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Transversalidades: Seguridad-temporalidad-desertificación

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La desertificación aumenta y sus efectos ecológicos y sociales son más que evidentes a nivel mundial.

Algunas de las tendencias a las que contribuirá será a la concentración de las tierras de cultivo, la explotación industrial, el aumento de la temporalidad, el aumento de la dependencia del sistema financiero  y la intensificación de la inseguridad percibida para beneficio del sistema de vigilancia. 

La sobreexplotación del medio natural, debido a la demanda de alimentos, materias primas y asentamientos humanos, ha llevado a transformar cerca de ¾  del área no sumergida o cubierta de hielo del planeta. La desertificación está afectando a ⅔ de la tierra y ⅔ del territorio de España está en riesgo.   La relación entre el cambio climático y la sequía con la desertificación es evidente. Las graves  consecuencias de la desertificación como la migración ambiental también son evidentes.  

Otro de los efectos de la desertificación es la reducción de tierras cultivables a un ritmo de 12 millones de hectáreas al año. A pesar de que son necesarias 300 MHa más en 2030 en el mundo para producir alimentos, la superficie cultivable en España se está reduciendo y el precio de la tierra está bajando. Esto es un indicativo de que la agricultura no es rentable salvo para la agricultura industrial que obtiene rápidos beneficios con grandes costes ambientales y sociales. Los pequeños propietarios necesitan endeudarse para poder subsistir.

La seguridad está en el foco de los productores que están incrementando los seguros agrícolas como consecuencia del cambio climático. Otro factor de inseguridad son  los hurtos por lo que se está recurriendo a empresas de vigilancia y a fortalecer el papel de la Guardia Civil

La agricultura, especialmente la de monocultivo, está históricamente  vinculada con el trabajo temporal requerido masivamente en periodos de recolección y que abocan al desempleo estacional. Estos trabajos en muchas ocasiones atraen mano de obra inmigrante a través de redes de trata lo que genera situaciones de explotación e inseguridad. Es ampliamente reconocido que la temporalidad está íntimamente relacionada con la siniestralidad y afecta a la salud. La inseguridad percibida aumenta por la situación de temporalidad y por las diferencias culturales entre la población autóctona e inmigrante. En resumen la desertificación va reduciendo paulatinamente el terreno cultivable, las explotaciones agrícolas se industrializan para mejorar la productividad a expensas de su impacto ecológico y social, la migración permanente y temporera se hace más habitual, la temporalidad (ya sea con contratos temporales o fijos discontinuos) también se incrementa y la inseguridad percibida aparece en todos los actores. Los beneficiados: los conglomerados agrícolas industriales, las redes de trata con fin de explotación laboral, la banca que financia y asegura las explotaciones y el sector de la vigilancia y seguridad privada o pública.

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Vuelve a cambiar la operativa para transformar en indefinidos los contratos temporales tras la Reforma Laboral

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La Seguridad Social ha comunicado un nuevo cambio en la operativa que tienen que seguir las empresas para formalizar la transformación en indefinidos los contratos temporales tras la Reforma Laboral

Como te comentamos en este post, se creó una operativa para realizar esta formalización. Pues bien, con fecha 24 de junio de 2022, la Seguridad Social ha comunicado que ha modificado otra vez el proceso.

Continúa en: https://sincrogo.com/blog/actualidad-laboral/vuelve-a-cambiar-la-operativa-para-transformar-en-indefinidos-los-contratos-temporales-tras-la-reforma-laboral/

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Excedencia voluntaria: el TS vuelve a reiterar que si no hay negativa expresa a la solicitud de reingreso, no cabe pleitear por despido (hay que recurrir al procedimiento ordinario)

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El Tribunal Supremo (TS) ha vuelto a reiterar que en caso de petición de reingreso tras una excedencia voluntaria, si no hay negativa expresa por parte de la empresa, no cabe pleitear por despido (sent. TS de 31 de mayo de 2022)

Vuelve a dejar muy claro el TS que no existiendo rechazo empresarial abierto a la solicitud de reingreso, la reclamación debe canalizarse a través del procedimiento ordinario y no del de despido.

Pinche aquí para conocer otras sentencias en la misma línea que hemos analizado en el blog de SINCRO.

