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CGT exige la liberación inmediata del anarquista griego Giannis Michailidis

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La organización anarcosindicalista se une a las peticiones internacionales para la liberación del joven anarquista, en huelga de hambre, tras saberse que su estado de salud es crítico

CGT recuerda que Michailidis ha cumplido la condena que el Estado le impuso y manifiesta que ser anarquista no es delito

La Confederación General del Trabajo (CGT), a través de un comunicado, ha exigido la puesta en libertad del joven anarquista griego, Giannis Michailidis, al conocerse el empeoramiento de su salud tras llevar varios meses en huelga de hambre.

La lucha de Giannis, perteneciente a una generación que se rebeló contra los peores recortes socioeconómicos de la historia de Grecia y que atentaban directamente contra el pueblo y la clase trabajadora, se remonta años atrás. En 2011, durante una huelga general convocada a finales de febrero, Giannis utilizó su arco para lanzar flechas contra el parlamento griego. La jornada de lucha tuvo un importante seguimiento y respaldo de la ciudadanía, produciéndose a lo largo de la misma duros enfrentamientos entre manifestantes y los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. En este contexto, Michailidis fue detenido y encarcelado, acusándosele también de llevar a cabo robos en entidades bancarias con el objetivo de servir de financiación para las luchas revolucionarias que en Grecia se estaban desarrollando.

Giannis ha cumplido por estos supuestos delitos 9 años de prisión, y para obtener la libertad, el Estado pretende que firme una condena y una renuncia a sus ideas anarquistas, algo a lo que el compañero griego se ha negado. Del mismo modo, el Estado griego mantiene a Giannis encarcelado, dispuesto a dejarle morir, a pesar de la huelga de hambre que el joven anarquista inició hace meses y que en estos momentos ha afectado a su salud gravemente. En este sentido, el equipo médico que atiende a Giannis ya ha explicado que su vida corre peligro, debido a los bajos niveles de azúcar en sangre que pueden llevarle a un coma irreversible.

Desde la CGT se ha exigido la puesta en libertad del joven griego por varias razones entre las que están el derecho a la vida, el derecho a pensar y a elegir las ideas y valores libremente, y porque Giannis ha cumplido su condena con creces. La organización anarcosindicalista también ha expresado su repulsa hacia todos los Estados y Gobiernos que, a través de sus instituciones “democráticas”, criminalizan al anarquismo y al movimiento libertario.

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Se declara ilegal el registro horario de horas extras supeditado a una autorización del superior

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La AN estima la demanda de conflicto colectivo interpuesta por los representantes de los trabajadores contra una entidad bancaria en la que se imponía la autorización del superior para registrar la prolongación de jornada de los empleados.

Como es conocido, el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, establece la obligación del registro de jornada de carácter general (de todas las personas trabajadoras) y dos supuestos con especialidades (referido a horas extraordinarias y a trabajadores a tiempo parcial). Entre las previsiones normativas encontramos:

  • El tipo de sistema de registro responderá a la libre elección de la empresa, siempre que garantice la fiabilidad e invariabilidad de los datos y refleje, como mínimo, cada día de prestación de servicios, la hora de inicio y la hora de finalización de la jornada. 
  • Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, podría negociarse la forma de organizar y documentar este registro de jornada.

La reciente SAN n.º 57/2022, de 19 de abril, ECLI:ES:AN:2022:1566, analiza una demanda de conflicto colectivo entendiendo contrario a derecho, el registro de horas extraordinarias de los empleados de la banca supeditado a la autorización de prolongación de jornada por parte de un superior.

Continúa en: https://www.iberley.es/noticias/declara-ilegal-registro-horario-horas-extras-supeditado-autorizacion-superior-31773?nolog=1&sort=fecha&materias%5B0%5D=laboral&page_number=2&noIndex

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El Tribunal Superior de Justicia de Galicia dicta resoluciones sobre el reconocimiento del complemento de maternidad a hombres

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La Sala de lo Social del TSJG resuelve en julio casi mil casos sobre complemento de maternidad a hombres para hacer frente a la avalancha de este tipo de procedimientos.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) ha recibido este año, entre enero y julio, 2.368 recursos sobre reconocimiento del complemento de maternidad a hombres. Para hacer frente a esta avalancha, los magistrados y magistradas de la Sala han dictado en julio 941 sentencias, más del doble de lo que es habitual. En todas las resoluciones han estimado que los recurrentes tienen derecho a percibir el plus de maternidad desde que se les reconoció la prestación de jubilación o de incapacidad, siempre que sea posterior al 1 de enero de 2016, siguiendo el criterio fijado por el Tribunal Supremo. Tal y como publicamos el 30 de mayo, en la noticia a la que se puede acceder a través de este enlace, el TS rechazó limitar la retroactividad a los hombres en el complemento de maternidad en la pensión, por lo que la cobrarían desde que se reconoció su prestación.

