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Importante sentencia del Supremo sobre el 7P: los días del desplazamiento (ida y vuelta) también están exentos
Importante sentencia del Tribunal Supremo sobre la exención del 7P: los días correspondientes al desplazamiento (ida y vuelta) también están exentos.
En su sentencia (Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso. Sección: 2. Fecha: 25/02/2021), determina expresamente lo siguiente:
“El criterio que fijamos es que en la expresión “rendimientos del trabajo percibidos por trabajos efectivamente realizados en el extranjero” (art. 7.p) LIRPF) deben entenderse comprendidos los rendimientos de trabajo percibidos por el trabajador que correspondan a los días de desplazamiento al país de destino o de regreso a España”.
Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/actualidad-fiscal-contable/importante-sentencia-del-supremo-sobre-el-7p-los-dias-del-desplazamiento-ida-y-vuelta-tambien-estan-exentos/
No vulnera el derecho a la igualdad que un convenio excluya a las parejas de hecho del disfrute de determinados permisos retribuidos
La Audiencia Nacional acaba de sentenciar que no vulnera el derecho a la igualdad un convenio que no concede el permiso retribuido por fallecimiento y enfermedad grave cuando quien genera el hecho que motiva el permiso sea familiar de la pareja de hecho.
La AN sostiene que la interpretación literal del convenio colectivo aplicable es clara reconociendo el permiso de fallecimiento y enfermedad grave o accidente si el que genera el hecho causante es pariente del cónyuge, pero no si es pariente de la pareja de hecho.
Hay que aplicar el principio “in claris non fit interpretatio” que obliga, por tanto, a rechazar la interpretación del sindicato (Sent. de la Audiencia Nacional de 15 de febrero de 2021).
La norma es fruto de la negociación colectiva, vincula a todos los trabajadores y empresas comprendidos en su ámbito de aplicación, y durante todo el tiempo de su vigencia, sin que tal precepto convencional vulnere el derecho a la igualdad.
Por tanto, no cabe exigir hacer extensivo el permiso retribuido por fallecimiento y enfermedad grave o accidente si el que genera el hecho causante es familiar de la pareja de hecho.
Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/no-vulnera-el-derecho-a-la-igualdad-excluir-parejas-de-hecho-permisos/
El TSJ de Navarra anula la inclusión de un trabajador en vacaciones en un ERTE por fuerza mayor por la Covid-19
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado una sentencia que declaró contraria a derecho la inclusión de un trabajador que ya había solicitado las vacaciones en un ERTE por causas de fuerza mayor durante la pandemia derivada de la Covid-19.
La Sala de lo Social del TSJN, que confirma una sentencia del Juzgado de lo Social nº 3 de Pamplona, considera que la decisión empresarial de suspender el contrato no guarda relación alguna con la fuerza mayor, sino con el cierre por vacaciones de la empresa cliente.
El trabajador prestaba servicios en la empresa Integración de Servicios Navarros (ISN), dedicada a la actividad de limpieza en la empresa cliente Volkswagen Navarra durante los fines de semana.
Como consecuencia del cese de actividad de la empresa cliente, la empresa demandada solicitó con fecha 23 de marzo de 2020 un ERTE de suspensión de contratos por fuerza mayor (Covid-19), en el periodo comprendido entre el 16 de marzo y el 31 de diciembre de 2020.
El Consejo de Ministros aprueba el Plan Corresponsables para favorecer la conciliación
El Consejo de Ministros aprobó ayer, 9 de marzo, el Plan Corresponsables, dotado con 190 millones de euros para la conciliación de las familias en España. Pone el foco en el cuidado de niños y niñas menores de 14 años.
Desde el Gobierno aseguran que se trata de una medida que “facilitará la creación de empleo de calidad en el sector de los cuidados, además de dignificar y certificar la experiencia profesional del cuidado no formal”.
Las demandas por despido aumentan un 7,7%
Los expedientes de regulación de empleo se incrementaron después de siete años en descenso y aumentaron un 39,7% respecto al ejercicio anterior
Las 129.287 demandas por despido presentadas en los Juzgados de lo Social en 2020 supusieron un incremento del 7,7 por ciento respecto a las registradas el año anterior. Por territorios, Madrid, con 27.547, (el 21,3 % del total nacional) fue la Comunidad Autónoma en la que se presentaron más demandas de este tipo. Le siguieron Cataluña, con 24.363 y Andalucía, con 19.563.
Además, los Juzgados de lo Social registraron en 2020 118.057 reclamaciones de cantidad, un 10,1 por ciento menos que en 2019. De ellas, 21.885 se presentaron en Andalucía; 20.750 en Madrid y 12.776 en Cataluña.
TJUE: Las guardias no presenciales no son necesariamente tiempo de trabajo efectivo
Importante sentencia del TJUE en la que determina que los periodos de guardias no presenciales no son necesariamente tiempo de trabajo efectivo en su totalidad (sent. del TJUE de 9 de marzo de 2021)
Un período de guardia en régimen de disponibilidad no presencial solo constituye en su totalidad tiempo de trabajo cuando las limitaciones impuestas al trabajador afectan de manera considerable a su capacidad para administrar su tiempo libre durante ese período.
Habrá que ver ahora cómo los tribunales españoles interpretan y adoptan esta sentencia del TJUE. En la sentencia, el TJUE subraya que corresponde a los órganos jurisdiccionales nacionales llevar a cabo una apreciación global de todas las circunstancias de los casos concretos para comprobar si un período de guardia en régimen de disponibilidad no presencial debe calificarse de «tiempo de trabajo».