Author: Área Comunicación CGT Metal Madrid

El gobierno rectifica: el contagio o aislamiento por coronavirus serán baja por accidente de trabajo

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Al calificar como “accidente de trabajo” el periodo de aislamiento de un trabajador a causa del coronavirus (bien como medida de precaución o por contagio)  se mejora la cantidad a cobrar la baja (75%) y se permitirá desde el primer día y sin requisitos previos de cotización.

Las bajas por coronavirus son contingencias profesionales (accidentes de trabajo)

El Consejo de Ministros del 10 de marzo ha aprobado importantes medidas en lo que se refiere a la crisis del coronavirus.  Una de ellas es que se calificará como “accidente de trabajo” el periodo en el que los trabajadores tengan que permanecer aislados, bien sea como medida de precaución, o como consecuencia de un contagio confirmado.

De este modo, se corrige un criterio anterior de la Seguridad Social que lo calificaba simplemente como enfermedad común.

La diferencia entre considerar todo lo relativo al coronavirus como accidente de trabajo (contingencia profesional) y no como enfermedad común es muy importante:

  • En las contingencias comunes (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales), los días de baja se cobra más que en caso de enfermedad común.  En accidente de trabajo se cobra la baja desde el primer día (y no desde el cuarto) y se cobra un 75% de la base reguladora.  .
  • Además, no se exigen periodos mínimos de cotización previa.  Con el accidente de trabajo se cobra la prestación desde el primer día simplemente con el alta del trabajador, mientras que por enfermedad común se exigía haber cotizado al menos 180 días en los 5 años anteriores.

De este modo, parece claro que se ha optado por dar una mayor cobertura en prestaciones a todos los trabajadores afectados por el coronavirus:  más prestación económica y menos requisitos para cobrarla que en el caso de enfermedad común

Continúa la noticia en:
http://loentiendo.com/coronavirus-accidente-de-trabajo/

La Seguridad Social mejora la protección de todos los trabajadores aislados y/o infectados por coronavirus

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  • El Gobierno aprueba un Real Decreto-Ley por el que se asimilan estos casos a Incapacidad Temporal por Accidente de Trabajo
  • La prestación equivale al 75% de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja laboral, con cargo a la Administración
  • Se establece que todos los casos de aislamiento preventivo tengan esta consideración (IT por Accidente de Trabajo)

El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, ha dado luz verde a un Real Decreto-Ley que incluye medidas para mejorar la protección de las personas trabajadoras afectadas por el COVID-19. En este sentido, tanto las personas en aislamiento preventivo como quienes se han contagiado del virus se consideran en Incapacidad Temporal asimilada a baja laboral por Accidente de Trabajo.

Esto supone una mejora de la prestación tanto para las personas aisladas como infectadas por el coronavirus, ya que pasan a percibir desde el día siguiente al de la baja laboral, el 75% de la base reguladora, con cargo a la Administración.

Protocolo para los CETI

Por otro lado, el Ministerio ha establecido, en materia de migración, que en los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) se habilite una sala para el supuesto de que fuera necesario proceder al aislamiento de alguna persona, siguiendo las recomendaciones el Ministerio de Sanidad. Además, ya se están realizando labores de monitoreo de grupos vulnerables a COVID-19 y se ha recomendado el uso de los protocolos propuestos por Sanidad en los centros gestionados por otras instituciones.

Todas estas medidas se enmarcan en la necesidad de responder a la situación económica excepcional y transitoria causada por COVID-19 y están en la línea de otras tomadas por otros países de nuestro entorno. El objetivo es facilitar que la ciudadanía pueda seguir las indicaciones de las autoridades sanitaria propuestas por motivos de salud pública, de forma que el coste no recaiga sobre las familias y empresas.