Continúa en: https://www.iberley.es/noticias/tsjg-dicta-resoluciones-sobre-reconocimiento-complemento-maternidad-hombres-31830?nolog=1&sort=fecha&noIndex

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Prestación por desempleo más indemnización por despido fraccionada: ¿2 pagadores o uno a efectos de la Renta?

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Si se percibe prestación por desempleo (SEPE) más indemnización por despido (abonada de forma fraccionada) ¿se considera que existe un pagador o dos a efectos de tener que realizar la declaración de la Renta? Se pronuncia la Dirección General de Tributos (DGT)

El caso concreto planteado

En 2022 una consultante prevé percibir los siguientes rendimientos del trabajo: 13.836 euros del SEPE, por prestación de desempleo, 15.600 euros de su antiguo empleador que le viene pagando fraccionadamente la indemnización por despido.

Plantea a la DGT si, afectos de la obligación de presentar la declaración del IRPF-2022, «se consideraría que tengo dos pagadores?, o bien solo uno (ya que entiende que la indemnización por despido estaría exenta de tributación).

Continúa en: https://sincrogo.com/blog/actualidad-fiscal-contable/prestacion-por-desempleo-mas-indemnizacion-por-despido-fraccionada-2-pagadores-o-uno-a-efectos-de-la-renta/

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Tribunal Supremo: el padre puede disfrutar el permiso de lactancia aunque la madre no trabaje

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El Tribunal Supremo ha sentenciado que el trabajador (progenitor distinto de la madre biológica) puede disfrutar del permiso de lactancia aunque la madre no desempeñe actividad laboral (sent. del TS de 12 de julio de 2022, desestima el recurso interpuesto por una compañía).

El TS ratifica la sentencia nº 324/2019 dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, de 19 de febrero de 2019.

Razona el Tribunal Supremo entre otras cuestiones que la doctrina constitucional pone en manos del legislador el modo en que haya de evolucionar el disfrute de permisos asociados al nacimiento o la lactancia de las personas descendientes y admite que el legislador pudiera conceder el permiso por lactancia a los varones solo si la madre también está trabajando (y no lo disfruta).

La jurisprudencia comunitaria ( Roca Álvarez, Maïstrellis) sí considera inconciliable con el Derecho de la UE la exclusiva atribución de permisos parentales (incluyendo la pausa por lactancia) de un modo distinto a los hombres y a las mujeres, entendiendo que eso perpetúa los roles tradicionales de división de tareas.

Sobre esos presupuestos, nuestra STS 224/2020 de 10 marzo (rec. 224/2020;. interpretando la redacción del artículo 37.4 ET bien que a unos efectos diversos de los ahora cuestionados, ha puesto de manifiesto que el derecho contemplado en la norma debe entenderse reconocido en pie de igualdad a cualquiera de los dos progenitores del menor de nueve meses.

Bajo la vigencia del artículo 37.4 derivado de la Ley 3/2012, la referencia a que el permiso por lactancia «sólo podrá ser ejercido por uno de los progenitores en caso de que ambos trabajen» legitima para su disfrute a cualquiera de ellos (en nuestro caso, el padre) aunque el otro (aquí, la madre) no esté desarrollando actividades lucrativas, y con independencia de si puede encargarse de atender al menor.

Continúa en: https://sincrogo.com/blog/tribunales/tribunal-supremo-permiso-de-lactancia-2022/

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Prestación por desempleo más indemnización por despido fraccionada: ¿2 pagadores o uno a efectos de la Renta?

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Si se percibe prestación por desempleo (SEPE) más indemnización por despido (abonada de forma fraccionada) ¿se considera que existe un pagador o dos a efectos de tener que realizar la declaración de la Renta? Se pronuncia la Dirección General de Tributos (DGT)

El caso concreto planteado

En 2022 una consultante prevé percibir los siguientes rendimientos del trabajo: 13.836 euros del SEPE, por prestación de desempleo, 15.600 euros de su antiguo empleador que le viene pagando fraccionadamente la indemnización por despido.

Plantea a la DGT si, afectos de la obligación de presentar la declaración del IRPF-2022, «se consideraría que tengo dos pagadores?, o bien solo uno (ya que entiende que la indemnización por despido estaría exenta de tributación).

