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Cotización reducida para el personal en trabajos exclusivos de oficina: El TS flexibiliza los requisitos
La STS Nº 762/2019, Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 4, Rec 871/2018 de 3 de junio de 2019, Ecli: ES:TS:2019:1812, aclara el criterio aplicable sobre la cotización por accidentes de trabajo del personal en trabajos exclusivos de oficina.
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Selección de jurisprudencia (del 1 al 15 de Noviembre de 2019)
- AN. La Audiencia Nacional recuerda que, aunque lo permita el convenio, no es posible legalmente compensar y absorber el salario base (adecuado al nuevo SMI) con pluses extrasalariales
- AN. Es legal la regulación por convenio colectivo de la extinción de los contratos por obra o servicio determinado por causa de disminución o reducción del volumen de la contrata
- TSJ. Para el TSJ de Asturias, es laboral la relación que une a Glovo con sus repartidores
- TSJ. Las faltas de asistencia reflejadas en el sistema de fichaje por huella dactilar no son siempre prueba determinante para declarar la procedencia del despido
- TSJ. El despido disciplinario de la trabajadora a los 8 días de la finalización del plazo de 9 meses (ahora 12) desde el parto determina un indicio que conduce a una inexorable inversión de la carga probatoria
- TSJ. Quitarse la vida tras discutir con un cliente es accidente de trabajo
- TSJ. La prestación por paternidad no decae por el alumbramiento de un niño con fallecimiento preparto
- TSJ. Recurso de suplicación. Ni la prueba testifical ni los wasaps son prueba válida a efectos de revisar los hechos declarados probados
- TC. Despido por faltas de asistencia (art. 52 d) TRET): se impone la libertad de empresa sobre la salud y el derecho al trabajo
- TS. Amputación de una mano por accidente laboral. El trabajador tiene derecho a una prótesis de última generación
- TS. El efecto de la litispendencia no se produce cuando, en el proceso inicial, la razón de pedir es la interpretación de determinado artículo de un convenio colectivo y, en el actual, la ilegalidad del mismo
- TS. Despido improcedente. Salarios de tramitación. Reclamación de intereses en ejecución
- TSJ. No es laboral el accidente a la salida de un restaurante durante la pausa a mediodía para almorzar si habitualmente el trabajador come en casa
- TSJ. No se computan los hijos nacidos muertos a efectos de determinar el derecho al complemento por maternidad en las pensiones contributivas
- TSJ. La kafala se equipara al acogimiento familiar a efectos de la prestación por maternidad (hoy, por nacimiento y cuidado de menor)
La CGT “entra en campaña” exigiendo la activación del R.D.1698/2011 para la aplicación de coeficientes reductores en la edad de jubilación
La Federación Metalúrgica de CGT (FESIM) se ha manifestado durante esta campaña electoral frente a los mítines de los principales partidos exigiendo la activación del R.D.-1698/2011, en el cual el gobierno de Zapatero aprobó la aplicación de coeficientes reductores en la edad de jubilación para trabajos tóxicos, penosos y peligrosos.
Desde la FESIM se ha expuesto públicamente el nulo compromiso de los diferentes gobiernos por que este RD se aplique, ya que las solicitudes que desde esta Federación se han registrado para la aplicación del mismo, ni tan siquiera han sido contestadas.
Ante esto, y vista la pasividad de los partidos políticos, y la negativa de los mismos a reunirse con CGT para tratar este asunto (solo ERC se ha dignado a reunirse con nosotros para tratarlo); la FESIM ha salido a la calle en ciudades como Bilbao, Zaragoza, Valladolid o Barcelona, para denunciar ante los dirigente políticos y antes sus militantes la pasividad de sus partidos en un asunto tan grave, el cual afecta a miles de trabajadoras y trabajadores en algo tan sumamente importante como es la salud laboral y el poder tener una jubilación digna, acorde con el tipo de trabajo realizado.
Para la FESIM esto no es más que el inicio de las movilizaciones que va a realizar en este ámbito, y que no finalizaran hasta que este RD comience a aplicarse de manera coherente y justa, y que no siga cogiendo polvo en una estantería como lleva ya ocho años haciendo.
CGT se suma al apoyo internacional al pueblo de Haití, en pie por una justicia social y una mayor democracia
El pueblo vive en estos días un verdadero caos en las calles debido a las jornadas de lucha que están teniendo lugar y en las que, lamentablemente, están muriendo manifestantes
La Confederación General del Trabajo (CGT) ha mostrado su apoyo y solidaridad al pueblo de Haití, que vive en estos momentos las mayores protestas contra sus gobernantes, en una de las crisis más profundas de su historia contemporánea.
La CGT, y dentro de la Red Internacional de Solidaridad y Luchas, ha manifestado su apoyo incondicional al pueblo de Haití y a todas las organizaciones y entes sociales, como lo sindicatos de trabajadores haitianos miembros también de esta misma red, que se rebelan durante estos días contra la corrupción generalizada en el país y las consecuencias del capitalismo salvaje en la población más vulnerable.
CGT recuerda que la situación en la que se encuentra en estos momentos Haití es muy complicada porque la arrastra desde hace mucho tiempo, debido a una importante crisis económica que impide el acceso a productos básicos a la mayoría de la población, y a una crisis de la política generada por la avaricia de los diferentes gobiernos. En este sentido, desde CGT también recalcamos que la lucha por la libertad y la igualdad es una seña de identidad del pueblo haitiano, como ya demostró cuando se liberó del yugo francés creando una de las primeras democracias del mundo.
Desde CGT realizan un llamamiento a la sociedad para ayudar a difundir la protesta y las condiciones de lucha de Haití.