Latest Event Updates

Guía de actuación para mujeres víctimas de violencia de género

Posted on Updated on

La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género publica en su página una Guía de actuación para mujeres que estén sufriendo violencia de género en situación de permanencia domiciliaria derivada del estado de alarma por COVID-19donde se informa de las acciones de prevención y respuesta que ¡¡¡siguen en marcha!!!, especialmente si se trata de situaciones de emergencia.

Compártelo

Adaptación y reducción de jornada «especial» por coronavirus: el CGPJ incluye estos procesos como «servicios esenciales»

Posted on Updated on

El Consejo General del Poder Judicial (CGJP) incluye entre los servicios esenciales los procesos relativos a derechos de adaptación del horario y reducción de jornada.

En un comunicado emitido por el CGPJ, se explica que la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha acordado incluir en la relación de servicios esenciales en el orden jurisdiccional social los procesos relativos a derechos de adaptación de horario y reducción de jornada.

Estos procesos «especiales» están contenidos en el artículo 6 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

Estos procesos serán resueltos por la jurisdicción social a través del procedimiento establecido en el artículo 139 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre.

En qué consisten la adaptación y reducción de jornada excepcionales por coronavirus

Tal y como explican en bog de sincro

Continúa la noticia en:
http://sincro.com.es/blog/actualidad-laboral/adaptacion-y-reduccion-de-jornada-especial-por-coronavirus-el-cgpj-incluye-estos-procesos-como-servicios-esenciales/

Compártelo

Desempleo y coronavirus: la Comunidad de Madrid habilita un formulario exprés para solicitar la prestación

Posted on Updated on

Desempleo y coronavirus. La Comunidad de Madrid ha habilitado un formulario exprés para solicitar la prestación por desempleo.

El «Formulario para la inscripción exprés de tu demanda de empleo» permite, de una manera muy fácil, solicitar la prestación.

Como explican desde la Comunidad de Madrid, como consecuencia del Covid-19 se están produciendo situaciones de despido individual, ERE (expediente de regulación de empleo) o ERTE.

Para paliar los efectos económicos del Covid-19, el gobierno ha aprobado el Real Decreto ley 8/2020 , que posibilita, para los afectados por estas circunstancias, el acceso a la prestación por desempleo.

La Comunidad de Madrid, consciente de la necesidad de agilizar los trámites que permitan a las personas afectadas acceder a esta prestación con la mayor rapidez, ha puesto en marcha esa aplicación.

El objetivo, explican desde la Comunidad de Madrid, es que toda persona que se vea incursa en alguno de esos casos pueda hacer llegar a la Dirección General del Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid y al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), con la mayor rapidez, los datos necesarios para comenzar con el proceso de inscripción como demandante de empleo y el posterior reconocimiento de dicha prestación.

Formulario

Para pedir la prestación por desempleo (paro) únicamente hay que rellenar estos campos:

  • Indica el motivo del despido. En caso de ser un ERTE, el trabajador puede informar además del nombre de la empresa.
  • Datos personales (incluyendo el número de cuenta bancaria)
  • Datos de contacto
  • Información adicional (última ocupación y, en caso de cambio de empleo, indicar en qué te gustaría trabajar)

Vía:
http://sincro.com.es/blog/actualidad-laboral/desempleo-y-coronavirus-la-comunidad-de-madrid-habilita-un-formulario-expres-para-solicitar-la-prestacion/

Compártelo

Carta a la Ministra de Trabajo sobre las empleadas hogar y ETT

Posted on Updated on

La Confederación General del Trabajo (CGT) ha vuelto a dirigirse al Gobierno del Estado español para que tenga en cuenta la situación de dos colectivos muy precarios de personas trabajadoras en cuanto al impacto de la crisis originada por el Covid-19.

Se le ha enviado la siguiente carta a la ministra de trabajo:

Compártelo

Los trabajadores afectados por ERTEs por el coronavirus cobrarán el paro a final de mes

Posted on Updated on

Los trabajadores afectados por expedientes de regulación temporal de empleo (ERTEs) por el coronavirus cobrarán el paro a finales de marzo, según establecen los plazos ordinarios.

Fuentes cercanas al Gobierno han explicado que en el momento en el que la empresa notifique el ERTE, directamente el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) dará de alta automáticamente a los trabajadores afectados en este para que cobren el paro.

Así, el trabajador no tendrá que hacer nada, porque todo se hará de forma automática mediante el SEPE. El plazo máximo para gestionar el ERTE es de cinco días y consta de un informe perceptivo de la Inspección de Trabajo, que pasa a ser potestativo y no obligatorio, y transcurridos los cinco días, se tramitará.

También resalta el carácter de retroactividad que tienen los ERTEs, ya que los expedientes que se hicieran antes de declarar el estado de alarma, si tienen como causa el coronavirus se van a reconocer.

Desde que se decretó el Estado de alarma, se han multiplicado exponencialmente los ERTEs. El Gobierno ha resaltado que los ERTEs son automáticos, raudos y modificables y que la media de los que se están tramitando son de, al menos, 15 días.

El SEPE está trabajando sin descanso y de manera extraordinaria, reconociendo la prestación por desempleo en un día, según han resaltado desde el Ejecutivo. Por el momento, se desconocen los sectores más afectados.

También, fuentes cercanas al Gobierno, han dejado claro que el presupuesto del SEPE para el abono y sufragar las prestaciones públicas es de 20.000 millones y que se irá ampliando si es necesario.

Además, el Gobierno no se olvida de las empleadas del hogar, puesto que, aunque no ha sido posible ratificar su convenio, se están estudiando medidas para poder ayudar a este colectivo. El objetivo del Ejecutivo es no dejar a nadie atrás e incluir a las trabajadoras del hogar en las medias que se toman.