Continúa en: https://sincrogo.com/blog/actualidad-fiscal-contable/prestacion-por-desempleo-mas-indemnizacion-por-despido-fraccionada-2-pagadores-o-uno-a-efectos-de-la-renta/

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Trece rosas

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Sucedió en agosto de 1939. Horas antes de su ejecución, Julia Conesa Conesa, conocida por ser miembro del colectivo de las Trece Rosas, envió a su madre la carta más dura que habría escrito hasta la fecha: “Madre, hermanos, con todo el cariño… Os pido que no me lloréis un día. Me matan inocente, pero muero como debe de morir una inocente. Madre, madrecita, me voy a unir con mi hermana y papá al otro mundo“.

Ese mismo día, Julia fue asesinada por el régimen franquista. Fue condenada a pena de muerte por un tribunal militar poco después de terminar la Guerra Civil. Su ‘delito’, como el de la mitad de sus compañeras, fue asociarse a las Juventudes Socialistas Unificadas. Dos días antes del fatal destino, el 3 de agosto, el Consejo Permanente de Guerra las sentenció a morir como “responsables de un delito de adhesión a la rebelión“.

Julia fue detenida en mayo de 1939. Había sido denunciada por un amigo de su por entonces novio, y las tropas franquistas la detuvieron mientras cosía en su casa; su ocupación, más allá de plantar cara al régimen fascista con organizaciones declaradas clandestinas, era la de modista. Tres meses después, en la madrugada del 5 de agosto, fue asesinada junto a sus compañeras en la tapia este del cementerio de la Almudena, espacio que lucha por no olvidar sus nombres.

Cuenta Constanza Paje, sobrina nieta de Julia que años después desveló el contenido de aquella carta que la joven mandó a su madre poco antes de morir, que cuando sus familiares iban a verla a prisión ella “estaba demacrada, pálida, ojerosa; estaba enferma“, pero decía que “estaba bien, que cantaba, reía y bailaba“. No podía estarlo, pero Julia lo hacía para animar a su madre, que entonces se hallaba enferma y no podía visitar a su hija en la prisión. El deseo de Julia: “Que mi nombre no se borre de la historia

Finalmente, la madre de Julia pudo acudir a la cárcel, no sólo para ver a su hija, sino también para “llevarle a Franco una solicitud de indulto“. Unas 40 mujeres habían firmado una petición en la que se rogaba el perdón para la integrante de las ‘Trece Rosas’. Llegó tarde. Julia ya había sido fusilada, y el último contacto que había tenido con ella fue aquella misiva que funcionó a modo de sentencia y de pronta despedida.

La suerte quiso, al menos, que esa carta que la familia ha guardado como un tesoro décadas después pudiese llegar a manos de la madre de Julia. Así se lo contaron a Constanza: “Las cartas pasaban primero una censura previa, pero algunas comunicaciones llegaban a su madre y a su hermana a través de cartas que escribía en un papel muy rudimentario en el dobladillo de la ropa que sacaban de la cárcel“. Aquello tenía una intención clara, cumplir el último deseo de Julia: “Que mi nombre no se borre de la historia“.

Qué no nos borren la memoria para que no se repita la historia.

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El derecho a la pereza- Paul Lafargue

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  • Autor: Paul Lafargue
  • Editorial: epublibre (epub)
  • Fecha: 1880
  • Páginas: 36

Lafargue ya a finales del siglo XIX nos da las claves de lo que iba a ser el futuro del capitalismo, el dogma del trabajo. Este pequeño texto expone el efecto de este dogma sobre la sobreproducción y su relación con la mecanización. También identifica el como posible solución la reivindicación del derecho a la pereza y prohibir el trabajo. 

Lafargue ya en el prólogo nos indica la función de la moral del trabajo   “La moral capitalista, lastimosa parodia de la moral cristiana, anatemiza la carne del trabajador; su ideal es reducir al productor al mínimo de las necesidades, suprimir sus placeres y sus pasiones y condenarlo al rol de máquina que produce trabajo sin tregua ni piedad.

Ya en el siglo XIX ve que el dogma del trabajo es una locura pues “el trabajo es la causa de toda degeneración intelectual, de toda deformación orgánica.” Considera que la pasión por el trabajo es consecuencia de que el proletariado abandonó sus instintos y “todas las miserias individuales y sociales nacieron de su pasión por el trabajo.” Considera como una vergüenza proclamar como principio revolucionaría el derecho al trabajo.

Observa que “Trabajen, trabajen, proletarios, para aumentar la riqueza social y sus miserias individuales; trabajen, trabajen, para que, volviéndose más pobres, tengan más razones para trabajar y ser miserables. Tal es la ley inexorable de la producción capitalista. … los proletarios se han entregado en cuerpo y alma al vicio del trabajo, precipitando así a toda la sociedad en las crisis industriales de sobreproducción que convulsionan el organismo social.”

