puede ser más repetitivo y por supuesto, no dispones de tiempo para detenerte en ello. Si bien algunas de estas argumentaciones pueden ser ciertas, la verdad es que desde nuestra posición como sindicato, como personas interesadas en el bien común y en lo colectivo, en la política, en los cuidados de las personas, en el reparto de la riqueza y la situación de la clase trabajadora, es imprescindible interesarnos por los aspectos económicos, políticos y sociales de los PGE.
Una parte de las ideas que venimos defendiendo necesitan explicaciones que los sustenten, así como datos reales que nos permitan debatir y contrargumentar los planteamientos conservadores y neoliberales. Necesitamos entender la realidad, y para ello, es importante seguir documentándonos y aprendiendo continuamente para seguir dotándonos de herramientas para seguir defendiendo nuestras ideas y acciones.
En este sentido, este boletín no es la panacea formativa ni dialéctica, ni mucho menos. Pero si es una de las herramientas que nos va a permitir comprender mejor la situación económica, política y social. Nuestro objetivo no es sólo presentar los principales datos económicos de los PGE, sino aportar el significado político de los mismos y las consecuencias sociales que se pueden derivar de éstos.
Este documento lo hemos dividido en tres bloques principales. Un primer bloque que trata de presentar a nivel conceptual el significado de económico y político de los PGE, su composición y las implicaciones que tienen sobre nuestras vidas. Además, hemos querido introducir un subapartado que explique los efectos de los fondos europeos sobre los PGE y las consecuencias que se pueden derivar de su condicionalidad. En segundo lugar, abordamos las principales partidas de ingresos y gastos presupuestadas a nivel estatal, y trataremos de dar algunas pinceladas a nivel territorial. Y, por último, a modo de conclusión, queremos aportar las principales ideas políticas que podemos extraer de los últimos presupuestos aprobados, así como las consecuencias económicas políticas y sociales.
Con este boletín, te invitamos a que leas y reflexiones sobre los PGE. Seas o no economista, este boletín te interesa.
Vía: Secretaría de Comunicación de la Confederación General del Trabajo – CGT
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Las 10 claves de la Reforma Laboral aprobada ayer en Consejo de Ministros
Ayer, 28 de diciembre de 2021, tal y como estaba previsto, se ha aprobado en Consejo de Ministros la reforma (que no derogación) de la Reforma Laboral.
Aprobado el Rd-Ley que recoge el acuerdo alcanzado entre el Gobierno, las organizaciones sindicales CCOO y UGT y las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME para reformar estructuralmente el mercado laboral.
Éstas son las 10 claves principales que hay que tener en cuenta (aunque habrá que esperar a ver la letra pequeña de las medidas cuando se publiquen en el BOE)
Continúa y conoce las 10 claves principales de la reforma laboral en: http://sincrogo.com/blog/actualidad-laboral/las-10-claves-de-la-reforma-laboral-aprobada-hoy-en-consejo-de-ministros/
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18 Diciembre: Manifestación por la Justicia Social: Las personas antes que el capital
Mañana Sábado 18 de Diciembre de 2021 a las 12 hs.
De: Plaza Beata María Ana de Jesús
A: Congreso de los diputados
El pasado 2 de noviembre se anunció finalmente por parte del gobierno el inicio de la negociación para la reforma laboral, la denominada «reforma laboral para el siglo XXI». Desde la Confederación General del Trabajo hemos analizado todas las noticias y declaraciones públicas con creciente preocupación. Se confirma que el gobierno no derogará las dos reformas laborales (2010, del gobierno Zapatero, y 2012, del gobierno Rajoy) que han sumido a nuestro país en la mayor precariedad laboral que se recuerda. Ahí están los datos de la última EPA, donde las cifras relativas a la destrucción de empleo, temporalidad o la inmensa brecha salarial, así como el crecimiento galopante de los denominados “trabajadores pobres”, demuestran que la hemorragia no puede frenarse únicamente con un puñado de tiritas.
Hay cuestiones que, de partida, el gobierno de Pedro Sánchez y Yolanda Díaz han afirmado que estarán fuera de la negociación. Cabe recordar que venimos de un escenario en el que se eliminó la necesaria autorización administrativa para la presentación de los ERE, lo que ha provocado despidos masivos, y que se vieron menguadas la cuantía de las indemnizaciones que llevó a cabo el PP también para aquellas empresas que se ampararon en previsiones económicas. Además, se prescindió de los salarios de tramitación, que son aquellos jornales que la empresa estaba obligada a abonar al trabajador que hubiera denunciado su despido si un juez decretaba su readmisión. La indemnización por despido improcedente, además, fue rebajada de 45 días por año a 33 días por año. Pues bien, este será otro de los asuntos “inamovibles” de la futura reforma del autodenominado Gobierno más progresista de la historia.
