COVID-19
Díaz anuncia que los ERTE seguirán después del 31 de mayo con una fórmula «similar» a la actual
Díaz anuncia que los ERTE seguirán después del 31 de mayo con una fórmula «similar» a la actual
La vicepresidenta tercera y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha anunciado este jueves que los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) continuarán a partir del 31 de mayo «en una fórmula similar a la actual». Así lo ha señalado la titular de Trabajo en la clausura de los VII Premios Cepyme, donde ha apuntado que «en breve» se abrirá la negociación en el seno de la comisión tripartita. «Los asalariados de pymes han sido los principales beneficiarios de l …
Una nueva ley con medidas Covid19 vuelve a insistir en la necesidad de potenciar el teletrabajo
Hoy se ha publicado en el BOE la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID19. Vuelve a insistir en la necesidad de potenciar el teletrabajo en las empresas.
La Ley entrará en vigor mañana, 31 de marzo de 2021 (sin perjuicio de lo establecido en el art. 2 respecto al ámbito de aplicación).
Puesto que en principio el estado de alarma culmina el próximo 9 de mayo de 2021, el objetivo de esta ley es seguir regulando una serie de medidas en torno a la Covid-19 (entre ellas, medidas en centros de trabajo).
Una vez finalizada la prórroga del estado de alarma, las medidas contenidas en los capítulos II, III, IV, V, VI y VII y en la disposición adicional quinta de esta Ley se aplicarán en todo el territorio nacional hasta que el Gobierno declare la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
El TSJ de Navarra anula la inclusión de un trabajador en vacaciones en un ERTE por fuerza mayor por la Covid-19
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado una sentencia que declaró contraria a derecho la inclusión de un trabajador que ya había solicitado las vacaciones en un ERTE por causas de fuerza mayor durante la pandemia derivada de la Covid-19.
La Sala de lo Social del TSJN, que confirma una sentencia del Juzgado de lo Social nº 3 de Pamplona, considera que la decisión empresarial de suspender el contrato no guarda relación alguna con la fuerza mayor, sino con el cierre por vacaciones de la empresa cliente.
El trabajador prestaba servicios en la empresa Integración de Servicios Navarros (ISN), dedicada a la actividad de limpieza en la empresa cliente Volkswagen Navarra durante los fines de semana.
Como consecuencia del cese de actividad de la empresa cliente, la empresa demandada solicitó con fecha 23 de marzo de 2020 un ERTE de suspensión de contratos por fuerza mayor (Covid-19), en el periodo comprendido entre el 16 de marzo y el 31 de diciembre de 2020.
¿Cuántos trabajadores hay todavía en ERTE?
¿Cuántos trabajadores hay todavía incluidos en ERTE? Según las cifras presentadas hoy, 2 de marzo, por el Ministerio de Trabajo, a 27 de febrero de 2021 había 899.383 personas protegidas por ERTE, según los datos provisionales recogidos en la Seguridad Social.
Estas cifras se mantienen más o menos estables desde el mes de septiembre, lo que indica que la segunda y tercera ola de la pandemia han tenido un efecto mucho menor que la primera en este sentido.
Respecto al cierre de enero, se ha producido un descenso de 28.903 personas si tenemos en cuenta la serie revisada en función de las personas en alta afectadas.
Según la fecha de notificación (ver nota al final de este documento), se ha producido un incremento de 160.414 personas.
De media en febrero ha habido 909.661 personas en ERTE, de los que 652.010 eran de los RDL 30/2020, 35/2020 y su prórroga en el RDL 2/2021, por tanto, con exoneraciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.
Respecto al momento más agudo de la crisis, en abril de 2020, se ha producido un descenso de 2,7 millones de personas, según fecha de alta, y de 2,5 millones, según fecha de notificación. En ambos casos, suponen un descenso del 75% respecto al momento más agudo de la pandemia de la COVID-19.
