La pluma y la tuerca

Federaciones territoriales

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Los sindicatos, federados entre sí, forman las distintas Federaciones Locales, Comarcales, Intercomarcales o Provinciales y las Confederaciones Territoriales. El Sindicato del Metal de Madrid está federado en la Confederación Territorial de Madrid Castilla la Mancha y Extremadura (MCLMEX).

Nuestra Confederación Territorial se rige por sus propios Estatutos. En el ámbito de Confederación Territorial se pueden constituir Federaciones Locales, Comarcales, Intercomarcales o Provinciales (aunque hasta el momento no esté constituida ninguna).

Los sindicatos se federan a CGT a través de sus respectivas Confederaciones Territoriales.El órgano soberano es el Congreso. El Comité Territorial está formado por el Secretariado Permanente y las Secretarías Generales de las distintas Federaciones territoriales  en su ámbito (o de los Sindicatos cuando no están constituidas) y de las Federaciones Sectoriales Territoriales. Las decisiones operativas se desarrollan principalmente por el Secretariado Permanentey grupos de trabajo.

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Desobediencia en el trabajo

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El art. 54.2 ET considera la indisciplina o desobediencia en el trabajo como causa legal de despido disciplinario del trabajador.
El principio de “Primero obedece y luego reclama” está empezando a ser modulado por el principio “ius resistentae o derecho a desobedecer” en la jurisprudencia.

El art. 54.2 ET incorpora las indisciplina o desobediencia en el trabajo como causa de despido disciplinario del trabajador debido a la obligación de “cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas” (art. 5 ET). 

El principio de “Primero obedece y luego reclama” sostiene que un trabajador debe obedecer las órdenes del empresario aunque crea que estas son ilegítimas. Sin embargo el principio “ius resistentae o derecho a desobedecer” se está abriendo paso en los tribunales permitiendo al trabajador  oponerse a una orden empresarial “justificadamente” cuando exista una manifiesta ilegitimidad en la orden, es decir, “poderosas razones” para el incumplimiento y por ello no podría ser despedido procedentemente. 

Más detalles aquí.

La doctrina ha admitido desobediencias por estas causas:

  • Seguridad y salud en el trabajo: Art. 21.2 LPRL. No caben “apreciaciones subjetivas, sino solamente aquellas basadas en circunstancias objetivas manifiestas”.
  • Vulneradoras de los derechos fundamentales:  Con el objetivo de  vengarse (STC 5/2003), propia imagen (STC 99/1994 y de 170/1987),  huelga, etc.
  • Con contenido ilícito o delictivo: La ilegalidad tiene que ser manifiesta y clara.
  • Mala fe empresarial o abuso de derecho: Los tribunales pasarán a analizar la intención.
  • Ilícitos laborales: El ET regula algunas órdenes (movilidad geográfica, funcional, o modificación sustancial de condiciones de trabajo). 

Otras justificaciones: No relacionada con el trabajo, carecer de legitimidad, prestigio profesional, excede la jornada,  vacaciones, horas extra, etc. Permiten excusar la desobediencia pero muy pocas provocan que el juez entre a valorar la licitud de la orden.

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El individuo y la salida de la crisis

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En tiempos de incertidumbre los individuos debemos ser conscientes de nuestra capacidad para   influir en los cambios que se producen. 
Es vital que siendo consecuentes con nuestra utopía nos involucremos en el diseño de la sociedad del futuro.

Estamos viviendo unos acontecimientos cuya  trascendencia difícilmente se puede percibir desde la cercanía. El mundo está cambiando  a nuestro alrededor mientras nosotros permanecemos atrapados en la incertidumbre del presente. No obstante, debemos mantener nuestra visión a corto y medio plazo para poder dirigirnos hacia nuestra utopía.