Es decir, si tenemos en cuenta todas las cuestiones anteriormente citadas, con la nueva reforma laboral la destrucción de empleo seguirá encontrando en nuestro ordenamiento jurídico la misma falta de resistencia que hasta ahora.
El gobierno de Rajoy, en 2012 declaraba que su objetivo era “crecer y crear empleo”. Se acuñó incluso un término que se repitió hasta el hartazgo. La denominada flexiseguridad: supuestamente, reduciendo las trabas al despido se incentivaba, al mismo tiempo, la contratación, cuando en realidad, todas aquellas medidas estaban encaminadas, no a la creación de puestos de trabajo, sino a la eliminación abaratada de aquellos con mejores condiciones laborales para sustituirlos, a su vez, por puestos más precarios que han dado lugar a millones de trabajadores pobres.
El avance de lo que ya sabemos de la negociación de la reforma laboral de este Gobierno, nos indica que, en un sentido profundo, se va a seguir comulgando con las tesis del gobierno del PP, ya que no se prevé ni una sola medida para encarecer el despido o para penalizar a aquellas empresas que hagan un uso abusivo de la norma, trasladando la temporalidad de las empresas a las ETT en un nuevo giro que perpetúa la precariedad laboral y abre vías de negocio para los explotadores de siempre. Además de ello, en el horizonte queda la implantación de los ERTE estructurales, prevista en el punto 23 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, sumada a las demás contrapartidas que están en el horizonte en torno a los fondos de recuperación de la Unión Europea.
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Lo que hay detrás de las barricadas de los trabajadores del metal que han vuelto a encender Cádiz
La alta temporalidad y precariedad de los contratos en el segundo sector económico más importante de una provincia con una tasa de paro que ha alcanzado el 27% este año alimentan una nueva gran protesta en la industria gaditana.
Detrás de las barricadas, de los neumáticos en llamas que cortan los puentes que conducen a Cádiz, sus avenidas, los accesos a las localidades de la Bahía, del Campo de Gibraltar, hay una vieja historia que se repite cada cierto tiempo, unas veces por la reconversión de los astilleros, otras porque cierran una fábrica de componentes de automoción con más de 1.600 empleados y otras, como ahora, porque hay que pelear la negociación del convenio colectivo para mejorar los salarios. Y si se repite es porque hay mucho en juego y miles de trabajadores dispuestos a pelear por ello.
En juego hay una vasta industria del metal en torno a la construcción y reparación de barcos y a la aeronáutica, fundamentalmente, que constituye el segundo sector económico más importante de la provincia de Cádiz, después de los servicios. Según el último Informe del Mercado de Trabajo del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), del año 2020, la industria supone el 16,20% del PIB de la economía de esta provincia, 4,38 puntos por encima de lo que representa en toda Andalucía, pero casi similar a la de toda España. Esto la convierte en el enclave industrial más importante de Andalucía, junto al de la aeronáutica en Sevilla, la capital de una comunidad donde la agricultura representa el doble de peso (7,2% del PIB) que el que alcanza el sector agropecuario en la provincia gaditana, un 3,22.
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El periodo de prueba en los contratos de trabajo
¿Cuáles son los derechos del trabajador durante el periodo de prueba? ¿Cómo afecta al cobro de prestaciones por desempleo?
El periodo de prueba es un tiempo durante el cual la empresa y el trabajador prueban mutuamente la relación laboral que les une. La empresa puede confirmar si el trabajador se ajusta al trabajo y el trabajador, comprobar si lo que le ofrece la empresa es lo que buscaba, o si las condiciones son las prometidas.
En el caso de que la empresa o el trabajador no estén satisfechos, cualquiera de los dos puede romper el contrato sin necesidad de justificar el motivo, sin tener que pagar ninguna indemnización, y además, sin que sea necesario dar un preaviso.
Durante el periodo de prueba el trabajador tiene los mismos derechos y obligaciones que el resto de trabajadores y el tiempo trabajado durante el periodo de prueba se tendrá en cuenta a la hora de calcular su antigüedad.
Continúa en: https://loentiendo.com/el-periodo-de-prueba/
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Relaciones laborales post-Covid: ¿En qué casos debe la empresa proponer el teletrabajo a sus empleados?
