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Pensionistas, categoría social en la aldea global

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La reforma Escrivá acaba de comenzar y ya presenta más aspectos negativos que positivos. Está por ver si el Estado se hace cargo de los gastos impropios que provocan el déficit de la Seguridad Social

Los sistemas de pensiones varían tanto de un país a otro que no resulta fácil compararlos. La mayoría son modelos mixtos, público y privado. El caso español resulta excepcional por la escasa implantación de las pensiones privadas de empleo, salvo en el País Vasco, donde las promueven instituciones y sindicatos. Es una modalidad que requiere capacidad de ahorro para poder dedicar parte del salario a financiar una pensión privada. El objetivo fundamental es que los trabajadores asuman íntegro el coste de su pensión, liberando al estado y a los empresarios de ese elevado gasto. De paso la banca de inversión hace un gran negocio.

Continúa en: http://www.eldiario.es/euskadi/blogs/viento-del-norte/pensionistas-categoria-social-aldea-global_132_7834573.html

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Sólo un tercio de las pymes conoce su obligación de hacer un registro salarial por sexos, según los gestores

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Sólo un tercio de las pymes conoce su obligación de tener un registro salarial desglosado por sexos y apenas el 23% está preparada para aportar la información requerida en el mismo, según el último barómetro de los Gestores Administrativos, realizado entre los días 9 y 13 de abril.

Todas las empresas están obligadas desde el pasado miércoles, 14 de abril, a tener un registro retributivo de toda su plantilla, incluido el personal directivo y los altos cargos, como consecuencia de la entrada en vigor del Real Decreto de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.

La norma sobre igualdad salarial se aprobó en octubre del año pasado para su entrada el 14 de abril. Tiene por objetivo impulsar la transparencia salarial en las empresas para garantizar la igualdad retributiva entre hombres y mujeres en trabajos de igual valor. Se trata, en definitiva, de combatir la llamada brecha salarial de género.

Continúa en: http://elderecho.com/solo-un-tercio-de-las-pymes-conoce-su-obligacion-de-hacer-un-registro-salarial-por-sexos-segun-los-gestores

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Registro salarial: Ya disponible la herramienta retributiva del Ministerio IR!

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Registro salarial: El 15 de abril, el Ministerio de Trabajo presentó la herramienta retributiva (gratuita) IR! para ayudar a las empresas a cumplir con lo dispuesto en el RD 902/2020 (registro retributivo).

¿Es obligatorio utilizar esta herramienta?

No. Las empresas no tienen por qué utilizar obligatoriamente la herramienta para realizar el registro retributivo.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 5.5 del Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre:

“el documento en el que conste el registro podrá tener el formato establecido en las páginas web oficiales del Ministerio de Trabajo y Economía Social y del Ministerio de Igualdad”.

Es decir, “podrá” significa que es orientativo; no preceptivo.

¿Qué incorpora la herramienta?
Esta Herramienta incorpora, por tanto, un modelo voluntario de registro retributivo que permite a las empresas cumplir con la obligación de elaborar un registro retributivo de acuerdo con las exigencias previstas en el Real Decreto 902/2020 y el art. 28.2 del ET.

La herramienta ha sido acordada en sus diferentes apartados con las organizaciones sindicales y patronales y elaborada de manera conjunta por el Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Instituto de las Mujeres del Ministerio de Igualdad.

Continúa en: http://sincrogo.com/blog/actualidad-laboral/registro-salarial-ya-disponible-la-herramienta-retributiva-del-ministerio-ir/

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AN. El plazo de caducidad de 20 días para la presentación de demanda frente a un ERTE por causas ETOP no se suspende ni por la vigencia del estado de alarma ni por la presentación de papeleta de conciliación

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Prescripción y caducidad de acciones. Abengoa. ERTE por causas ETOP. Presentación de demanda de conflicto colectivo 22 días después de la comunicación por la empresa de su decisión final a la comisión representativa y a los trabajadores afectados. Suspensión del plazo de caducidad.

