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El Supremo vuelve a dejarlo claro: hay que abonar indemnización al extinguir un contrato de relevo (y es la de 12 días por año)

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Contrato de relevo. El Tribunal Supremo ha vuelto a dejarlo claro en una reciente sentencia dictada en unificación de doctrina (Tribunal Supremo de 25 de septiembre de 2019, en unificación de doctrina).

Esta sentencia se une a otra dictada también por el Tribunal Supremo (7 de mayo de 2019) en la misma línea.

Al extinguir un contrato de relevo, la empresa está obligada a abonar una indemnización al trabajador. Esa indemnización es la correspondiente a la de 12 días de salario por año trabajado (no la de 20 correspondiente a los despidos objetivos).

Mas información: http://sincro.com.es/blog/tribunales/el-supremo-vuelve-a-dejarlo-claro-hay-que-abonar-indemnizacion-al-extinguir-un-contrato-de-relevo-y-es-la-de-12-dias-por-ano/

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Avalado el despido objetivo por absentismo de un representante de los trabajadores utilizando como prueba el sistema de fichaje (los días de baja por IT no cabe disfrutar el crédito horario sindical)

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Con la obligatoriedad de registrar diariamente la jornada de todos los empleados, las sentencias en torno a los sistemas de fichaje cobran una mayor dimensión.

En esta ocasión, el JS de Burgos (Sentencia JS Burgos de 5 de agosto de 2019) ha declarado procedente el despido objetivo por absentismo de un representante de los trabajadores al superar el número de faltas que permiten recurrir el despido.

Mas información: http://sincro.com.es/blog/tribunales/avalado-el-despido-objetivo-por-absentismo-de-un-representante-de-los-trabajadores-utilizando-como-prueba-el-sistema-de-fichaje-los-dias-de-baja-por-it-no-cabe-disfrutar-el-credito-horario-sindical/

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Ratificada la nulidad del despido de una trabajadora de baja por IT al ser la baja de larga duración (equivalente a «discapacidad» según la doctrina del TJUE)

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Interesante sentencia en la que se ratifica la declaración de nulidad del despido de una trabajadora de baja por IT al ser la incapacidad de larga duración (sent. del TSJ del País Vasco de 16 de julio de 2019).

Entiende el TSJ que se cumplen los indicios fijados por el TJUE para declarar la nulidad (incapacidad temporal equivalente a discapacidad):  doctrina «Daouidi»( Sentencia del TJUE 1 de diciembre 2016).

Continúa la noticia en http://sincro.com.es/blog/tribunales/ratificada-la-nulidad-del-despido-de-una-trabajadora-de-baja-por-it-al-ser-la-baja-de-larga-duracion-equivalente-a-discapacidad-segun-la-doctrina-del-tjue/

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#YoVoy «Gobierne quien gobierne, las pensiones públicas se defienden» – Movilización para el 16 de Septiembre

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La Coordinadora Estatal en Defensa del Sistema Público de Pensiones ha convocado una manifestación el miércoles 16 para reivindicar pensiones dignas.

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Resolución de 3 de octubre de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2020

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Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social – Publicado el
de 11 de octubre de 2019 – Referencia: BOE-A-2019-14552

Mas información: http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-14552

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