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8 de marzo de 2020 – Día Internacional de la Mujer Trabajadora

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CGT bajo los principios antipatriarcales, anticapitalistas, antirracistas e internacionalistas de nuestra organización, volvemos a salir a las calles en coordinación con el movimiento feminista para seguir luchando.


¡LUCHANDO CAMBIAMOS EL MUNDO!
¡SIN FEMINISMO DE CLASE NO HAY REVOLUCIÓN!

Mas información en:
http://rojoynegro.info/evento/eje-violeta/8-marzo-2020-d%C3%ADa-internacional-la-mujer-trabajadora

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Reducción de jornada por guarda legal: no cabe exigir un horario y turnos en función del calendario laboral de la pareja del trabajador

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Reducción de jornada por guarda legal: no cabe exigir unos horarios y unos turnos fijos condicionados a los horarios y calendario laboral que tenga la pareja del trabajador (que trabaja en otra compañía) que solicita la reducción.

Aceptar esto supondría dejar al arbitrio de un tercero (en este caso, la pareja del trabajador) e introducir un criterio de aleatoriedad en la fijación del horario que una empresa no tiene obligación de asumir (sent. del Juzgado de lo Social de Pamplona de 11 de diciembre de 2019).

Continúa y conoce el caso enjuiciado en:
http://sincro.com.es/blog/tribunales/reduccion-de-jornada-por-guarda-legal-no-cabe-exigir-un-horario-y-turnos-en-funcion-del-calendario-laboral-de-la-pareja-del-trabajador/

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CGT viaja a Sudáfrica para participar en la 2ª Conferencia Internacional de trabajadoras y trabajadores de la automoción

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Una delegación de la Federación Metalúrgica de la CGT (FESIM) viaja esta semana a Sudáfrica para participar en la 2ª Conferencia Internacional de Trabajadoras y Trabajadores de la Automoción (CITA).

Durante los próximos días 19 al 23 de febrero, se celebra en Johannesburgo (Sudáfrica), la 2ª Conferencia Internacional de Trabajadoras y Trabajadores de la Automoción, lo que supone la consolidación mundial de este evento. La 1ª conferencia se celebró con gran éxito en Alemania hace cuatro años y medio, aunque anteriormente, y durante más de 20 años, se reunía con el formato de Consejo Internacional del Auto.

CGT ha apostado muy fuerte desde su inicio por la consolidación de este evento, por lo que la salida del continente europeo y la celebración en Sudáfrica de esta Conferencia, supone un motivo de alegría y empuje para esta organización que lleva trabajando durante los últimos 4 años para que este encuentro se lleve a cabo.

Participarán delegaciones de más de 20 países, servirá para trazar una estrategia conjunta y organizada a los ataques que las diferentes patronales del sector pretender realizar a la clase trabajadora y coordinará de esta manera la respuesta de los sindicatos alternativos y de clase, a nivel mundial.

A lo largo de nuestra participación en esta Conferencia, colgaremos tanto en la web de la FESIM (www.fesimcgt.org) como en nuestras redes sociales, resúmenes que lo que vayamos tratando cada día, así como de las experiencias compartidas con otras compañeras y compañeros.

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La Seguridad Social concedió 3.782 prestaciones para cuidado de hijos con cáncer o enfermedad grave en 2019, un 18,5% más que el año anterior

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La Seguridad Social reconoció en 2019 la prestación para el cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave a un total de 3.782 padres y madres trabajadores. La cifra supone un aumento interanual del 18,5%, según los últimos datos que constan en el organismo público.

El número de procesos vigentes a 31 de diciembre de 2019 alcanzó los 6.878, frente a los 5.693 concedidos en 2018. El crecimiento interanual que se registra cada año -en 2019 fue del 20,8%- confirma la necesidad de una prestación que permite a los trabajadores compaginar el cuidado de sus hijos con enfermedad grave con su tarea profesional. La duración media de los procesos que finalizaron en este último año fue de 406,64 días.

El año pasado, la Seguridad Social amplió el catálogo de dolencias graves que pueden dar lugar al reconocimiento de la prestación e incluyó tres nuevas patologías pediátricas. Además, estableció la posibilidad de dar cobertura a otras patologías graves que, por indicación expresa del facultativo, precisen de cuidados permanentes en régimen de ingreso hospitalario u hospitalización a domicilio. Se completó así la normativa aprobada en 2011 -Real Decreto 1148/2011- por la que se creó la prestación. También incluye un modelo de declaración médica sobre la necesidad de cuidado continuo del menor denominado “Declaración médica para el cuidado de menores afectados de cáncer u otra enfermedad grave”.

Continúa en:
http://prensa.empleo.gob.es/WebPrensa/noticias/seguridadsocial/detalle/3720

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Gastos de manutención y dietas: es la empresa la que tiene que acreditar el día y lugar del desplazamiento, así como su razón o motivo

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El Tribunal Supremo acaba de dictar una sentencia en la que deja muy claro que en materia de dietas y gastos de manutención es el empleador (empresa) y no el empleado el que tiene que acreditar el día y lugar de desplazamiento, así como su razón o motivo (sent. de la Sala de lo Contencioso del TS de 29 de enero de 2020).

