Author: Área Comunicación CGT Metal Madrid

Empleados en casa por Ómicron: ¿y si no hay parte de baja o éste se emite con retraso?

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Son muchas las empresas cuyos empleados se han contagiado de Covid19 debido a la virulencia de Ómicron. Muchos centros médicos están colapsados y esto provoca un alud de dudas en las empresas: ¿y si no hay parte de baja? ¿y si éste llega con retraso?

Pues bien, en este artículo, Luis Manias, Responsable del Área Laboral de SincroGO, te explica todo lo que debes tener en cuenta:

http://sincrogo.com/blog/actualidad-laboral/bajas-por-omicron-parte-it/

Ansiedad derivada de conflicto laboral reconocida como accidente de trabajo

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El Juzgado de lo Social de Bilbao ha emitido una sentencia por la que se reconoce que el periodo de baja por trastorno adaptativo de tipo ansioso que ha padecido la trabajadora de la empresa Multiservicios Aeroportuarios SA (MASA) es un accidente de trabajo, debido a que el daño a la salud de la trabajadora se deriva de un conflicto laboral en la empresa, que funciona como subcontrata en tareas de limpieza para diversas compañías aéreas en el Aeropuerto de Bilbao.

Continúa en: http://elderecho.com/ansiedad-derivada-de-conflicto-laboral-reconocida-como-accidente-de-trabajo

Negociación colectiva | Reforma Laboral

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Con vigencia desde el 31-12-2021 se modifica la regulación de la concurrencia de convenios colectivos.

IV. Negociación colectiva

A. Modificaciones en la prioridad del convenio de empresa

B. Vuelta a la ultraactividad de los convenios

IV. Negociación colectiva

A. Modificaciones en la prioridad del convenio de empresa.

Con vigencia desde el 31-12-2021 se modifica la regulación de la concurrencia de convenios colectivos. Se establece que la regulación de las condiciones de los convenios de empresa no tendrá prioridad sobre la cuantía del salario base y de los complementos salariales, incluidos los vinculados a la situación y resultados de la empresa.

Continúa en: http://elderecho.com/negociacion-colectiva-reforma-laboral

A las empresas de 50 a 100 trabajadores les quedan solo 2 meses de plazo para aprobar su Plan de Igualdad

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El tiempo corre y a las empresas de 50 a 100 empleados solo les quedan dos meses de plazo (en concreto, hasta el 7 de marzo de 2022) para aprobar su Plan de Igualdad en virtud del calendario progresivo que se estableció en el RDLey 6/2019.

Fin del calendario progresivo en Planes de Igualdad

En concreto, el art. 1 del RDLey 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, estableció este calendario que iba haciendo extensiva la obligación de elaborar e implantar el Plan de Igualdad (se añade la Disposición Transitoria Décima a la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo):

  • Empresas de más de 150 trabajadores y hasta 250 contaban con un periodo de un año para la aprobación de los planes de igualdad (hasta el día 7 de marzo de 2020).
  • Empresas de más de 100 y hasta 150 trabajadores tuvieron dos años para la aprobación del plan de igualdad (es decir, hasta el 7 de marzo de 2021).
  • Empresas de 50 a 100 trabajadores disponían de un periodo de tres años para la aprobación de los planes de igualdad (es decir, el plazo para aprobar el plan de igualdad expira el próximo 7 de marzo de 2022).

Continúa en: http://sincrogo.com/blog/actualidad-laboral/plan-de-igualdad-empresas-de-50-empleados/

[CONCENTRACIÓN] En apoyo a los detenidos por la huelga del metal de Cádiz

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Una vez más el Estado vuelve a utilizar la represión contra la lucha de la clase obrera, queriendo sembrar el mensaje del miedo para futuras movilizaciones de lucha. Lo pudimos comprobar tras la detención de los/as compañero/as el pasado 16 de diciembre en el barrio Río San Pedro, en Puerto Real, barrio en el cual las fuerzas de seguridad del Estado movilizaron una tanqueta militar para reprimir las movilizaciones de los/as compañeros/as durante la huelga del pasado mes de noviembre.

Nos quieren sumisos/as, con miedo y con su mordaza en la boca.

Desde CGT METAL MADRID exigimos la inmediata libertad sin cargos de los/as compañeros/as detenidos/as, el fin de la represión y la dimisión de todos los entes responsables de su ejecución.

A su vez, desde CGT Metal Madrid, nos adherimos a la manifestación convocada por el Bloque Combativo el mismo día 15 de enero a las 17:30h en Portazgo, organizando así, entre todos y todas, una jornada de lucha y solidaridad en distintos puntos de Madrid durante toda la jornada.

¡Viva la lucha de la clase obrera solidaria y combativa!

Ratificada la procedencia del despido disciplinario de un trabajador por bajo rendimiento y por saltarse el protocolo de teletrabajo

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Ratificada la declaración de procedencia del despido disciplinario de un trabajador por saltarse las normas (protocolo de actuación) en materia de teletrabajo establecidas por la compañía y por bajo rendimiento (dejación de funciones) en teletrabajo (sent. del TSJ de Madrid de 20 de octubre de 2021)

El TSJ desestima el recurso interpuesto por el trabajador y ratifica la declaración de procedencia del despido (entre otros hechos, el trabajador se fue a una segunda residencia, incumpliendo las normas sobre teletrabajo existentes en la compañía, mostrar un rendimiento muy bajo y dejación de funciones en teletrabajo).

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/despido-disciplinario-saltarse-normas-de-teletrabajo/