Vía:
http://elderecho.com/los-trabajadores-afectados-ertes-coronavirus-cobraran-paro-final-mes

Compártelo

CGT exige a Felipe de Borbón que abdique tras conocerse el negocio redondo que ha significado para la Casa Real la representación del pueblo español

Posted on Updated on

CGT considera que la figura de un “rey” no es que no tenga sentido hoy, en pleno siglo XXI, sino que los pueblos pueden autogobernarse como ocurrió en las colectividades durante la Guerra española del 36

La Confederación General del Trabajo (CGT) ha emitido un comunicado en el que exige la abdicación del monarca español tras conocerse los negocios de su padre, Juan Carlos I y la herencia que el mismo habría dejado al actual Jefe del Estado en un paraíso fiscal.

La organización anarcosindicalista ha sido muy dura en la crítica que ha emitido en dicho comunicado oficial contra la figura del Rey Felipe VI y sus funciones como “supuesto” representante del pueblo español. En este sentido, la CGT considera que la Monarquía obsoleta española no es más que la herencia de un dictador asesino y que solo ha servido para perpetuar unas ideas blanqueadas tras una falsa transición “democrática” que no solo costó muchas vidas de personas luchadoras antifascistas, sino que también ha ayudado a hacer creer que vivimos en una modélica democracia en la que estos personajes de la aristocracia son necesarios.

La CGT ha comparado la utilidad del monarca español en unos momentos muy difíciles para la ciudadanía, como son los que se están padeciendo en estos momentos por la alerta sanitaria decretada por las autoridades tras conocerse la propagación letal del virus Covid-19. CGT ha subrayado la importancia que tiene en estos momentos la donación de cualquier excedente económico, fruto de negocios “raros”, de la Monarquía española, que vive holgadamente desde hace más de 40 años a costa del sacrificio y el sufrimiento de la clase trabajadora, la que precisamente ahora se lleva la peor parte de la crisis del “coronavirus”.

CGT recuerda en este comunicado que la historia ha dado la razón a quienes han creído firmemente en la voluntad y la capacidad de los pueblos para autogobernarse, como ocurrió durante la Guerra Civil con las colectividades en muchos lugares del Estado español. Por eso, CGT incide en que son estos momentos, donde no tenemos más remedio que estar confinados y confinadas en los hogares, donde hay que dar paso a reflexiones profundas y serias que hagan plantear a la ciudadanía la viabilidad de continuar manteniendo un sistema de gobierno como el de la monarquía parlamentaria.

CGT advierte a la Casa Real y a la aristocracia, así como a la clase política y empresarial, que esta vez la clase trabajadora no va a ser la que pague los abusos de quienes sustentan un sistema injusto con las personas más desamparadas.

CGT también ha explicado que se ha publicado un comunicado firmado por decenas de organizaciones y colectivos –entre los que se encuentra la Confederación General del Trabajo- en el que se ha pedido que los negocios de la Monarquía española sean juzgados y que se acabe la inmunidad para la Casa Real.

Vía: Gabinete de prensa del Comité Confederal de la CGT

Compártelo

¿Qué actividades hacemos en el metal que podrían permitirnos jubilarnos antes?

Posted on Updated on

Los de “coeficientes reductores”, (RD1698/2011) de ser reconocidos para algunas actividades que se desarrollan en el sector del metal podrían permitirnos acceder a la jubilación ordinaria antes de los 65 años. 

Nuestro sector tiene unos altos índices de accidentes (tabla) y el mayor un índice mayor de incidencia en las enfermedades profesionales (gráficas anterior) siendo las más importantes en número las derivadas de causa física (golpes, caídas, etc.) e inhalación (humos, polvo, etc.).

Mas información en el siguiente documento:

Compártelo

A los ERTES iniciados antes de ayer no se les aplican las medidas excepcionales del RD-Ley 8/2020

Posted on Updated on

ERTEs por coronavirus. Medida muy importante para las empresas que ya hubiera iniciado un expediente de regulación de empleo antes de ayer (18 de marzo de 2020).

En el RD-Ley 8/2020 publicado ayer (en vigor desde hoy, 18 de marzo de 2020), la Disposición Transitoria Primera establece expresamente lo siguiente:

Limitación a la aplicación a los expedientes de regulación de empleo

1. No se les aplicarán las especialidades previstas en el artículo 22 apartados 2 y 3 y artículo 23 de este real decreto-ley a los expedientes de regulación de empleo para la suspensión de los contratos de trabajo o para la reducción de jornada iniciados o comunicados antes de la entrada en vigor de este y basados en las causas previstas en el mismo.

Nota: El art. 22 y 23 del RD-Ley 8/2020 son los que regulan lo siguiente:

Artículo 22. Medidas excepcionales en relación con los procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada por causa de fuerza mayor.

Artículo 23. Artículo 23. Medidas excepcionales en relación con los procedimientos de suspensión y reducción de jornada por causa económica, técnica, organizativa y de producción

Trabajadores afectados

Sin embargo, se establece que las medidas extraordinarias en materia de cotizaciones y protección por desempleo sí se aplicarán a los trabajadores afectados por los procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada comunicados, autorizados o iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del RD-ley 8/2020, siempre que deriven directamente del COVID-19.

Pinche aquí para consultar más información sobre el RD-Ley 8/2020 publicado hoy en BOE.

Vía:
http://sincro.com.es/blog/actualidad-laboral/a-los-ertes-iniciados-antes-de-hoy-no-se-les-aplican-las-medidas-excepcionales-del-rd-ley-8-2020/

Compártelo