Un matiz muy importante de la sentencia es que alude al caso concreto de un socio-trabajador. El TS entiende que esto no modifica su fallo.

Razona en este sentido el TS que aunque en este caso se ha dejado constancia de la condición de socio-trabajador del contribuyente (aunque sin concretar su grado de participación o relación), » sin un análisis suficiente y adecuado, este dato en nada altera lo sentenciado» (es decir, que la carga de la prueba recae en el empleador, no en el trabajador).

Continua y conoce el caso enjuiciado en:
http://sincro.com.es/blog/actualidad-fiscal-contable/gastos-de-manutencion-y-dietas-es-la-empresa-la-que-tiene-que-acreditar-el-dia-y-lugar-del-desplazamiento-asi-como-su-razon-o-motivo/

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CGT rechaza el fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre las devoluciones en caliente y recuerda al Gobierno español su postura en la oposición

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CGT: “Las devoluciones en caliente vulneran los derechos elementales de cualquier ser humano que lucha por escapar de realidades muy dramáticas”

La Confederación General del Trabajo (CGT) ha emitido un comunicado en el que se posiciona ante el fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en relación a las “devoluciones en caliente”. Según este tribunal, España no vulneró los derechos humanos de dos personas de origen subsahariano que saltaron la valla de Melilla en el año 2014, dando por buena la actuación de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado que mantuvieron en este caso con las personas que fueron devueltas a pesar de estar ya en territorio del Estado español.

Según la organización anarcosindicalista, las devoluciones en caliente atentan contra los derechos más elementales de las personas, en este caso de gente que huye de realidades muy dramáticas en sus países de origen. En este sentido, CGT considera que una vez que estos seres humanos ponen un pie en territorio del Estado español se deben poner en marcha los protocolos de actuación (psicológico, médico, social, jurídico, etc.), y garantizarles a estas personas el derecho a tener una protección específica. Expulsarles sin más, sin ahondar en estas cuestiones, es inhumano pero también ilegal, como afirman desde la CGT.

La CGT considera que en España se llevan realizando devoluciones en caliente más de 20 años sin que estas tuvieran en los primeros momentos mucha visibilidad. En la actualidad, esto se está conociendo gracias a la labor de muchos colectivos y oenegés que trabajan por la dignidad de las personas en las fronteras, entre ellas en la Frontera Sur, una de las más mortíferas del mundo.

Según la CGT, se está realizando un lavado de cara en medios de comunicación tanto del comportamiento de los agentes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad como de las personas que llegan hasta los límites fronterizos, presentándoles como violentos, agresivos y un peligro para la integridad de los agentes de policía que custodian la frontera. Esto está dando pie a que determinados sectores racistas y xenófobos de la sociedad, también grupos políticos de extrema derecha, encuentren una justificación a sus mensajes de odio hacia las personas migrantes y pobres.

CGT también ha querido subrayar la maniobra que desde el Ejecutivo de Sánchez e Iglesias se está realizando para “suavizar” la decisión del TEDH en cuanto al fallo sobre las devoluciones en caliente. Según este sindicato, no hay excusa para este cambio de actitud por parte de quienes en la oposición llevan defendiendo justamente lo contrario a lo expuesto por el TEDH. En ningún caso, según la CGT, se puede hablar de “buenas prácticas” en la frontera de Ceuta y Melilla por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y como ejemplo recuerdan que hace tan solo una semana se ha conmemorado por 6º año consecutivo los asesinatos del Tarajal, donde 15 personas de origen subsahariano perdieron la vida ahogadas entre botes de humo y pelotas de goma disparadas por agentes de la Guardia Civil. Este caso se ha cerrado hasta en tres ocasiones, y en la actualidad se lucha desde la población civil para que estas muertes no queden impunes.

Fuente:
http://cgt.org.es/cgt-rechaza-el-fallo-del-tribunal-europeo-de-derechos-humanos-sobre-las-devoluciones-en-caliente-y-recuerda-al-gobierno-espanol-su-postura-en-la-oposicion/

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RLT: El TS se pronuncia sobre el alcance de los derechos de información de los delegados sindicales estatales cuando no tienen implantación en todos los centros de trabajo

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El Tribunal Supremo acaba de dictar una sentencia en la que se pronuncia sobre el alcance de los derechos de información de los delegados sindicales estatales de un sindicato cuando no en todos los centros de trabajo posee implantación entre la representación unitaria, dando la razón al sindicato (sent. del TS de 9 de enero de 2020).

Continúa y conoce el caso enjuiciado en:
http://sincro.com.es/blog/tribunales/rlt-el-ts-se-pronuncia-sobre-el-alcance-de-los-derechos-de-informacion-de-los-delegados-sindicales-estatales-cuando-no-tienen-implantacion-en-todos-los-centros-de-trabajo/

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