Author: Área Comunicación CGT Metal Madrid

25N Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer

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Aunque la lucha es diaria, no nos equivoquemos. Rebuscando… no hay fuentes oficiales para ver una estadística que analice esta lacra social en el mundo laboral, ya que entre el Ministerio de Igualdad, el Ministerio de Interior y el Ministerio de trabajo no hay una mesa de trabajo para que en el ámbito profesional la mujer que sufre violencia sexual y de género esté protegida (por especificar algo, está claro que la violencia se ejerce en muchos ámbitos de la vida). Simplemente se limitan a publicar enlaces diversos. Y así seguimos, sin tener estadísticas del resultado real de la aplicación de una ley con la colaboración de las instituciones involucradas, las cuales invierten dinero en sus presupuestos sin un acuerdo organizativo en la misma línea.

Sabemos que con la pandemia, muchas instituciones públicas han “ralentizado” su labor, pero con esta lacra no se debe parar. La última macroencuesta es de 2019, con la situación actual de confinamientos está desfasada por temas de salud, aumento de la dependencia económica por las situaciones de ERTE´s o desempleo, cuidados en el hogar, etc.

Para poder analizar hay que ir dando tumbos por distintas estadísticas, ya que se habla de las mujeres y menores asesinados, no de n.º de denuncias en los medios, de los contratos bonificados por sustitución de Suspensión del contrato de trabajo por violencia, etc. ¿Cuántas denuncias hay por violencia de género? ¡Más de 1 millón!!!!

¿N.º de contratos de sustitución? 3.337. O sea, que 3.337 víctimas han dado el paso de decirlo en la empresa y dejar su trabajo. ¿Y el resto de víctimas?, ¿siguen con el mismo modo de vida que conoce su agresor? ¿Y los prejuicios de según el nivel de estudios o social?

Las situaciones notorias de acoso sexual no han dado lugar a ninguna acción disciplinaria, según esas páginas donde ver estadísticas, ya que no existen esos datos. Si bien la igualdad entre mujeres y hombres ha sido blandida como una gran causa nacional del gobierno, no vemos mucho por venir en la lucha contra la violencia contra las mujeres en los servicios de los sindicatos o RRLL (aunque se escriba en el plan de Igualdad).

Sin duda: ¡en el ministerio de Trabajo es mejor ser un acosador sexual que un sindicalista! Ya que no hay estadísticas sobre acosadores o víctimas, pero sí de sindicatos. Impactan los correos electrónicos en los que el ministerio de trabajo elogia la obtención de sus etiquetas cada semana y organiza jornadas con el ministerio de Igualdad. Y durante este tiempo:

  • ¿Dónde estamos con la formación y sensibilización obligatoria de todos los agentes sobre la pvención de la violencia sexual y de género?
  • ¿Cómo podemos creer en un tratamiento diligente y adecuado de las denuncias realizadas cuando vemos obstáculos regulares en todas partes?
  • ¿Cuándo, finalmente, podemos esperar que los perpetradores de violencia sean castigados por lo que les hacen a sus víctimas en términos de condiciones laborales y estado de salud?

¡Ante la inercia culpable de la administración y de la sociedad, desde los sindicatos que luchan sin aprobar todo con la administración hay que seguir y perseguir el delito y las autoridades competentes en el ámbito laboral – incluso en lo penal si se diera el caso, apoyando a las víctimas)!. Si eres víctima de violencia sexual y de género, encontrarás en nuestra organización y su lucha personas sensibilizadas, con experiencia  y dispuestas para darte asesoramiento y acompañamiento en esta situación.

Hacemos un llamado a l@s colegas para que participen en manifestaciones y reuniones sobre esta lucha. 

Fernando Fernán Gómez

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En la entrega de premios en la que el cine le reconocía su carrera, nos sorprendía con el saludo con las manos entrelazadas sobre su cabeza, saludando al mundo, con aquel gesto libertario de fraternidad y solidaridad obrera

Este próximo 21 de noviembre se cumplen 14 años de la muerte de unos de los referentes de nuestra cultura, se trata del escritor, actor y director de cine español Fernando Fernán-Gómez, que el pasado mes de agosto habría cumplido 100 años.

Nacido en Lima el 28 de agosto de 1921, durante una gira de sus padres en Lima, pero su partida de nacimiento fue expedida días más tarde en Argentina. Llegó a España cuando contaba tres años. Tras abandonar los estudios de Filosofía y Letras cuando comenzó la Guerra Civil. Fué miembro del sindicato de actores de la CNT desde 1936, del que decía que las asambleas anarquistas eran “tan aburridas como las misas de los domingos”. Aprendió las bases del oficio en una escuela de arte dramático organizada por la confederación libertaria, comenzando su carrera como actor, llevandole a debutar en mundo del teatro, su verdadera vocación, en 1938 en plena guerra civil y con un carnet cenetista en el bolsillo.

A partir de ahí toda una larga trayectoria como escritor, actor y director, en la que recibió prestigiosos premios, como el Premio Nacional de Teatro en 1985, el Premio Nacional de Cinematografía en 1989 o el Premio Príncipe de Asturias de las Artes en 1995. En el 2000 recibió el Oso de Honor en el Festival Internacional de Cine de Berlín por toda su trayectoria, y en el 2001, la Medalla de Oro de la Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España.

