Reducción de jornada por guarda legal: no cabe exigir un horario y turnos en función del calendario laboral de la pareja del trabajador

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Reducción de jornada por guarda legal: no cabe exigir unos horarios y unos turnos fijos condicionados a los horarios y calendario laboral que tenga la pareja del trabajador (que trabaja en otra compañía) que solicita la reducción.

Aceptar esto supondría dejar al arbitrio de un tercero (en este caso, la pareja del trabajador) e introducir un criterio de aleatoriedad en la fijación del horario que una empresa no tiene obligación de asumir (sent. del Juzgado de lo Social de Pamplona de 11 de diciembre de 2019).

Continúa y conoce el caso enjuiciado en:
http://sincro.com.es/blog/tribunales/reduccion-de-jornada-por-guarda-legal-no-cabe-exigir-un-horario-y-turnos-en-funcion-del-calendario-laboral-de-la-pareja-del-trabajador/

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