Author: Área Comunicación CGT Metal Madrid
A vueltas con la ley de Protección Integral de la Libertad Sexual y por la erradicación de las violencias sexuales
La violación sexual ha ocurrido desde el nacimiento de la historia. Sin embargo, la regulación jurídica y su punición han presentado a lo largo de la historia diversas facetas en la protección de la víctima. Y aquí entra el derecho, de la mano de esa profundización antropológica. El derecho resultaría ser así una estrategia al servicio de un proceso de construcción del género[1].
Desde el punto de vista del Derecho, el acto delictivo de la violación supone llevar a cabo una acción que se encontraba al margen de la esfera de la libertad sexual permitida, pero en los albores de la historia no siempre fue así.
En efecto, los indicios más antiguos sobre la tipificación del delito de violación se remontan al Código de Hammurabi del año 1760 A. C., que es una codificación de leyes basada en la Ley del Talión que, sin embargo de este presupuesto, sancionaba fuertemente la violación. El Código de Hammurabi no reconocía la independencia de las mujeres, diferenciando únicamente entre una mujer casada y una mujer virgen pero prometida. Según esta clasificación si un hombre violaba a una mujer virgen, su castigo era la muerte; más si la violación era cometida en contra de una mujer casada, esta debía compartir la pena con su agresor sin que se tomen en cuenta las circunstancias en que se cometió la violación, siendo la pena de muerte mediante el ahogamiento, pues tanto la mujer como su agresor eran arrojados a un río, del cual si el marido de la agraviada así lo deseaba podía sacarla.
Transparencia retributiva: a igual trabajo, igual retribución
La Comisión Europea ha presentado una propuesta sobre transparencia retributiva para garantizar que las europeas y los europeos reciban la misma retribución por el mismo trabajo.
Esta propuesta viene a fijar medidas de transparencia retributiva, como la necesidad de informar de antemano a quien postule a un puesto de trabajo sobre cuál va a ser su salario, o la obligación para las grandes empresas de informar sobre la brecha retributiva de género La propuesta también refuerza los instrumentos para que los trabajadores puedan hacer valer sus derechos, y además facilita el acceso a la justicia. Los empleadores no podrán solicitar a quien se presente a un proceso de selección su historial salarial, y tendrán que proporcionar información retributiva anonimizada cuando así lo soliciten los empleados. Por último, quien haya sido víctima de discriminación retributiva tendrá derecho a una indemnización.
Continúa en: http://elderecho.com/transparencia-retributiva-a-igual-trabajo-igual-retribucion
La brecha de género en el empleo se triplica cuando el nivel educativo es bajo
El 86,9% de los hombres y el 80,5% de las mujeres con un nivel educativo alto estaban empleados
La brecha de género en mujeres con bajos estudios es el triple que en las de nivel educativo alto, pues supone unas diferencias con los varones de 22,5 y 6,4 puntos porcentuales, respectivamente. Esto se debe a que, según Eurostat, en el tercer trimestre de 2020, el 86,9% de los hombres y el 80,5% de las mujeres con un nivel educativo alto estaban empleados; y que la tasa de ocupación de los hombres con bajo nivel educativo fue del 65,9%, mientras que la de las mujeres fue del 43,4%.
Según la oficina estadística europea, en consecuencia, la brecha laboral de género entre hombres y mujeres con bajo nivel educativo fue de 22,5 puntos porcentuales, más del triple de la brecha laboral entre hombres y mujeres altamente educados (que fue de 6,4 puntos).
TS. La excedencia por cuidado de familiares no incluye el supuesto de hijo de nueve años que necesita ayuda escolar para superar el curso
Excedencia por cuidado de familiares. Determinación de si incluye el supuesto de hijo de 9 años que necesita ayuda para reforzar los contenidos trabajados en clase con el fin de obtener una calificación positiva que evite el riesgo de repetir curso.
La excedencia por cuidado de familiares (párrafo segundo del art. 46.3 ET) requiere que el familiar por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida. Estos dos requisitos expresan la dificultad que tiene esta excedencia para poder aplicarse en el supuesto de hijo de nueve años que necesita ayuda escolar con vistas a no repetir curso. En primer lugar, no es fácil encajar esta necesidad de ayuda escolar en la expresión de que el familiar no pueda valerse por sí mismo, salvo que se desvirtué y ensanche indebidamente esta última expresión.
