Laboral

Teletrabajo: no contestar durante varios días los requerimientos de la empresa no supone necesariamente «dimisión»

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¿Despido o dimisión? A vueltas con el teletrabajo en los tribunales: no responder a los requerimientos de la empresa durante varios días (burofax incluido) no implica necesariamente que exista dimisión por parte del trabajador.

El TSJ de Castilla y León revoca la sentencia dictada por el JS que desestimó la demanda de la trabajadora al entender que sí existió «dimisión» y declara la improcedencia del despido (Sent. del TSJ de Castilla y León de 13 de junio de 2022).

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: https://sincrogo.com/blog/tribunales/teletrabajo-no-contestar-durante-varios-dias-los-requerimientos-de-la-empresa-no-supone-necesariamente-dimision/

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Vuelve a cambiar la operativa para transformar en indefinidos los contratos temporales tras la Reforma Laboral

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La Seguridad Social ha comunicado un nuevo cambio en la operativa que tienen que seguir las empresas para formalizar la transformación en indefinidos los contratos temporales tras la Reforma Laboral

Como te comentamos en este post, se creó una operativa para realizar esta formalización. Pues bien, con fecha 24 de junio de 2022, la Seguridad Social ha comunicado que ha modificado otra vez el proceso.

Continúa en: https://sincrogo.com/blog/actualidad-laboral/vuelve-a-cambiar-la-operativa-para-transformar-en-indefinidos-los-contratos-temporales-tras-la-reforma-laboral/

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Si el plus transporte tiene carácter extrasalarial no hay que abonarlo en teletrabajo (Tribunal Supremo)

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Plus de transporte en teletrabajo. El Tribunal Supremo sentencia que si el plus transporte tiene naturaleza extrasalarial, no hay que abonarlo a las personas que están en teletrabajo (sent. del TS de 1 de junio de 2022; ratifica la sentencia de la Audiencia Nacional de 30 de abril de 2021, que analizamos también en su momento en el blog de SINCRO).

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/plus-transporte-teletrabajo-tribunal-supremo/

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¿Un infarto sufrido en teletrabajo constituye accidente laboral?

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Como se ha ido explicando en El Blog de SincroGO, el tema de la consideración como accidente laboral y no como IT en supuestos como por ejemplo un infarto es un tema tradicionalmente conflictivo (la casuística en los tribunales es inmensa) y el teletrabajo añade una componente adicional de conflicto.

¿Constituye accidente laboral un infarto sufrido en teletrabajo?

Pues bien, en esta sentencia (TSJ de Aragón de 18 de enero de 2022) entiende que sí y que en el caso concreto enjuiciado debe aplicarse la presunción de laboralidad establecida en el art. 156 LGSS, puesto que fue  a lo largo de la jornada laboral, en tiempo y lugar de trabajo (teletrabajo) cuando se produjo el accidente cardiaco, manifestándose nada más terminar la reunión laboral telemática.

Por tanto, no ha habido ruptura del nexo de causalidad trabajo – lesión.

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: https://sincrogo.com/blog/tribunales/un-infarto-sufrido-en-teletrabajo-constituye-accidente-laboral/

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¿Cómo hay que tramitar la transformación a indefinido de los nuevos contratos temporales tras la Reforma Laboral?

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De la ley (Reforma Laboral; Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, ) a la práctica. ¿Cómo tienen las que empresas que realizar la tramitación para transformar a indefinido un contrato temporal?

La Tesorería General de la Seguridad Social nos ha informado de que para la tramitación de la transformación a indefinido de los nuevos contratos temporales con colectivo incluido, no se puede realizar a través de la modificación de tipo de contrato.

Te lo explica en este artículo Lorena Centeno, Asesora Laboral de SincroGO: https://sincrogo.com/blog/actualidad-laboral/transformacion-a-indefinido-de-contratos-temporales-reforma-laboral/

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BBVA tendrá que eliminar la autorización del jefe para que las horas extra sean de trabajo

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La Audiencia Nacional obliga al banco a modificar la aplicación para el registro horario porque no puede reservarse la facultad de autorizar a posteriori dicho apunte

BBVA tendrá que modificar su sistema de registro de jornada y eliminar de la herramienta informática el requisito de la autorización posterior del responsable superior para que la hora autodeclarada por el trabajador conste como trabajo efectivo. Así lo ha establecido en una reciente sentencia la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional en la que dan la razón parcialmente al sindicato CGT que denunció la invalidez del sistema. Asimismo, el tribunal ordena al banco a incluir en los informes mensuales que envía a los representantes legales de los trabajadores los datos identificativos necesarios para poder controlar el cumplimiento de la normativa laboral.

Continúa en: https://cincodias.elpais.com/cincodias/2022/05/17/legal/1652799037_665292.html

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El TUE dice que los trabajadores vía ETT deben tener las mismas vacaciones y pagas extra que los contratados

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado este jueves que los empleados contratados a través de una empresa de trabajo temporal (ETT) deben tener “por lo menos” la misma compensación en días de vacaciones anuales retribuídos y de la paga extraordinaria de vacaciones que si ocuparan ese puesto en la empresa usuaria. En su sentencia, el alto tribunal europeo ha indicado que los trabajadores “cedidos por empresas de trabajo temporal” deben disfrutar de condiciones

Leer más: https://www.europapress.es/economia/laboral-00346/noticia-tue-dice-trabajadores-via-ett-deben-tener-mismas-vacaciones-pagas-extra-contratados-20220512125435.html

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La Audiencia Nacional determina que la empresa debe hacer frente a los gastos por teletrabajo

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La Audiencia Nacional ha venido a determinar que la empresa debe hacer frente a los gastos por teletrabajo y, en caso de no resarcirse, el trabajador podrá instar la resolución de su contrato por incumplimiento grave del empresario y ser indemnizado por ello.

La Audiencia Nacional, ante la impugnación realizada por los representantes legales de los trabajadores de un acuerdo para la aprobación de un contrato tipo de trabajo a distancia, ha expuesto una serie de cuestiones sumamente relevantes sobre las obligaciones del empresario en cuestiones de trabajo a distancia o teletrabajo.

En concreto, es la reciente sentencia 44/2022, de 22 de marzo, ECLI:ES:AN:2022:1131, la que realiza una serie de precisiones que pasamos a desarrollar.

Continúa en: http://www.iberley.es/noticias/an-determina-empresa-debe-frente-gastos-teletrabajo-31581

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