No es suficiente con exigir a los responsables una respuesta apropiada ante la situación. Debemos ser conscientes de la importancia de las acciones de cada uno de nosotros como parte de  un sistema complejo adaptable. Somos agentes que interactuamos y que modificamos nuestras reglas a medida que acumulamos experiencia haciendo emergen nuevos  comportamientos.  Esto es compatible con que haya actores con más poder; pero ese poder dista de ser el control absoluto que (de forma ingenua) se les atribuye.

El impacto de cada una de nuestras acciones individuales en el resultado final no es despreciable. En nuestras acciones debemos mantener el enfoque en nuestra utopía de una sociedad libre,  igualitaria, autogestionada e  integrada en  nuestro medio ambiente. Una visión en continua evolución lejos de dogmatismos bloqueantes.

Nuestros actos han de  orientarse a ser consecuentes con este objetivo. Hemos de empoderarnos y utilizar todos los medios a nuestro alcance para: 

  • Denunciar (pública y legalmente) las prácticas antisociales en la gestión pública y privada. 
  • Comprender el funcionamiento y gestión  de nuestra sociedad.
  • Desarrollar y fomentar prácticas de democracia directa.
  • Participar activamente en la construcción de movimientos sociales autónomos y populares, “inserción social”.

Para eso es necesario que como individuos seamos consecuentes y nos involucramos personalmente en nuestras empresas, barrios y organizaciones para asegurar que nuestro deseo de libertad se plasme en el devenir de nuestra sociedad y del mundo que se está construyendo ahora.

Para que este compromiso sea eficaz tenemos que dotarnos de las herramientas para poder actuar lo más eficazmente posible que no son otras que la formación continua y la mejora de nuestras competencias para poder hacernos cargo de esta nueva sociedad.

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LA PLUMA Y LA TUERCA

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BOLETÍN MENSUAL DEL SINDICATO CGT METAL MADRID – Nº6 DICIEMBRE

Boletín creado desde el SP de CGT Metal Madrid.

Os animamos a que participéis, tanto a lxs afiliadxs como a las secciones sindicales, sólo tenéis que mandar vuestras opiniones sobre el tema que creáis conveniente enviando vuestro artículo a comunicacion@cgtmetalmadrid.com.

Esperemos que sea de vuestro interés y difundáis entre vuestros compañerxs y contactos.

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Carta de un afiliado

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Saludos compañerxs;

Me llamo Fran, soy afiliado a CGT Metal Madrid y actualmente trabajo en Iveco Madrid.

Formamos parte de un sindicato definido como anarcosindicalista, de clase, autónomo, autogestionario, federalista, internacionalista y libertario, es decir, no somos un sindicato al uso que solamente trabaja en arreglar nóminas, que también.

Entiendo que cualquiera de nosotrxs, como afiliadxs a esta organización, compartimos y sentimos como nuestras todas o al menos parte de estas definiciones y los objetivos de nuestro Sindicato. 

Seguramente muchxs de nosotrxs utilicemos estos valores y herramientas en nuestro día a día y la acción directa y el apoyo mutuo en las acciones más cotidianas de nuestra vida.

Creo firmemente que nuestra Organización es un elemento fundamental como herramienta de transformación y de lucha, pero para ello considero de vital importancia crear y contar con una militancia activa de base.

Como afiliadxs podemos hacer mucho más que pagar nuestra cuota. 

Podemos participar en distintos proyectos, talleres de formación, Asambleas de afiliadxs y de una forma más activa en las áreas y grupos que forman las Secretarías del SP de nuestro sindicato.

Esta militancia activa no solo es necesaria para conseguir los objetivos de nuestra organización, sino también para mostrar alternativas a la renovación interna en los entes que forman nuestra organización.

Y si, claro que se puede participar sin ser delegado sindical, como es en mi caso, siendo parte del SP del Sindicato y del grupo de apoyo al Pueblo Palestino de la Confederal.

El objetivo de esta carta no es otro que el de animar a todxs aquellxs afiliadxs a organizarse y participar en el Sindicato desde una militancia activa y de base, vital para el funcionamiento de la Organización para ser una herramienta real en la transformación de nuestra realidad.

