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Si la empresa no deniega expresamente las vacaciones, cabe entender que existe autorización tácita: despido improcedente
Los tribunales han dejado claro que no cabe por parte de los trabajadores «autoconcederse» vacaciones y que, en caso de hacerlo, cabe el despido. Ahora bien, si no existe una denegación expresa y clara por parte de la empresa, cabe entender que ha existido una autorización tácita.
Así lo ha entendido esta reciente sentencia del TSJ que declara la improcedencia del despido de un trabajador al que la empresa despidió justo al volver de sus vacaciones alegando que no había autorizado el disfrute de los días de vacaciones (sent. del TSJ de Castilla-La Mancha de 14 de julio de 2022).
Continúa y conoce el caso enjuiciado en: https://sincrogo.com/blog/tribunales/si-la-empresa-no-deniega-expresamente-las-vacaciones-cabe-entender-que-existe-autorizacion-tacita-despido-improcedente/
Ratificada la procedencia del despido de un trabajador que envío por Whatsapp sus contraseñas a otro compañero para cubrir el objetivo de ventas
El TSJ de Castilla-La Mancha ha ratificado la declaración de procedencia del despido de una trabajadora que envío sus contraseñas de acceso (puesto de ventas) por Whatsapp a otro compañero (sent. del TSJ de Castilla -La Mancha de 30 de junio de 2022).
Continúa y conoce el caso enjuiciado en: https://sincrogo.com/blog/tribunales/despido-procedente-whatsapp-ceder-contrasenas/
CGT recibe en Madrid a las sindicalistas condenadas en el caso de ‘La Suiza’ de Gijón
El encuentro se realizó en la sede confederal de la CGT a pocos días de la movilización que prepara la CNT en Madrid, frente al Ministerio de Justicia, contra los abusos de la patronal y la persecución policial y judicial al sindicalismo combativo y de clase
La Confederación General del Trabajo (CGT) ha mantenido este martes 20 de septiembre, un encuentro con las compañeras sindicalistas condenadas en el caso de la pastelería ‘La Suiza’, en Gijón (Asturias). De este modo, CGT ha querido apoyar la lucha de estas compañeras y también mostrar su preocupación ante el aumento de los montajes policiales y procesos judiciales hacia la clase trabajadora, el sindicalismo combativo y el movimiento libertario en los últimos años.
“Hacer sindicalismo no es delito”, es la campaña de concienciación a favor de la lucha obrera que ha iniciado la CNT tras conocerse que seis trabajadoras podrían ir a la cárcel por ejercer el derecho fundamental a la libertad sindical. Los hechos se remontan al año 2017, cuando una trabajadora de la pastelería ‘La Suiza’ denunció las lamentables condiciones laborales que tenía en la empresa de José Álvarez Rodríguez. El empresario consintió que esta mujer estuviese durante dos años haciendo horas extras no remuneradas y sin disfrutar de sus vacaciones. Además, realizaba comentarios sobre su ropa interior y le llegó a remitir imágenes de contenido sexual. Cuando la trabajadora decidió poner fin a esta situación empezó el acoso laboral, y el lugar al que acudía cada día a ganarse la vida se transformó en un espacio insoportable. Sin embargo, lo peor llegó después, cuando la empleada en cuestión comunicó a la empresa su embarazo. La carga de trabajo para ella aumentó y hasta en dos ocasiones temió por la vida de su bebé.
La CNT siempre respaldó a esta compañera y lo hizo de cara y frente al local físico de la pastelería. En sus acciones de protesta pacífica, los y las anarcosindicalistas exigían el pago de lo que el dueño de la empresa debía a la compañera acosada, pero también pretendían evidenciar el trato indigno que estaba sufriendo esta persona, primero por ser trabajadora y luego por ser mujer. La CNT, como haría cualquier organización de clase, combativa y feminista, actuó bajo el principio de que ninguna agresión puede quedar sin respuesta.
La familia dueña de ‘La Suiza’ es poderosa y tiene múltiples contactos en los entornos del poder: policías, jueces, políticos. No dudó en tocar todos los que pudo e iniciar una campaña de desprestigio hacia la trabajadora, hacia la CNT y hacia el sindicalismo que entiende la acción directa, el apoyo mutuo y la solidaridad entre trabajadores y trabajadoras como mejor arma. La justicia ya se ha pronunciado y gracias al “trabajo” policial, al servicio de la clase política y empresarial, cada compañera ha sido condenada a 3 años de prisión y a pagar un total de más de 150.000 euros a la familia de la pastelería.
