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No es razonable el despido objetivo por causas económicas si se hacen horas extras o nuevas contrataciones

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No es razonable el despido objetivo por causas económicas cuando se realizan con habitualidad horas extraordinarias o cuando se realizan nuevas contrataciones.

Así lo ha sentenciado el JS Juzgado de lo Social de Cartagena (sent. de 27 de julio de 2020).  En su sentencia, el JS apela a la jurisprudencia del Tribunal Supremo en la materia sobre la razonabilidad del despido.

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/no-es-razonable-el-despido-objetivo-por-causas-economicas-si-se-hacen-horas-extras-o-nuevas-contrataciones/

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Cómo Solicitar la Renta Mínima de Inserción en Comunidad de Madrid (RMI)

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Para los residentes en la Comunidad de Madrid que cuenten con dificultades para llegar a final de mes pueden solicitar la Renta Mínima de Inserción en Madrid. Una ayuda que busca cubrir las necesidades más básicas de aquellas personas que no cuentan con insuficientes recursos económicos.

¿Qué es la Renta Mínima de Inserción Social en Madrid?

Existen personas que conforman un grupo familiar a quienes se les dificulta el acceso a los servicios básicos, a la protección social, a la educación, al sistema de salud, a las tecnologías de la información, a tener empleo, es decir, se encuentran en estado de pobreza crítica, son vulnerables y con una gran desigualdad social.

Para esas familias la Comunidad Autónoma de Madrid gestiona una ayuda económica que consiste en la suma de una prestación económica que se realiza mensualmente, más un aporte extra que es variable y dependiente del número de miembros del grupo familiar, denominada La Renta Mínima de Inserción o también llamada Salario Social, cuyo otorgamiento tiene como objetivo principal la satisfacción de las necesidades básicas descritas anteriormente.

Continúa en: http://sepeprestaciones.es/renta-minima-de-insercion-en-comunidad-de-madrid-rmi/

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Cómputo de permisos retribuidos recogidos en los convenios colectivos

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Recuerda el TS que si el ET no fija otra regla distinta de cómputo, los permisos retribuidos han de disfrutarse a partir del día laborable en que el trabajador deje de acudir al trabajo, pero el convenio colectivo puede mejorarlo. Por ello, la duración del permiso por matrimonio debe computarse por días naturales, iniciándose su cómputo en el primer día laborable para el trabajador afectado salvo que el convenio colectivo establezca un régimen distinto.

Se plantea si la cuestión relativa a cómo debe computarse la duración de las licencias retribuidas previstas en el art.36 del convenio colectivo del sector de grandes almacenes. Más concretamente cuál es el día de inicio del disfrute del permiso y si la duración se debe computar por días naturales o por días laborables para el trabajador.

Continúa en: http://elderecho.com/computo-de-permisos-retribuidos-recogidos-en-los-convenios-colectivos

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Adaptación de jornada: el art. 34.8 ET no contiene un derecho absoluto para el trabajador

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Seguimos con más sentencias sobre la adaptación de jornada (la mal llamada por algunos medios como “jornada a la carta”). El art 34.8 del ET no contiene un derecho absoluto o cerrado para el trabajador.

Así lo determina el TSJ de Galicia en esta reciente sentencia (sent. de 5 de octubre 2020) en la que se ratifica la denegación de la solicitud de adaptación de la jornada de un trabajador.

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/adaptacion-de-jornada-el-art-34-8-et-no-contiene-un-derecho-absoluto-para-el-trabajador/

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Despido improcedente: el TS unifica doctrina sobre el salario regulador de la indemnización en caso de cesión ilegal de trabajadores

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Despido improcedente. El TS unifica doctrina sobre cuál debe ser el salario regulador de la indemnización por despido en situación de cesión ilegal de trabajadores.

En su sentencia, vuelve a reiterar que debe ser el de la empresa cesionaria, en cuya plantilla han optado por integrarse los trabajadores (sent. del TS de 13 de octubre de 2020, en unificación de doctrina).

En su sentencia, el Supremo estima el recurso formulado por los trabajadores y reitera doctrina (sent. del TS de 16 de julio de 2020, rcud. 733/2018).

Continúa y conoce el caso planteado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/despido-improcedente-cesion-ilegal-de-trabajadores/

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Los representantes de los trabajadores tienen derecho a percibir el plus transporte los días que acumulen crédito horario

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El Tribunal Supremo ha sentenciado que los miembros del comité de empresa tienen derecho a percibir el plus transporte los días que acumulen crédito horario aunque no presten servicios.

En su sentencia, el TS desestima el recurso interpuesto por la compañía y recuerda que su sentencia está alineada con la doctrina del Tribunal Constitucional (sent. del TS de 14 de octubre de 2020).

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/actualidad-laboral/los-representantes-de-los-trabajadores-tienen-derecho-a-percibir-el-plus-transporte-los-dias-que-acumulen-credito-horario/

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Cómputo de permisos retribuidos recogidos en los convenios colectivos

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Recuerda el TS que si el ET no fija otra regla distinta de cómputo, los permisos retribuidos han de disfrutarse a partir del día laborable en que el trabajador deje de acudir al trabajo, pero el convenio colectivo puede mejorarlo. Por ello, la duración del permiso por matrimonio debe computarse por días naturales, iniciándose su cómputo en el primer día laborable para el trabajador afectado salvo que el convenio colectivo establezca un régimen distinto.

Se plantea si la cuestión relativa a cómo debe computarse la duración de las licencias retribuidas previstas en el art.36 del convenio colectivo del sector de grandes almacenes. Más concretamente cuál es el día de inicio del disfrute del permiso y si la duración se debe computar por días naturales o por días laborables para el trabajador.

Continúa en: http://elderecho.com/computo-de-permisos-retribuidos-recogidos-en-los-convenios-colectivos

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