Cada vez es más habitual que los juzgados se inclinen por la concesión del teletrabajo a los empleados
Esta es una de las preguntas más recurrentes que se hacen los trabajadores tras la pandemia. Algunas sentencias de los tribunales ya han dado pistas de en qué casos, – y hasta qué punto-, el empleado puede pedir mantener esta situación o, por el contrario, en qué casos la empresa debe adecuar la forma de trabajar del empleado y facilitar esta nueva realidad en su organización.
Una reciente Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, está estrechamente relacionada con la posibilidad que tienen algunos trabajadores, de acogerse a la figura del teletrabajo, que tan de moda se ha puesto este último año.
En ella se resuelve el recurso de suplicación planteado por la empresa demandada, a tenor de una demanda iniciada por una trabajadora en un supuesto de movilidad geográfica de la misma. La empleada tenía su centro de trabajo en Ribadeo, siendo el lugar de prestación efectiva de servicios en Mondoñedo, ambas en la provincia de Lugo, para lo cual se desplazaba de una localidad a otra.
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La Inspección ha cazado ya a más de 5.700 empresas cometiendo fraude con los ERTE
La Inspección de Trabajo les impone multas por más de 27 millones de euros por hacer trampas con una herramienta de protección del empleo que ha movilizado más de 20.000 millones de euros en prestaciones y que ha supuesto la exoneración de más de más de 6.000 en cotizaciones a la Seguridad Social.
Los ERTE, la herramienta habilitada en marzo del año pasado para paliar la destrucción de empleo y el achique del tejido empresarial como consecuencia de la crisis económica asociada a la pandemia, también tiene cara b: la Inspección de Trabajo ha aflorado en quince meses una enorme bolsa de fraude al detectar 5.703 infracciones cometidas por empresas.
Tras una primera fase de trabajo documental en la que los inspectores detectaron varios cientos de empresas sospechosas de haber colado en los expedientes de regulación de empleo a miles de intrusos o trabajadores ficticios contratados para recibir las prestaciones, la Inspección puso en marcha a finales de junio una campaña de investigación a la que se fueron sumando la revisión de otros ERTE en cuya documentación aparecían indicios de irregularidades y algunos que fueron denunciados por trabajadores y sindicatos.
Continúa en: http://www.publico.es/economia/inspeccion-cazado-5700-empresas-cometiendo-fraude-erte.html
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El BOE publica el calendario laboral de 2022
El calendario laboral de 2022 recoge un total de 12 días festivos nacionales, uno más que en 2021, de los que sólo 8 se celebrarán de forma conjunta en toda España, el mismo número que este año, según una resolución de la Dirección General de Trabajo publicada este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
En concreto, los 8 días que serán fiesta en toda España en 2022 son: el sábado 1 de enero (Año Nuevo), el jueves 6 de enero (Epifanía del Señor), el viernes 15 de abril (Viernes Santo), el lunes 15 de agosto (Asunción de la Virgen), el miércoles 12 de octubre (Fiesta Nacional de España), el martes 1 de noviembre (Todos los Santos), el martes 6 de diciembre (Día de la Constitución Española) y el jueves 8 de diciembre (Inmaculada Concepción).
En otros cuatro festivos comunes, el jueves 14 de abril (Jueves Santo), el lunes 2 de mayo (lunes siguiente a la Fiesta del Trabajo), el lunes 25 de julio (Santiago Apóstol) y el 26 de diciembre (lunes siguiente a la Natividad del Señor), las comunidades autónomas pueden desplazar su celebración, y alguna lo ha hecho, por lo que no será fiesta en toda España.
Enlaces BOE
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¿En qué consiste el bono cultural para jóvenes de 400 euros?
Una de las medidas sociales que más ha destacado el Gobierno en su política de apoyo a la juventud, sserá la creación de este “Bono Joven Cultural”, dotado con 210 millones de euros de presupuesto. Te explicamos en qué consiste.
En el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2022, dentro de las medidas de apoyo a la juventud, el Gobierno ha asignado al Bono Joven Cultural un importante presupuesto, 210 millones, lo que equivale al 10% del total el Estado invierte en becas y ayudas a los estudiantes:
Según la información que ha facilitado el Instituto Nacional de Estadística, en 2022 cumplirán la mayoría de edad 454.591 jóvenes, que son los que podrían solicitar este bono.
Continúa en: https://loentiendo.com/bono-cultural-para-jovenes/
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