Continúa y conoce el caso concreto enjuiciado en: https://sincrogo.com/blog/tribunales/excedencia-voluntaria-el-ts-vuelve-a-reiterar-que-si-no-hay-negativa-expresa-a-la-solicitud-de-reingreso-no-cabe-pleitear-por-despido-hay-que-recurrir-al-procedimiento-ordinario/

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CGT IVECO Madrid: Carta de apoyo y solidaridad con los compañerxs de Valladolid

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Desde CGT IVECO MADRID, queremos mostrar nuestro apoyo a los compañerxs de Iveco Valladolid y denunciar la campaña de hostigamiento que está realizando IVECO en sus plantas de Valladolid y Madrid contra el sindicato CGT, represaliado por no tener una postura de sumisión ante la Dirección de los supuestos Recursos Humanos.

No podemos olvidar a nuestro compañero Kike, despedido por no plegarse a las directrices de la empresa, así como al compañero de Valladolid Chechu, el cual está dando una lección de dignidad y lucha ejemplar, teniendo todo nuestro apoyo como lo tendrá el día de su juicio el próximo 12 de Julio.

Ahora la empresa, en aras de intimidar una vez más a la Sección Sindical de CGT y dar otra vuelta de tuerca, quiere sancionar a un delegado de la Sección Sindical de CGT Iveco Valladolid por la supuesta colocación de unas pegatinas, así como la amonestación a varios compañerxs por repartir su Hoja Informativa La Cuña, convirtiéndose esto, en una situación insoportable donde te ves vigilado, presionado y amenazado.

Que sepáis que no estáis solxs, haremos de correa de transmisión a vuestra situación, ánimo y seguir así.

Un abrazo libertario desde CGT IVECO MADRID

¡VUESTRA LUCHA ES NUESTRA LUCHA!

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Si el plus transporte tiene carácter extrasalarial no hay que abonarlo en teletrabajo (Tribunal Supremo)

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Plus de transporte en teletrabajo. El Tribunal Supremo sentencia que si el plus transporte tiene naturaleza extrasalarial, no hay que abonarlo a las personas que están en teletrabajo (sent. del TS de 1 de junio de 2022; ratifica la sentencia de la Audiencia Nacional de 30 de abril de 2021, que analizamos también en su momento en el blog de SINCRO).

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/plus-transporte-teletrabajo-tribunal-supremo/

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¿Un infarto sufrido en teletrabajo constituye accidente laboral?

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Como se ha ido explicando en El Blog de SincroGO, el tema de la consideración como accidente laboral y no como IT en supuestos como por ejemplo un infarto es un tema tradicionalmente conflictivo (la casuística en los tribunales es inmensa) y el teletrabajo añade una componente adicional de conflicto.

¿Constituye accidente laboral un infarto sufrido en teletrabajo?

Pues bien, en esta sentencia (TSJ de Aragón de 18 de enero de 2022) entiende que sí y que en el caso concreto enjuiciado debe aplicarse la presunción de laboralidad establecida en el art. 156 LGSS, puesto que fue  a lo largo de la jornada laboral, en tiempo y lugar de trabajo (teletrabajo) cuando se produjo el accidente cardiaco, manifestándose nada más terminar la reunión laboral telemática.

Por tanto, no ha habido ruptura del nexo de causalidad trabajo – lesión.

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: https://sincrogo.com/blog/tribunales/un-infarto-sufrido-en-teletrabajo-constituye-accidente-laboral/

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¿El acceso al correo electrónico privado del trabajador puede ser un delito?

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La reciente STS n.º 328/2021, de 22 de abril de 2021, ECLI:ES:TS:2021:1486, condena a un empresario que accede (en reiteradas ocasiones) al correo electrónico privado del trabajador.

El TS es claro: la hipotética comisión de una infracción disciplinaria grave derivada de la indebida utilización del ordenador puesto a su disposición por la empresa no legitimaba la irrupción del empresario en los correos electrónicos de la cuenta privada del trabajador. La sala de lo penal condena al empresario por un delito de descubrimiento y revelación de secretos. En el caso, no existe acuerdo previo donde se advierta de la posible fiscalización del correo electrónico del trabajador.

Continúa en: https://www.iberley.es/revista/acceso-correo-electronico-privado-trabajador-delito-673

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