Si no eres tú, ¿Quién?

Si no es ahora, ¿Cuándo?

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El talento femenino en el nuevo mercado laboral

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En un mercado laboral en continuo cambio, y ante una situación económica tan convulsa como la actual, no podemos evitar preguntarnos de qué manera se verá afectado el esfuerzo por cerrar la brecha de género en el mercado laboral.

El acceso de la mujer a la educación superior y su incorporación masiva al mercado laboral se han traducido en una lenta pero constante  mejoría de las condiciones laborales de la mujer. Así lo muestran los índices publicados por foros internacionales como el World Economic Forum que lleva décadas analizando la brecha de género.

Ahora nos encontramos frente a una cuarta Revolución Industrial que va a transformar el mercado de trabajo, y supondrá la desaparición de ciertos puestos de trabajo para crear otros con diferentes cualificaciones. Lamentablemente, los datos disponibles parecen indicar que se perpetúa la división de roles por género.

El citado informe del World Economic Forum contiene menciona ocho grupos de empleos con demanda creciente de los cuales sólo en dos el porcentaje de mujeres empleadas es mayor que el de hombres. Y es notable que los tres grupos identificados como clave de cara al futuro, “Cloud Computing”, “Ingeniería” y “Data e Inteligencia Artificial” son aquellos en los que la contratación femenina es menor. 

Es cierto que a las empresas tecnológicas les resulta difícil encontrar mujeres con las adecuadas cualificaciones, el mismo informe, también apunta a un mal aprovechamiento del talento femenino disponible. Así, por ejemplo, las mujeres representan un 18% de los empleos en puestos de Especialista en Inteligencia Artificial, pero un 24% del talento disponible en el mercado. Hay menos mujeres que optan por este tipo de profesión, pero las que lo hacen encuentran, proporcionalmente, más dificultades para trabajar que sus compañeros varones.Sin las estrategias adecuadas para cerrar esta brecha en los sectores estratégicos de la nueva economía, se correrá el riesgo de que la naturaleza y la calidad del empleo femenino sufran un importante retroceso y se revierta todo lo ganado respecto a la brecha de género.

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Reglamentos para la igualdad

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Dos Reales Decretos publican los Reglamentos de Igualdad Retributiva y de Planes de Igualdad.
La brecha salarial en España ronda el 22% pero en muchos casos no se conocen estas desigualdades.
Estos reglamentos facilitarán luchar por una igualdad real en nuestra empresas. 

El Reglamento para la igualdad retributiva obliga a las empresas con más de 50 personas empleadas a tener un registro retributivo. 

Los ministerios de Trabajo e Igualdad desarrollarán, por orden ministerial, herramientas para el registro retributivo y valoración de los puestos de trabajo y una guía técnica para las auditorías retributivas.

Los registros salariales permitirán visualizar la desigualdad y deben estar publicados en los próximos 6 meses.  Estos, junto con sanciones de hasta 187.000 €, pueden servir para reducir la brecha salarial en nuestras empresas. 

El registro debe incluir información retributiva desagregada por sexos de toda la plantilla (incluido directivos) desglosada y promediada por clasificación profesional y por trabajos de igual valor, e incluyendo salario base, complementos salariales y percepciones extrasalariales.

Establecen que las comisiones negociadoras de los convenios colectivos deben asegurarse de que se respetan los criterios para una adecuada valoración de los puestos de trabajo.

Según el Reglamento de Planes de Igualdad las empresas deberán contar con planes de igualdad efectivos y específicos que pongan el énfasis en el diagnóstico con los efectos reales y sin reproducir estereotipos de género. Su vigencia tendrá un máximo de cuatro años y seguirán activos aunque la empresa reduzca su plantilla por debajo de 50 personas. 

Deben considerar la clasificación y promoción profesional, la formación, las condiciones de trabajo, los salariosl, el ejercicio de los derechos de conciliación, la representación femenina y la prevención del acoso sexual y por razón de sexo.