El TSJ del País Vasco declara nulo un despido en virtud del art. 2 del RDLey 9/2020
Despidos Covid19: Seguimos con las sentencias en torno a la polémica interpretación del art. 2 del RDLey 9/2020 (la “prohibición” de despedir). Esta vez, es el TJS del País Vasco quien declara nulo un despido.
En su sentencia, el TSJ revoca la declaración de improcedencia efectuada en primera instancia por el JS y determina que cabe declarar su nulidad dada la redacción del art. 2 del RDLey 9/2020.
La sentencia (sent. del TSJ de País Vasco de 23 de febrero de 2021) cuenta con un voto particular discrepante.
Entiende el TSJ que contravenir los presupuestos del marco de los arts. 22 y 23 RDL 8/2020 es una actuación contraria a la norma cogente – art. 9 RDL 9/2020- Ergo: nula.
Continúa en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/despidos-covid-tsj-declara-nulo-un-despido-en-virtud-del-art-2-rdley-9-2020/
¿Cuántos trabajadores hay todavía en ERTE?
¿Cuántos trabajadores hay todavía incluidos en ERTE? Según las cifras presentadas hoy, 2 de marzo, por el Ministerio de Trabajo, a 27 de febrero de 2021 había 899.383 personas protegidas por ERTE, según los datos provisionales recogidos en la Seguridad Social.
Estas cifras se mantienen más o menos estables desde el mes de septiembre, lo que indica que la segunda y tercera ola de la pandemia han tenido un efecto mucho menor que la primera en este sentido.
Respecto al cierre de enero, se ha producido un descenso de 28.903 personas si tenemos en cuenta la serie revisada en función de las personas en alta afectadas.
Según la fecha de notificación (ver nota al final de este documento), se ha producido un incremento de 160.414 personas.
De media en febrero ha habido 909.661 personas en ERTE, de los que 652.010 eran de los RDL 30/2020, 35/2020 y su prórroga en el RDL 2/2021, por tanto, con exoneraciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.
Respecto al momento más agudo de la crisis, en abril de 2020, se ha producido un descenso de 2,7 millones de personas, según fecha de alta, y de 2,5 millones, según fecha de notificación. En ambos casos, suponen un descenso del 75% respecto al momento más agudo de la pandemia de la COVID-19.
Continúa en: http://sincrogo.com/blog/actualidad-laboral/cuantos-trabajadores-hay-todavia-en-erte/
No cabe pedir la excedencia por cuidado de familiares por un hijo (mayor de 3 años) que precise ayuda escolar
El Tribunal Supremo acaba de sentenciar que la excedencia por cuidado de familiares (artículo 46.3 párrafo 2 del ET) no incluye el supuesto de hijo mayor de 3 años que necesita ayuda escolar para superar el curso.
Hay que diferenciar este tipo de excedencia con la excedencia por cuidado de hijos, que se regula también en el artículo 46.3 del ET pero en supárrafo primero (sent. del TS de 5 de febrero de 2021, en unificación de doctrina).
En su sentencia, estima el recurso interpuesto por la compañía.
Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/no-cabe-pedir-la-excedencia-por-cuidado-de-familiares-por-un-hijo-mayor-de-3-anos-que-precise-ayuda-escolar/
La despenalización de los piquetes de huelga avanza en el Congreso y llega este martes a Comisión
La derogación del artículo del Código Penal dirigido a castigar con penas de cárcel las coacciones para iniciar o continuar una huelga avanza en el Congreso de los Diputados y llega esta semana a la Comisión de Justicia para su aprobación, antes de ser examinada ante el Pleno del Congreso.
Si la Comisión de Justicia da el visto bueno, la iniciativa podría aprobarse en el próximo Pleno de la Cámara Baja, previsiblemente el 11 de marzo.
La proposición de ley plantea derogar el artículo 315.3 del Código Penal que contempla penas de prisión para estos piquetes y posibilitar la revisión de las sentencias firmes dictadas de conformidad con la legislación que se deroga.
Según el informe de ponencia al que ha tenido acceso Europa Press, la iniciativa llega a Comisión sin cambios sustanciales, únicamente varias correcciones de carácter técnico en la exposición de motivos.