Continúa en: http://sincrogo.com/blog/actualidad-laboral/cuantos-trabajadores-hay-todavia-en-erte/
AN. La empresa no está obligada a facilitar a la RLT, con el fin de que envíe comunicados sindicales, los correos creados por los empleados para el teletrabajo a causa de la COVID-19
Tutela de los derechos de liberad sindical y demás derechos fundamentales. Sector de Contact Center. Pretensión de que se declare nula la práctica empresarial de no facilitar al sindicato demandante los correos electrónicos creados por los trabajadores por indicación de la empleadora para el teletrabajo, acordado de manera excepcional debido a la COVID-19, con el fin de enviar comunicados sindicales, y se reconozca el derecho de los representantes de los trabajadores a repartir comunicados e información sindical por medio de dichos correos electrónicos.
En el caso analizado, con motivo de la pandemia, los trabajadores han colaborado con la compañía creando una cuenta en Gmail en la que pueden acceder a chats y conectar con los compañeros, realizar formación virtual, así como recibir el acuerdo de teletrabajo. En este contexto, la empresa no tiene obligación de facilitar a la CGT la cuenta de correo electrónico de todos y cada uno de los empleados de la empresa creados en una situación excepcional y con carácter de temporalidad para el teletrabajo, ya que no se trata de correos corporativos y, por tanto, atentaría al derecho a la protección de datos de carácter personal.
Más de un 20% de los ERTE acabarán siendo ERE, según el Consejo General de Graduados Sociales de España
El presidente del Consejo General de Graduados Sociales de España, Ricardo Gabaldón, cree que más de un 20% de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) acabarán siendo expedientes de regulación de empleo (ERE), según ha señalado en una entrevista a Europa Press.
No obstante, Gabaldón espera que muchas de las empresas que están en ERTE puedan volver pronto a su actividad con el volumen de negocio que tenían en años anteriores, aunque considera que «el camino va a ser muy largo».
«Otras empresas, por desgracia, no van a conseguirlo y acabarán realizando un ERE, cerrando o solicitando un concurso», ha pronosticado, tras afirmar que es «muy difícil» cuantificar cuántas empresas acabarán en esta situación «cuando hoy todavía no se puede señalar una fecha fin para la crisis sanitaria».
Desde su punto de vista, será necesario prorrogar los ERTE más allá del 31 de mayo aunque no haya estado de alarma. Por ello, ha instado a que se trabaje ya en este sentido con tiempo, para que no se alcance un acuerdo «precipitado».
Preguntado sobre el último acuerdo alcanzado entre el Gobierno y los agentes sociales para prorrogar esta herramienta, el representante del Consejo General de Graduados Sociales ha apuntado que se alcanzaron «pequeñas, pero importantes mejoras», pero ha afirmado que echa en falta «más propuestas» respecto a la simplificación de trámite.
Gabaldón también ha echado de menos que no se haya contado con los graduados sociales, que asesoran mayoritariamente a las pymes y autónomos y son «el termómetro para saber qué carencias tienen».
Un Juzgado de Mataró ordena readmitir a un trabajador despedido mientras se encontraba de baja por COVID-19
El Juzgado de lo Social número 1 de Mataró (Barcelona) ha acordado la nulidad del despido de un trabajador que se encontraba de baja tras dar positivo por COVID-19 y ha ordenado a la empresa que le readmita en su puesto.
En la sentencia, la magistrada sostiene que, a su juicio, “no se ha despedido al trabajador por el mero hecho de encontrarse en situación de incapacidad temporal (IT), ni por la mayor o menor duración del periodo de cuarentena: el verdadero motivo del despido es el hecho de que el actor, que prestaba servicios como peón especialista, era sospechoso de portar una enfermedad infecciosa y altamente contagiosa”.
Covid-19: ¿Seguro que se ha declarado procedente un despido por no desinfectarse las manos?
¿Seguro que se ha declarado procedente un despido disciplinario por no desinfectarse las manos? Analizamos la sentencia del JS (Sección 4) de Gijón de 4 de noviembre de 2020.
Y ya avanzamos que una cosa son los titulares de prensa y otra muy distinta la realidad de los hechos que sustentan el despido.
En este caso, el juez declara la procedencia del despido disciplinario por la comisión de diversas infracciones de carácter muy grave conforme el art. 54.2.b) del Estatuto de los Trabajadores, en relación con los artículos 48.4, 48.3 y 49.3 del Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Mensajería.
Continúa en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/despido-por-no-desinfectarse-las-manos-covid/
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