Afirma que “el proletariado debe aplastar con sus pies los prejuicios de la moral cristiana, económica y librepensadora; debe retornar a sus instintos naturales, proclamar los Derechos de la Pereza, mil veces más nobles y más sagrados que los tísicos Derechos del . Hombre”. “Hay que debilitar la pasión extravagante de los obreros por el trabajo y obligarlos a consumir las mercancías que producen.” “A medida que la máquina se perfecciona y quita el trabajo del hombre con una rapidez y una precisión constantemente crecientes, el obrero, en vez de prolongar su descanso en la misma proporción, redobla su actividad, como si quisiera rivalizar con la máquina. ¡Qué competencia absurda y mortal!”

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Violencia económica y patrimonial

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La violencia económica es un tipo de violencia contra la mujer que busca controlar sus ingresos y recursos financieros.

Es difícil de reconocer pues se suele imponer de forma sutil apelando en muchas ocasiones a la operatividad o a la confianza. 

Es importante prevenirla asegurando la independencia económica y evitando delegar responsabilidades.

La violencia económica consiste en actos y comportamientos que tiene el agresor de manera intencional para tener el control de los ingresos y los recursos financieros. Busca generar una situación de dependencia económica de la mujer. La violencia patrimonial implica la destrucción o sustracción de documentos, bienes, activos u otros objetos..

Esta violencia puede afectar a mujeres que cuentan con mayores recursos económicos, pero que no disponen de esos ingresos con libertad y son dependientes económicamente y a mujeres en riesgo de exclusión social que se ven limitadas para conseguir la autonomía económica.

La violencia económica y patrimonial puede ser sutil, encubierta y difícil de reconocer.. Se puede dar durante la relación incrementándose progresivamente pero también tras la separación (en ocasiones aparece o se incrementan a modo de castigo a la mujer por abandonarlo). Muchas veces es simultánea con la violencia psicológica, física o sexual que menoscaban la autoestima de la mujer generando indefensión  e inacción.

Actualmente, la violencia económica y patrimonial no se encuentra recogida ni definida de forma específica como una forma de Violencia de Género en España, lo que dificulta su visualización y eliminación.

Puedes entender mejor este tipo de violencia con los siguientes comportamientos del acosador:

  • Restringe el acceso al mercado laboral: No permite a la mujer trabajar para generar sus propios ingresos o le dificulta la conciliación.
  • Pone barreras a la formación y a la mejora de las condiciones de trabajo.
  • Limita el acceso a los recursos económicos: Deja el dinero exacto para el gasto diario, administra todo el dinero, controlando en qué y cómo se gasta.
  • Excluye a la mujer de la economía familiar: Negando la participación en las decisiones del hogar. No puede realizar las compras de forma independiente; o se realizan compras sin su consentimiento, provocando deudas.
  • Recursos económicos como instrumento de amenaza: No deja dinero para la alimentación diaria para ella y sus hijos/as.
  • No cumple con el pago de la pensión de alimentos
  • Se oculta la situación patrimonial y generalmente el maltratador tiene la titularidad de todos los bienes.
  • Desconoce los ingresos del agresor.
  • Daños a la propiedad: vivienda, coche, etc.
  • Se esconde o se destruyen los objetos de valor o personales de la víctima.

Debemos asegurar la autonomía económica evitando delegar responsabilidades. Este test te permitirá identificar si la sufres.

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Starbucks

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Mientras Starbucks enfrenta una creciente campaña en EEUU para sindicalizar sus tiendas, los patrones han lanzado un sitio web antisindical destinado a desinformar a los trabajadores sobre lo que está en juego. Esto es parte integral de las represalias que la corporación ha estado desatando en una ciudad tras otra.

También ha sido reticente a las reacciones contra el racismo en EEUU.

Starbucks es una cadena internacional de cafeterías fundada en Seattle en 1971. Es la compañía de comercialización de café más grande del mundo, con más de 24.000 locales en 70 países y una política antisindical y poco respetuosa con la sociedad.

Además esta cadena tiene serias deficiencias en su gestión como:

  • Usa leche no orgánica de granjas industriales.
  • Difunde bebidas y alimentos no orgánicos (OGM) y chatarra.
  • Es miembro de la Grocery Manufacturers Association.
  • No cumple los estándares de comercio justo y trata de imponer los suyos propios.
  • Uso de alimentos transgénicos.
  • Explotación de los pequeños agricultores.
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