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Hoja del jueves Nº189, 21 de Enero de 2021 (Sección Sindical de CGT en PSA, Madrid)

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¿Cerco a la subcontratación en el 2021?

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La reciente Sentencia Número 1137/2020 de 29 de diciembre de 2020dictada en unificación de doctrina por el Pleno de la Sala Cuarta de lo Social del Tribunal Supremo, hace presagiar que la senda de cambios en la regulación de las relaciones laborales seguirá siendo incesante.

En este sentido, habrá que prestar especial atención a los cambios que estén por venir, considerando que entre ellos encontraremos los que afecten en la subcontratación de servicios.

En los últimos meses nos hemos enfrentado a una actualidad judicial que está sentando bases esenciales para la subcontratación.

Recordemos que la reciente Sentencia del Tribunal Supremo lo que ha venido es, indirectamente, a limitar el uso por parte de las empresas subcontratistas de contratos de trabajo de carácter temporal por obra y servicio, al impedir que su objeto lo constituya la duración de la relación mercantil con la empresa principal, cuando para la principal la actividad objeto de la contrata sea “una actividad ordinaria y estructural”, lo que de facto desplaza el análisis de la licitud y validez del contrato laboral temporal fuera de las partes que lo suscriben, debiendo estarse al análisis  de la sustancialidad y autonomía que la actividad pueda tener para la empresa principal.

Otro de los pronunciamientos judiciales del pasado año que de manera indirecta resultan de gran trascendencia para la subcontratación de servicios ha sido la Sentencia del Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 25 de septiembre de 2020,  en relación a los “Riders” y el carácter laboral de los mismos.

Continúa en: http://elderecho.com/cerco-a-la-subcontratacion-en-el-2021

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Declarado nulo el despido de una embarazada de baja por IT por riesgo frente al Covid

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Declarado nulo el despido de una trabajadora en situación de incapacidad temporal por riesgo frente al COVID como gestante (sent. del JS de Cartagena nº 1 de 22 de julio de 2020).

Sin embargo, se desestima la indemnización por daños y perjuicios solicitada además por la defensa de la trabajadora al entender que no ha quedado acreditado que el motivo del despido fuera el embarazo.

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/declarado-nulo-el-despido-de-una-embarazada-de-baja-por-it-por-riesgo-frente-al-covid/

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4 interpretaciones distintas de los tribunales sobre el “prohibido despedir” (art. 2 RD-Ley 9/2020)

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Del famoso hasthag “prohibido despedir” a la realidad de los tribunales con 4 interpretaciones diferentes del art. 2 del RD-Ley 9/2020:

  1. Declaración de improcedencia
  2. Declaración de improcedencia con indemnización disuasoria
  3. Declaración de nulidad
  4. Declaración de procedencia (justificada la causa) al entender un JS que el art. 2 del RD-Ley 9/2020 contraviene el art. 3.3 del TUE y el art. 16 de la CEDF.
  • Lo primero: qué dice el art. 2 del RD-Ley 9/2020

Artículo 2. Medidas extraordinarias para la protección del empleo

La fuerza mayor y las causas económicas, técnicas, organizativas y de producción en las que se amparan las medidas de suspensión de contratos y reducción de jornada previstas en los artículos 22 y 23 del RD-ley 8/2020, de 17 de marzo, no se podrán entender como justificativas de la extinción del contrato de trabajo ni del despido.

Continúa en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/4-interpretaciones-distintas-de-los-tribunales-sobre-el-prohibido-despedir-art-2-rd-ley-9-2020/

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La subida salarial de convenio cierra 2020 en el 1,89% y permite ganar más de 2 puntos de poder adquisitivo

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Los salarios de convenio subieron de media algo más de un 1,9% en 2020, su segunda mayor alza desde el ejercicio 2011 tras la registrada en 2019, cuando se incrementaron por encima del 2%, según datos extraídos de la estadística de negociación colectiva del Ministerio de Trabajo y Economía Social.

En concreto, la subida salarial media pactada en los convenios colectivos cerró el pasado año en el 1,89%, frente al 2,33% de diciembre de 2019. Aunque en esta comparativa el aumento sea menor, el hecho de que la inflación se situara en el -0,5% al finalizar el año 2020 ha permitido a los trabajadores ganar más de dos puntos de poder adquisitivo.