Vía:
http://prensa.empleo.gob.es/WebPrensa/noticias/seguridadsocial/detalle/3743

8M en Madrid

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CGT llama a secundar las movilizaciones convocadas en el Estado para el 8M

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CGT exige un cambio real en las condiciones sociales y laborales de las mujeres y la erradicación del terrorismo machista

La Confederación General del Trabajo (CGT), a través de un comunicado emitido con motivo del Día Internacional de la Mujer Trabajadora, realiza un llamamiento a secundar todas las actividades y eventos que se estén organizando o hayan sido convocados para esta jornada de lucha

La organización anarcosindicalista, expone que este 8 de marzo de 2020 y bajo los principios antipatriarcales, anticapitalistas, antirracista e internacionalistas, es necesario volver a ocupar las calles de nuestros pueblos y ciudades, para continuar luchando por un cambio radical en las condiciones laborales y sociales de las mujeres. En este sentido, la CGT recuerda le hito histórico que supuso en años anteriores el Día Internacional de la Mujer Trabajadora, cuando millones de mujeres en todo el planeta participaron en la primera huelga de mujeres que iba más allá de la huelga laboral, incluyendo el reconocimiento al trabajo de cuidados, que el Estado no reconoce y que es la base de la vida como la conocemos.

Desde CGT insisten en continuar luchando, desde posturas combativas y feministas contra las desigualdades y violencias machistas, por el derecho que tienen las mujeres a decidir sobre sus propios cuerpos, contra la precariedad y miseria de las mujeres en todo el mundo –que las convierte en un 70% de las personas pobres del planeta-, por unas pensiones dignas, por un reconocimiento del trabajo de cuidados que sostiene la vida y sin el cual el capitalismo no se sostendría, contra la discriminación de las personas LGTBIQ+, por los derechos de las mujeres migrantes y/o racializadas cuya situación la convierten en mujeres más vulnerables ante la violencia institucional, contra la discriminación de las mujeres en los entornos rurales, por unos derechos a la educación laica, no sexista y sin estereotipos de género, a la sanidad, a unos servicios sociales y un derecho a la dependencia sin recortes y en definitiva contra todo aquello que haga sustentar al patriarcado y a su alianza con el capitalismo a costa de la vida de tantas mujeres.

CGT además, insiste en convertir el 8M en una jornada de lucha contra el consumo capitalista globalizado en defensa de una economía sostenible, respetuosa con el medio ambiente, que permita un uso responsable de los recursos de todos y todas.

Manifiesto: https://cgt.org.es/panel/8-de-marzo-de-2020-luchando-cambiamos-el-mundo/

URGENTE: Concentración embajada de Grecia

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Ante la grave situación de vulneración de Derechos Humanos en la frontera greco-turca, donde la policía y grupos fascistas están gaseando, apaleando y disparando con fuego real a las personas refugiadas atrapadas entre la policía turca y la griega, y la suspensión por parte del gobierno griego del derecho de asilo:

La CGT convoca concentración el lunes día 9 a las 18h ante la embajada de Grecia C/ Doctor Arce nº 24.

Ante la gravedad de la situación, os pedimos que trasladeis la convocatoria.


Qué implica para España ratificar el Convenio 190 de la OIT sobre violencia y acoso en el trabajo

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La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha anunciado hoy (2 de marzo) que España ratificará el Convenio 190 de la OIT sobre violencia y acoso en el ámbito laboral.

Se trata, ha destacado la ministra, de una «regulación pionera que supondrá un cambio de paradigma» en la lucha frente a este problema».

El Convenio 190 de la OIT

La Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo convocada en Ginebra por el Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo, y congregada en dicha ciudad el 10 de junio de 2019 aprobó el Convenio 190 (Adopción con fecha 21 de junio de 2019).

Entre las cuestiones y medidas que incorpora el Convenio destacan:

Ámbito de aplicación

Este Convenio protege a los trabajadores y a otras personas en el mundo del trabajo, con inclusión de los trabajadores asalariados según se definen en la legislación y la práctica nacionales, así como a las personas que trabajan, cualquiera que sea su situación contractual, las personas en formación, incluidos los pasantes y los aprendices, los trabajadores despedidos, los voluntarios, las personas en busca de empleo y los postulantes a un empleo, y los individuos que ejercen la autoridad, las funciones o las responsabilidades de un empleador.

El Convenio se aplica a todos los sectores, público o privado, de la economía tanto formal como informal, en zonas urbanas o rurales.

Continúa la noticia en:
http://sincro.com.es/blog/actualidad-laboral/espana-ratificara-el-convenio-190-de-la-oit-sobre-violencia-y-acoso-en-el-trabajo/

CGT se hace con los 3 delegados en Irvía #cgt #metalmadrid #elecciones

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