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Creación del fondo de compensación para las víctimas del amianto
Se ha probado científicamente que existe una relación directa ente el consumo de amianto y el mesotelioma
En España se estima que, hasta 2023, se seguirá con un número ascendente de casos, lo que evidencia la necesidad de poner en marcha en un fondo de compensación sin culpa.
Corresponde al Fondo de Compensación para las Víctimas del Amianto la reparación íntegra de los daños y perjuicios sobre la salud resultantes de una exposición al amianto padecidos por toda persona en su ámbito laboral, doméstico o ambiental en España, así como a sus causahabientes
Uno de los problemas que se plantean es que muchas empresas donde se produjo la exposición ya han desaparecido cuando la enfermedad se manifiesta, dado que podemos estar hablando de exposiciones que se produjeron de 20 a 50 años antes.
Continúa en: https://elderecho.com/creacion-del-fondo-de-compensacion-para-las-victimas-del-amianto
El TS descarta la nulidad de los despidos al amparo del art. 2 RDLey 9/2020 (el famoso «prohibido despedir)
Habemus una de las sentencias más esperadas. Lo dijeron en SincroGo desde el principio: que aunque desembocaría en el Tribunal Supremo, nuestra opinión era que no cabía la nulidad de los despidos y que éstos debían ser declarados improcedentes, pero no nulos.
Como se argumentaba en SincroGO desde el principio, al no establecer expresamente la norma la nulidad de estos despidos y al existir jurisprudencia del propio TS declarando la improcedencia (no nulidad) de los despidos sin causa, entendían en SincroGO que los despidos (si no había causa o no estaba suficientemente acreditada) debían declararse improcedentes, pero no nulos.
Ratificada la procedencia del despido de un trabajador por amenazar telefónicamente a un compañero con «reventarle la cabeza»
El TSJ de Madrid ha ratificado la declaración de procedencia del despido disciplinario de un trabajador por amenazar telefónicamente a un compañero con expresiones como : «Qué quieres? ¿Que te reviente la puta cabeza o qué?
Considera el TSJ que han quedado acreditados los hechos (conversación telefónica) y que revisten la suficiente gravedad como para justificar el despido (Sent. del TSJ de Madrid de 23 de septiembre de 2022).
Continúa y conoce el caso concreto enjuiciado en: https://sincrogo.com/blog/tribunales/ratificada-la-procedencia-del-despido-de-un-trabajador-por-amenazar-telefonicamente-a-un-companero-con-reventarle-la-cabeza/
Comunicado CGT: Y ahora, a seguir luchando
Ayer, las calles de Madrid se llenaron de dignidad. Miles de personas llegadas desde todo el Estado español llenaron la capital para manifestarse por sus calles en defensa de unas pensiones y unos salarios dignos, exigiendo su subida con el IPC real.
La jornada de lucha de ayer marca -sin duda alguna- el inicio de un otoño de luchas y reivindicaciones. Dejando claro que la unidad de la clase trabajadora y la unidad de las organizaciones de clase y combativas es el camino para que movilizaciones como la de ayer, se repitan en más ocasiones y así poder establecer un camino de lucha para exigir mejoras en las condiciones laborales y sociales de todas las personas.
Desde CGT, la respuesta que dimos a la movilización de ayer fue masiva. Miles de militantes se desplazaron hasta Madrid para participar en la manifestación, y el bloque de CGT aglutinó a varios miles de personas, algo que no se veía en una manifestación desde la histórica movilización de las marchas de la dignidad en marzo de 2014.
Entendemos que este tiene que ser el camino, el de que desde la militancia y desde todo el conjunto de nuestra organización se hagan los esfuerzos necesarios para que movilizaciones como la de ayer se repitan y sean un éxito. Nos queda por delante un otoño-invierno muy conflictivo y movilizador; empezando por las movilizaciones descentralizadas que se realizarán junto con el movimiento pensionista dentro de un mes. La CGT, tanto en estas como en todas aquellas que decidamos convocar o apoyar, tiene que demostrar el nivel de compromiso y de lucha que llevamos en nuestro ADN, así como la capacidad de movilización que como sindicato combativo y de clase tenemos.
Gracias a todas y cada una de las personas que ayer se manifestaron por las calles de Madrid, gracias a todas las organizaciones que, junto a la CGT, lograron una movilización historia en la lucha por unas pensiones y unos salarios dignos, y sobre todo, gracias a toda la militancia de CGT que ayer puso su granito de arena para que esta movilización sirva de impulso para coger fuerza y afrontar lo que nos viene por delante.
¡VIVA LA LUCHA DE LA CLASE OBRERA!
Secretariado Permanente de Comité Confederal

Si ya existe una petición previa de concreción horaria, el trabajador tiene que justificar un cambio en sus circunstancias familiares para otra adaptación
Interesante sentencia del TSJ de Canarias sobre conciliación de la vida Laboral y familiar por cuidado de una hija de cinco años al amparo del art. 34.8 ET). Se estima recurso de la empresa al entender que la trabajadora no ha justificado un «cambio de circunstancias familiares» justificativas de la demanda, desde su petición de concreción horaria en 2019.
El TSJ estima el recurso de la empresa, revocando la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Nº 10 de Las Palmas de Gran Canaria (sent. del TSJ de Canarias de 12 de septiembre de 2022; cuenta con un voto particular discrepante).
Continúa y conoce el caso concreto enjuiciado en: https://sincrogo.com/blog/tribunales/si-ya-existe-una-peticion-previa-de-concrecion-horaria-el-trabajador-tiene-que-justificar-un-cambio-en-sus-circunstancias-familiares-para-otra-adaptacion/