Sin duda, este caso es uno de los más graves que han tenido lugar en los últimos años, porque conjuga elementos que ya conocemos demasiado bien: los montajes policiales y la connivencia de los poderes del Estado con el poder económico. Pero lo más terrible son las elevadas penas y las desproporcionadas multas que se han impuesto a estas compañeras por concentraciones pacíficas, y legalizadas, ante unos hechos totalmente injustos por parte de esta empresa.
Este ataque es una agresión a toda la clase trabajadora, y es por eso que desde CGT –que conoce bien lo que es tener a muchas compañeras procesadas y represaliadas por hacer sindicalismo- se ha solidarizado con ellas y ellos, y realiza un llamamiento a toda la sociedad para que se participe masivamente en la manifestación que se prepara en Madrid para este sábado 24 de septiembre, en la calle San Bernardo, 19 de Madrid, frente al Ministerio de Justicia.
Por último, desde CGT han querido manifestar que la única salida que le queda a la clase obrera es la barricada conjunta en unos momentos donde los gobernantes y sus leyes han dado la espalda a la mayoría social para favorecer al capital.
Enlace web: https://cgt.org.es/cgt-recibe-en-madrid-a-las-sindicalistas-condenadas-en-el-caso-de-la-suiza-de-gijon/
Gabinete de prensa del Comité Confederal de la CGT
Confederación General del Trabajo – CGT
El Parlamento Europeo aprueba la directiva sobre salario mínimo europeo
El Parlamento Europeo ha aprobado una nueva ley sobre salarios mínimos adecuados en la Unión Europea. No obstante, la futura Directiva respetará las prácticas nacionales de fijación de salarios y permite a cada miembro evaluar si el salario mínimo en su país garantiza un nivel de vida «digno».
El pasado 6 de junio 2020 la Comisión Europea daba los primeros pasos para fijar una remuneración mínima en los países de la UE equivalente al 60% de su sueldo medio nacional. Los objetivos de la medida eran claros: potenciar la convergencia económica entre la Unión y combatir la pobreza.
La medida —cuya prioridad es crear un salario mínimo a nivel europeo para impedir que existan personas trabajadoras en situación de pobreza—, ha sido respaldada el pasado miércoles con 505 votos a favor, 92 en contra y 44 abstenciones, y se aplicará a los trabajadores de la UE que tengan un contrato de trabajo o una relación laboral. No obstante, aquellos países de la UE en los que el salario mínimo ya está protegido exclusivamente a través de convenios colectivos no estarán obligados a introducir estas normas ni a aplicar dichos convenios de manera universal.
El texto debe ser aprobado formalmente por el Consejo de la UE y publicado en el Diario Oficial de la UE. A partir de entonces, los Estados miembros dispondrán de dos años para dar cumplimiento a la Directiva.
Continúa en: https://www.iberley.es/noticias/parlamento-europeo-aprueba-directiva-sobre-salario-minimo-europeo-30328
Para reclamar igualdad retributiva hay que poder acreditar que realmente existe un trabajo de igual o semejante valor en atención a la formación, responsabilidad y funciones encomendadas
Para poder alegar vulneración del principio de igualdad retributiva es preciso que, por quien lo pretenda ( igualdad retributiva ) se justifique un trabajo de igual o semejante valor en atención a las funciones efectivamente encomendadas y formación exigida.
Y como esto no se cumple en el caso concreto enjuiciado, se desestima el recurso de suplicación interpuesto la trabajadora (sent. del TSJ de Galicia de 28 de junio de 2022, con remisión a la sent. del TS de 14 de febrero de 2013).
Continúa y conoce el caso enjuiciado en: https://sincrogo.com/blog/tribunales/para-reclamar-igualdad-retributiva-hay-que-poder-acreditar-que-realmente-existe-un-trabajo-de-igual-o-semejante-valor-en-atencion-a-la-formacion-responsabilidad-y-funciones-encomendadas/