Se refuerza el carácter negociado de los planes de igualdad y se clarifica el procedimiento de negociación y registro público.

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Deja Endesa

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1. Por ser
la empresa más contaminante de España 
2. Por ser una de las empresas más contaminantes de Europa
3. Por sus centrales nucleares
4. Por su corrupción y puertas giratorias.
5. Por engañar a sus clientes.
6. Por su
trato a los trabajadores.

Edesa, filial de la pública italiana ENEL, con 16,4 millones de toneladas de CO2, repitió en 2019 como la empresa más contaminante de España. También varias de sus plantas siguen entre las más contaminantes de la UE.

No obstante Endesa fue la empresa que más redujo sus emisiones de CO2 en 2019 (un 46%) posiblemente por su decisión de abandonar el carbón por el coste de CO2.

A esto hay que sumar la corrupción y el “amiguismo” entre las grandes eléctricas y los gobiernos de España incluidas sus puertas giratorias y el engaño a sus clientes.Cambiando tu compañía eléctrica estarás contribuyendo a una menor contaminación. Aquí puedes encontrar empresas y cooperativas que ofrecen electricidad 100% renovable, garantizada.

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El Sindicato del Metal de Madrid

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Entes como sindicato, federaciones, Confederaciones, secretarias, SP, áreas, plenos, plenarias, comités, conferencias, congresos, estatutos, etc. muchas veces son desconocidos incluso para los afiliados por eso iremos explicando algunos de estos conceptos en cada número empezando por la organización de nuestro Sindicato.

El Sindicato es la organización básica de CGT. En él se organizan las personas afiliadas de su ámbito de acuerdo a sus Estatutos. El gráfico muestra la actual organización del Sindicato del Metal de Madrid de CGT.El órgano soberano es la Asamblea de Afiliados. El Pleno está formado por representantes de las Secciones Sindicales (que agrupan a los afiliad@s de una empresa o centro de trabajo) y es donde se toman las decisiones operativas. Estas se desarrollan principalmente por el Secretariado Permanente (compuesto por varias Secretarías) y las áreas y grupos de trabajo para apoyar en ciertas tareas.  La actividad en el Sindicato en su mayoría es militante aunque contamos con personas aportando su labor a través de contratos laborales y mercantiles.

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El derecho a la huelga

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La huelga es un derecho básico de los trabajadores que se ejerce de forma colectiva para presionar para resolver un conflicto.
Implica la suspensión del trabajo y el salario y está sujeta a un procedimiento y limitaciones en su desarrollo que es necesario conocer.

Es un derecho de los trabajadores (Art 28 CE) que causa la suspensión colectiva del contrato (trabajo, salario y cotización) con carácter temporal, decidida por trabajadores organizados, con motivo de un conflicto y con el fin de presionar para la defensa y promoción de un objetivo laboral o socioeconómico. Está regulado por el RDL 17/1977.

La STC 11/1981 ha matizado que la titularidad del derecho de huelga es individual, sin embargo su ejercicio es colectivo. 

La titularidad colectiva la tienen los sindicatos, representantes unitarios, representantes sindicales y los propios trabajadores (reunidos en asamblea) que pueden convocar, elegir su modalidad, desarrollarla y desconvocarla.

La titularidad individual la posee el trabajador que puede adherirse o no a la huelga, participar en su desarrollo o abandonarla.

La retribución a descontar por huelga comprende tanto el salario de la jornada, como la parte proporcional de gratificaciones extraordinarias, participación en beneficios y de retribución del descanso semanal. En cambio la doctrina del TS señala que la reducción salarial no alcanza ni a los días festivos – salvo que se estén dentro del período de huelga- ni a las vacaciones La huelga debe mantener los servicios esenciales de la comunidad. La Ley así mismo regula los piquetes informativos y prohíbe el esquirolaje y la jurisprudencia ha identificado posibles delitos que se pueden cometer en la misma por lo que es algo que debe siempre tenerse en cuenta para evitar efectos indeseables de la misma.

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