Su personalidad era fuerte, no dejaba indiferente a nadie, reconociendo que tenía mal carácter llegando a decir a un periodista: «Miren ustedes, es público y notorio que tengo mal carácter, si hasta eso sale por televisión. Además, me interesa que se sepa y que se divulgue». En una de sus últimas apariciones, en la entrega de premios en la que el cine le reconocía su carrera, nos sorprendía con el saludo con las manos entrelazadas sobre su cabeza, saludando al mundo, con aquel gesto libertario de fraternidad y solidaridad obrera.

Cuando Fernando Fernán Gómez murió, en noviembre de 2007, mucha gente se sorprendió al ver una bandera rojinegra anarquista cubriendo su féretro expuesto en la capilla ardiente.

Por último, el recordar una de sus frases que vienen muy bien a día de hoy: “En España no solo funcionan mal los que mandan, sino también los que obedecen.”

LA PLUMA Y LA TUERCA

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BOLETÍN MENSUAL DEL SINDICATO CGT METAL MADRID – Nº17 NOVIEMBRE 2021

Boletín creado desde el SP de CGT Metal Madrid.

Os animamos a que participéis, tanto a lxs afiliadxs como a las secciones sindicales, sólo tenéis que mandar vuestras opiniones sobre el tema que creáis conveniente enviando vuestro artículo a comunicacion@cgtmetalmadrid.com.

Esperemos que sea de vuestro interés y difundáis entre vuestros compañerxs y contactos.

La prohibición de que un convenio no puede ser afectado por convenios de ámbito distinto durante su vigencia no aplica al periodo de ultraactividad

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El Tribunal Supremo se acaba de pronunciar sobre la prohibición de que un convenio no pueda ser afectado por convenios de ámbito distinto durante su vigencia. El TS deja claro que esta prohibición (art. 86.1 del ET) se extiende a todo el período de vigencia del convenio, pero no al período de ultraactividad del mismo.

En el caso concreto planteado se dirime la validez de un convenio de empresa que establece una jornada de trabajo superior a la establecida en el conenio sectorial anterior (sent. del TS de 5 de octubre de 2021)

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/afectacion-convenios-ultraactividad-supremo/

Salarios: Una reducción de jornada superior al 20% con reducción salarial constituye una MSCT que permite acogerse a la extinción indemnizada del contrato

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Sentencia especialmente interesante ahora que en muchas empresas se está barajando la posibilidad de la famosa jornada de 4 días. Una reducción de jornada que alcanza un porcentaje superior al 20% y que lleva aparejada la correlativa reducción salarial constituye una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

El trabajador al que se le aplique esta reducción puede acogerse a la solicitud de extinción indemnizada del contrato (sent. del TSJ de Cantabria de 4 de octubre de 2021).

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/salarios-reduccion-de-jornada-msct/

¿Cómo hay que integrar el teletrabajo en el Plan de Prevención de riesgos laborales? (Nueva NTP del INSST)

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Nota Técnica de Prevención del INSST (NTP 1165) sobre teletrabajo y prevención de riesgos laborales (PRL). La gestión de la PRL asociados a la modalidad de teletrabajo requiere algunas matizaciones para poder integrarse de forma eficaz en el sistema de prevención (SST) de la empresa.

La actual regulación normativa de esta forma de organizar el trabajo ha motivado la elaboración por parte del INSST de la NTP 1165 «Teletrabajo, criterios para su integración en el sistema de gestión de la SST».

Su principal objetivo es facilitar la identificación de los elementos diferenciales del teletrabajo para poder integrar su gestión como una actividad más dentro del sistema preventivo.

Esta nueva NTP (hay que recordar que las notas técnicas son orientativas, no de obligado cumplimento) complementa a las NTP 412, 1.122 y 1.123.

Continúa en: http://sincrogo.com/blog/actualidad-laboral/ntp-1165-teletrabajo-prl/

Si teletrabajo por el covid ¿puede la empresa quitarme el plus de comedor?

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Una sentencia de la Audiencia Nacional respalda la decisión de la empresa de suprimir el plus de comedor a los trabajadores que se vieron obligados a trabajar desde su domicilio durante el estado de alarma por la pandemia.

Sin embargo, hay discrepancias sobre si esta interpretación se puede mantener en todos los casos.

En una reciente sentencia de la Audiencia Nacional de 22 de septiembre de 2021¹, el sindicato FESP-UGT planteó  una demanda de conflicto colectivo a propósito de la siguiente cuestión:

El sindicato reclamaba el derecho de los trabajadores incluidos en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo de seguros, reaseguros y mutuas colaboradoras, a seguir recibiendo la compensación por comida cuando desarrollen su trabajo en régimen de jornada partida en teletrabajo desde su domicilio.

En marzo de 2020, durante el estado de alarma, la empresa decidió suprimir compensación económica por comedor (de unos 11 euros al día)  al entender que no era de aplicación si los trabajadores se encontraban en su domicilio en teletrabajo.

Continúa en: http://loentiendo.com/teletrabajo-plus-comedor/