El plazo de caducidad de 20 días recogido en el artículo 59 del ET se extiende igualmente a las decisiones empresariales de suspensión del contrato y reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor, en virtud del artículo 138.1 de la LRJS, contando a partir del día siguiente a la notificación por escrito de la decisión a los trabajadores o a sus representantes. Aunque el RDL 16/2020 señale que se tramitarán conforme a la modalidad procesal de conflicto colectivo las demandas que versen sobre suspensiones y reducciones de jornada adoptadas en aplicación de lo previsto en el artículo 23 del RDL 8/2020, y el artículo 156 de la LRJS establezca como requisito necesario para la tramitación del proceso el intento de conciliación.

Continúa en: http://www.laboral-social.com/plazo-caducidad-20-dias-presentacion-demanda-frente-erte-causas-etop-suspende-estado-alarma-presentacion-papeleta-conciliacion.html

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Unidas Podemos continúa adelante con el intento de desahuciar a los trabajadores y trabajadoras de la sede madrileña de CGT

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CGT convoca una concentración para el 21 de abril, a las 12:00 horas, frente al Ministerio de Empleo en el Paseo de la Castellana 63

La Confederación General del Trabajo (CGT) hace pública su indignación tras la reunión telemática mantenida este miércoles, 14 de abril, con responsables del Ministerio de Empleo del Gobierno español para tratar de buscar una solución ante el desahucio de Alenza.

CGT explica que la demanda de desahucio a la que se enfrenta es la consecuencia de la bochornosa especulación que se está haciendo con el Patrimonio Sindical Acumulado desde el mismo Ministerio de Empleo, en manos de Unidas Podemos, y de la Comisión Consultiva. Ambos organismos no cumplen, según los anarcosindicalistas, con la obligación de ceder un local adecuado a la Confederación General del Trabajo para que pueda continuar desarrollando la actividad sindical necesaria en la defensa de los intereses y reivindicaciones de la clase trabajadora.

CGT recuerda que viene utilizando el edificio de la calle Alenza 13, de Madrid, desde hace más de 30 años, cuando el Ministerio de Empleo se lo cedió. En este sentido, desde la organización anarcosindicalista ya han dejado claro en varios comunicados que no abandonará este lugar hasta que no exista, a través de una cesión escrita por el Ministerio, otro espacio adecuado a las necesidades actuales, que aseguran son las de la clase trabajadora que representan cada vez en una proporción mayor.

CGT va a movilizarse en Madrid y en el resto del Estado para defenderse de este incomprensible ataque del Gobierno más progresista de la historia democrática de este país, y además anuncia que pondrá en marcha todas las actuaciones jurídicas que sean oportunas.

Las movilizaciones en Madrid comenzarán el próximo miércoles 21 de abril, a partir de las 12:00 horas, con una primera concentración ante el Ministerio de Empleo, en el Paseo de la Castellana nº63. A partir de aquí, CGT prevé seguir dando continuidad a cuantas acciones sean necesarias y durante el tiempo que estime oportuno.

Vía: Gabinete de prensa del Comité Confederal de la CGT

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Movilizaciones acordadas en defensa de la derogación de la REFORMA LABORAL

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Cuando ha pasado más de un año desde la constitución del actual Gobierno en enero de 2020, solo quedan las promesas, los apretones de manos y el circo mediático. Tenemos sobre la mesa un gobierno central que, salvo determinadas cuestiones de orden cosmético, ha mantenido el statu quo en temas tan fundamentales como las Reformas Laborales o la Ley Mordaza.

Un gobierno que trata de anestesiar la protesta, autoproclamándose de izquierdas por enésima vez y utilizando la pandemia como justificación de su falta de acción.

Por otra parte, en muchos Ayuntamientos, así como en Comunidades
Autónomas, la entrada de la extrema derecha supone un retroceso hacia
postulados que ya considerábamos superados. Nada que no supiéramos, la
derecha española nada tiene de moderada. Ha sido siempre nostálgica e
intolerante.

