Acción Social
La brecha salarial (II)
Detrás de la brecha salarial y de los famosos 51 días de media que las mujeres trabajan gratis, hay falsos mitos que normalizan la situación. |
Según datos de Eurostat, la brecha salarial, entendida como la diferencia en la remuneración percibida por hombres y mujeres, es de un 14,2% de media en España, ligeramente inferior al 16,2% de media de la Unión Europea. Traducido a días en el calendario, ese 14,2% supone un total de 51 días, que serían los que las mujeres trabajan gratis, según se ha anunciado en los medios en los últimos días.
Los datos son peores cuando se considera la brecha salarial total, que en España es del 37,5% de media. Este dato cuantifica los ingresos anuales totales de hombres y mujeres, e incorpora variables como la tasa de ocupación de ambos colectivos.
Desde CGT entendemos que hay problema estructural de fondo soportado por una serie de falsos mitos que justifican la brecha salarial como una consecuencia natural de ciertas decisiones de las mujeres:
Mito 1: Las mujeres trabajan más a tiempo parcial, es lógico que cobren menos. Falso. Trabajar a tiempo parcial supone menos salario total, no menos salario por hora.
Mito 2: Las mujeres ganan menos porque escogen trabajos peor remunerados. Falso. Dejando al lado el debate sobre hasta dónde es libre esa elección, la brecha salarial se repite en todos los rangos salariales.
Mito 3: Los hombres tienen más estudios, es lógico que tengan mejores trabajos. Falso. Las mujeres son mayoría en las universidades, pero esa mayoría en la educación superior no se ve reflejada en la incorporación al mercado laboral ni en los salarios.No se trata de victimismo. Hay un problema estructural de fondo que hay que visibilizar y que esperamos contribuya a solucionar la nueva regulación laboral.
El talento femenino en el nuevo mercado laboral
En un mercado laboral en continuo cambio, y ante una situación económica tan convulsa como la actual, no podemos evitar preguntarnos de qué manera se verá afectado el esfuerzo por cerrar la brecha de género en el mercado laboral. |
El acceso de la mujer a la educación superior y su incorporación masiva al mercado laboral se han traducido en una lenta pero constante mejoría de las condiciones laborales de la mujer. Así lo muestran los índices publicados por foros internacionales como el World Economic Forum que lleva décadas analizando la brecha de género.
Ahora nos encontramos frente a una cuarta Revolución Industrial que va a transformar el mercado de trabajo, y supondrá la desaparición de ciertos puestos de trabajo para crear otros con diferentes cualificaciones. Lamentablemente, los datos disponibles parecen indicar que se perpetúa la división de roles por género.
El citado informe del World Economic Forum contiene menciona ocho grupos de empleos con demanda creciente de los cuales sólo en dos el porcentaje de mujeres empleadas es mayor que el de hombres. Y es notable que los tres grupos identificados como clave de cara al futuro, “Cloud Computing”, “Ingeniería” y “Data e Inteligencia Artificial” son aquellos en los que la contratación femenina es menor.
Es cierto que a las empresas tecnológicas les resulta difícil encontrar mujeres con las adecuadas cualificaciones, el mismo informe, también apunta a un mal aprovechamiento del talento femenino disponible. Así, por ejemplo, las mujeres representan un 18% de los empleos en puestos de Especialista en Inteligencia Artificial, pero un 24% del talento disponible en el mercado. Hay menos mujeres que optan por este tipo de profesión, pero las que lo hacen encuentran, proporcionalmente, más dificultades para trabajar que sus compañeros varones.Sin las estrategias adecuadas para cerrar esta brecha en los sectores estratégicos de la nueva economía, se correrá el riesgo de que la naturaleza y la calidad del empleo femenino sufran un importante retroceso y se revierta todo lo ganado respecto a la brecha de género.
Reglamentos para la igualdad
Dos Reales Decretos publican los Reglamentos de Igualdad Retributiva y de Planes de Igualdad. La brecha salarial en España ronda el 22% pero en muchos casos no se conocen estas desigualdades. Estos reglamentos facilitarán luchar por una igualdad real en nuestra empresas. |
El Reglamento para la igualdad retributiva obliga a las empresas con más de 50 personas empleadas a tener un registro retributivo.
Los ministerios de Trabajo e Igualdad desarrollarán, por orden ministerial, herramientas para el registro retributivo y valoración de los puestos de trabajo y una guía técnica para las auditorías retributivas.
Los registros salariales permitirán visualizar la desigualdad y deben estar publicados en los próximos 6 meses. Estos, junto con sanciones de hasta 187.000 €, pueden servir para reducir la brecha salarial en nuestras empresas.
El registro debe incluir información retributiva desagregada por sexos de toda la plantilla (incluido directivos) desglosada y promediada por clasificación profesional y por trabajos de igual valor, e incluyendo salario base, complementos salariales y percepciones extrasalariales.
Establecen que las comisiones negociadoras de los convenios colectivos deben asegurarse de que se respetan los criterios para una adecuada valoración de los puestos de trabajo.
Según el Reglamento de Planes de Igualdad las empresas deberán contar con planes de igualdad efectivos y específicos que pongan el énfasis en el diagnóstico con los efectos reales y sin reproducir estereotipos de género. Su vigencia tendrá un máximo de cuatro años y seguirán activos aunque la empresa reduzca su plantilla por debajo de 50 personas.
Deben considerar la clasificación y promoción profesional, la formación, las condiciones de trabajo, los salariosl, el ejercicio de los derechos de conciliación, la representación femenina y la prevención del acoso sexual y por razón de sexo.
Se refuerza el carácter negociado de los planes de igualdad y se clarifica el procedimiento de negociación y registro público.