Así, la subida salarial del 1,89% con la que se cerró 2020 supera en casi 2,4 puntos el IPC interanual de diciembre. A lo largo de todo el año pasado, las subidas salariales pactadas en convenio se han movido en entornos superiores al 1,9%, con excepción de los dos últimos meses del año, donde bajaron hasta el 1,89%.

Este incremento salarial está por debajo de las directrices marcadas en el Acuerdo Interconfederal de Negociación Colectiva (AENC) 2018-2020, que planteaba subidas salariales del entorno del 2% más un punto porcentual ligado a conceptos como la productividad, los resultados empresariales y el absentismo laboral.

Continúa en: http://elderecho.com/la-subida-salarial-de-convenio-cierra-2020-en-el-189-y-permite-ganar-mas-de-2-puntos-de-poder-adquisitivo

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Despido y detectives: declarado procedente el despido de un trabajador de baja por IT por ingerir alcohol (incompatibilidad con el tratamiento médico)

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Son muchos los casos de despido durante bajas por IT que desembocan en los tribunales y muchas las empresas que recurren a detectives para probar posibles fraudes.

Un ejemplo es esta sentencia que declara procedente el despido de un trabajador (de baja por IT por causa psicológica) que fue pillada por un detective ingiriendo bebidas alcohólicas incompatibles con el tratamiento farmacológico.

Además, el trabajador estaba cobrando por poner discos en una discoteca (sent. del TSJ de Valencia de 6 de octubre de 2020).

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/despido-y-detectives-baja-it-alcohol/

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Ya ha entrado en vigor el RD de planes de igualdad (RD 901/2020)

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El pasado 14 de enero, entró en vigor Real Decreto que regula los planes de igualdad y modifica la normativa sobre registro de cada plan de igualdad.

El Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, fue publicado en BOE el pasado 14 de octubre, pero su entrada en vigor se ha producido hoy, 14 de enero de 2021.

El Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre regulan los planes de igualdad y su registro y modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

  • Objetivo

El RD tiene por objeto el desarrollo reglamentario de los planes de igualdad, así como su diagnóstico, incluidas las obligaciones de registro, depósito y acceso.

Continúa en: http://sincrogo.com/blog/actualidad-laboral/hoy-ha-entrado-en-vigor-el-rd-de-planes-de-igualdad-rd-901-2020/

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Las empresas piensan que los aumentos de productividad por el teletrabajo se pueden mantener tras el Covid

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El 70% de las organizaciones empresariales considera que los aumentos de productividad por el trabajo a distancia se pueden mantener tras la pandemia, aunque creen que dependerá “en gran medida” de la rapidez con la que aprendan y se reinventen, “teniendo en cuenta los cambios en la mentalidad de los empleados y la adaptación individual y organizativa”.

Así se desprende de un informe realizado por Capgemini Research Institute, en el que se recoge que el 63% de las empresas ha experimentado un aumento de la productividad de sus empleados durante el tercer trimestre de 2020, gracias a la reducción de los tiempos de desplazamiento, los horarios de trabajo flexibles y la adopción de herramientas de colaboración virtuales eficaces.

Continúa en: http://elderecho.com/las-empresas-piensan-que-los-aumentos-de-productividad-por-el-teletrabajo-se-pueden-mantener-tras-el-covid

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El ERTE no impide a los trabajadores acogerse a la solicitud de extinción indemnizada por impago de salarios

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Interesante sentencia en la que se determina que el hecho de haber recurrido a un ERTE no impide a los trabajadores solicitar la extinción indemnizada del contrato por impago o retraso en el pago de salarios.

Si se cumplen los requisitos establecidos en el art. 50.1 del ET, hay que estimar la pretensión del trabajador (extinción indemnizada), careciendo de relevancia la situación de ERTE (sent. JS nº 3 de Gijón de 30 de octubre de 2020).

Recordemos que el art. 50.1 del ET dispone lo siguiente:

50.1. Serán causas justas para que el trabajador pueda solicitar la extinción del contrato:

b) La falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado.

Continúa y conoce el caso planteado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/el-erte-no-impide-a-los-trabajadores-acogerse-a-la-solicitud-de-extincion-indemnizada-por-impago-de-salarios/

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