Preocupa y mucho el clima de desmovilización que hay en este país, que ha preferido fiarlo todo a lo electoral y a las pretendidas bondades de los Fondos de Recuperación Europeos, que parece serán la panacea que resuelva todos nuestros males, cuando en realidad esconden de nuevo la perversión del sistema capitalista: dinero y beneficios para las grandes corporaciones y entramados financieros, pobreza y sufrimiento para la clase trabajadora.

Sin embargo, en medio de este panorama, la CGT es la única alternativa, con vertebración en todo el país, que puede defender con garantías una lógica distinta a la de los políticos, fundamentada en la movilización colectiva, en las calles y en los barrios, sin hipotecas y sin mochilas.

Respecto a la precariedad laboral, de nada servirán modificaciones puntuales a las Reformas Laborales de las eras Zapatero-Rajoy. Es necesario derogarlas al completo para evitar abusos como los despidos masivos una vez finalizados los ERTE de la pandemia, las indemnizaciones de miseria en caso de despido, el incremento galopante de la temporalidad, el desmantelamiento de la negociación colectiva, la falta de supervisión por parte de la autoridad laboral en caso de Expedientes de Regulación de Empleo, así como la rebaja en cuanto a sus requisitos.

Cuestiones que han propiciado un mercado laboral basado en la subcontratación y la temporalidad, que han creado millones de personas trabajadoras pobres y que, más allá de acabar con el problema del paro, han añadido una terrible realidad al panorama: la del paro intermitente y continuado. Condenando a las mujeres a esos trabajos invisibles de los cuidados, que repercuten negativamente en su situación de precariedad y pobreza, acentuando la brecha salarial y la de las pensiones.

Por eso es más necesario que nunca salir a la calle. Y tenemos que hacerlo ya, ahora que los mal llamados Agentes Sociales están negociando sobre la derogación de algunas de las cuestiones que afectan a las reformas laborales. Solo pretenden un cambio cosmético que no va a mejorar la vida de la clase trabajadora. Si queremos impedirlo tenemos que empezar a movilizarnos, ahora, antes de que sea demasiado tarde y solo nos quede
tiempo para lamentarlo.

Por eso en la última Plenaria Extraordinaria se ha acordado realizar
Concentraciones ante las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno de todas Localidades y Provincias dónde esté la CGT los próximos días 22 de abril de 2021 y los días 13 y 27 de mayo.

Se trata de que se visualice nuestra protesta en todos los lugares posibles a lo largo de todo el estado, de forma continuada, antes de que tomen resoluciones irreversibles.

AHORA MÁS QUE NUNCA, POR LA DEROGACIÓN DE LAS REFORMAS
LABORALES.

´Vía: Secretaría de Acción Sindical de la Confederal

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En vigor el Reglamento sobre igualdad retributiva entre mujeres y hombres

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A pesar de su publicación el pasado 14 de octubre de 2020, el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, ha entrado en vigor a los seis meses de su publicación, es decir, el 14 de abril de 2021.

Con la entrada en vigor a los 6 meses de publicación en el BOE del RD de igualdad retributiva resultará sancionable con multas de entre 6.251 y 178.500 euros el incumplimiento de las medidas de transparencia retributiva incluida la adaptación del registro retributivo obligatorio a las condiciones del reglamento.

El objeto de este real decreto es establecer medidas específicas para hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación entre mujeres y hombres en materia retributiva, desarrollando los mecanismos para identificar y corregir la discriminación en este ámbito y luchar contra la misma.

Esta norma será de aplicación en el ámbito de las relaciones laborales reguladas en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

La estructura y contenido del real decreto responde a cuatro capítulos, once artículos, cuatro disposiciones adicionales, una disposición transitoria única y cuatro disposiciones finales.

Continúa en: http://www.iberley.es/noticias/vigor-reglamento-sobre-igualdad-retributiva-entre-mujeres-hombres-30547

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