Derecho Laboral
Despido disciplinario de trabajadora por hablar horas por teléfono con una compañera
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha confirmado el despido disciplinario de una trabajadora que pasó horas hablando desde el teléfono de la oficina con una compañera que también fue despedida.
Ambos despidos fueron declarados procedentes por el Juzgado de lo Social número 1 de Cáceres, pero sólo una de las demandantes decidió recurrir la resolución que ahora ha sido confirmada.
La sentencia, de 30 de noviembre de 2020, recoge como hechos probados que la empresa para la que trabajaban abrió una investigación en septiembre de 2019 y comprobó que en 20 días laborables hablaron entre sí, por el teléfono fijo de la empresa, durante 11 horas y 47 minutos, cruzando diariamente entre siete y ocho llamadas.
En los 21 días laborables del mes de octubre de 2019 hablaron 14 horas y 45 minutos, hablaron 56 minutos el 31 de octubre, 69 minutos el 29 de octubre y 62 minutos el 28 de octubre.
España firma el Protocolo Adicional a la Carta Social Europea por el que se establece un sistema de reclamaciones colectivas
spaña firmó ayer, 4 de febrero, en la sede del Consejo de Europa en Estrasburgo el Protocolo Adicional a la Carta Social Europea por el que se establece un sistema de reclamaciones colectivas
Con la firma de este Protocolo Adicional, que abre el camino a su ratificación, nuestro país podrá terminar de adoptar todo el sistema de la Carta Social Europea.
Dicho sistema lo componen la Carta Social Europea ratificada por España; tres Protocolos Adicionales, de los que los dos primeros ya están también ratificados y la Carta Social Europea Revisada actualmente en proceso de ratificación.
¿Es retribuido el permiso para acompañar a los hijos al médico?
El TS declara que acompañar a hijos y familiares a los servicios sanitarios no puede encuadrarse en el cumplimiento de un deber público personal e inexcusable. Aunque se trata de una prestación personalísima, no tiene carácter público por lo que el permiso no es retribuido.
Tanto el convenio la normativa interna como el colectivo aplicable a una la entidad bancaria establecen que el permiso para el acompañar a los servicios sanitarios a hijos menores de 14 años o a familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad que no puedan valerse por sí mismos es no es retribuido por lo que se pueden establecer mecanismos de compensación horaria.
¿Cómo se justifican las ausencias por enfermedad inferiores a 3 días?
La AN declara que, no estando prevista legal o convencionalmente la forma de acreditación de los 3 primeros días de ausencia al trabajo por enfermedad distintos a IT, la empresa no puede imponer unilateralmente su acreditación mediante el parte de asistencia a consulta médica en el que se haga constar la recomendación de reposo durante los días de ausencia.
Mediante sentencia de la AN de 2018, se declara la aplicación a los trabajadores del Grupo Renfe de los preceptos contenidos en la LPGE de 2013, que recogen el derecho de los trabajadores de las entidades públicas a disponer y disfrutar de cuatro días anuales de ausencia por enfermedad, distintos a los de IT, pudiendo ser tres consecutivos, sin generar descuento en su nómina.
Permisos: El Supremo descarta que acompañar al médico a un familiar sea un deber inexcusable
Permiso para acompañar al médico a un familiar: el Tribunal Supremo descarta que sea un deber inexcusable de carácter público y personal. Por tanto, el lícito que el convenio lo considere como un permiso no retribuido.
Así lo dispone en su sentencia de 9 de diciembre de 2020, en la que declara lícita la cláusula de un convenio colectivo que contempla este permiso como no retribuido.
Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/permisos-el-supremo-descarta-que-acompanar-al-medico-a-un-familiar-sea-un-deber-inexcusable/
Contrato temporal en fraude de ley: su extinción constituye un despido nulo en caso de embarazo
Un TSJ ha declarado que constituye un despido nulo la extinción de un contrato temporal celebrado en fraude de ley al estar la trabajadora embarazada.
Resulta del todo punto irrelevante que la empresa fuera conocedora o no del embarazo y estuviera o no el motivo del despido relacionado con la situación de embarazo de la trabajadora (sent. del TSJ Canarias de 11 de septiembre de 2020).
Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/contrato-temporal-en-fraude-de-ley-su-extincion-constituye-un-despido-nulo-en-caso-de-embarazo/
Prórroga de los ERTES hasta el 31 de mayo de 2021: principales novedades
El pasado 27 de enero fue publicado en el BOE el Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, de medidas sociales en defensa del empleo, por el que, entre otras, se regula la prórroga de los ERTES de fuerza mayor, en sus diferentes tipologías, hasta el 31 de mayo de 2021, y se establece la posibilidad de adoptar nuevos ERTES de fuerza mayor, impedimentos o limitaciones, entre el 1 de febrero y el 31 de mayo de 2021.
Los aspectos más relevantes de la norma (en lo que se refiere a los ERTES) son los siguientes:
Se prorrogan hasta 31 de mayo de 2021 los ERTES de fuerza mayor derivada de la COVID-19 vigentes, basados en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, prórroga que se hará de una manera automática, esto es, sin necesidad de presentar ningún escrito o comunicación a la Autoridad Laboral.
Asimismo, se prorrogan, hasta 31 de mayo de 2021, los ERTES por impedimentos o limitaciones de la actividad, que se hubieran adoptado a partir de 1 de octubre de 2020, prórroga que también se hará de una manera automática.
Llevo un año de baja ¿Qué puede pasar?
Dudas más frecuentes sobre la situación legal en que se encuentran los trabajadores que llevan más de un año de baja médica.
Decimos que el trabajador está en “situación de baja médica” cuando por una enfermedad (común o profesional) o un accidente (ya sea laboral o no) no puede acudir a su puesto de trabajo mientras recupera la salud. Mientras tanto, recibe una prestación para suplir el salario que se deja de recibir.
El nombre técnico de esta situación es Incapacidad Temporal (IT). “Incapacidad”, por la imposibilidad de realizar el trabajo y “Temporal”, porque se supone que es una situación provisional. Si el trabajador se encontrase incapacitado para trabajar para siempre, se le debería de haber reconocido una Incapacidad Permanente (IP).
Continúa en: http://loentiendo.com/baja-medica-mas-de-un-ano/
Aprobada la revalorización de las pensiones en 2021
El Consejo de Ministros ha aprobado la revalorización del 0,9% de las pensiones contributivas y de las Clases Pasivas y del 1,8% de las no contributivas, tal y como establece la Ley de los Presupuestos Generales del Estado para 2021.
Esta revalorización está destinada a mantener el poder adquisitivo de los pensionistas y a la mejora en términos reales de la población con menores recursos. La medida tiene impacto sobre 11,12 millones de pensiones y prestaciones. En concreto, beneficia a 9,8 millones de pensiones contributivas, 665.000 pensiones de Clases Pasivas, 446.000 pensiones no contributivas y 200.000 prestaciones por hijo a cargo. El coste anual de la medida es de 1.464 millones de euros.
Continúa en: http://elderecho.com/aprobada-la-revalorizacion-de-las-pensiones-en-2021