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Publicado en Ecomomía de Pinterest.
Prestación por maternidad: responsabilidad empresarial por infracotización
Prestación por maternidad: la moderación de la responsabilidad en caso de infracotización por parte de la empresa abarca solamente la diferencia entre la cuantía total de la prestación causada y la que corresponde a la Seguridad Social en virtud de las cuotas efectivamente ingresadas (sent. del TSJ de Aragón de 23 de diciembre de 2019).
Tratar de extender más allá la moderación, deja claro el tribunal, ya no supondría moderación alguna, sino exención total de responsabilidad de la empresa, lo cual carece de base legal.
Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincro.com.es/blog/tribunales/prestacion-por-maternidad-responsabilidad-empresarial-por-infracotizacion/
La Audiencia Nacional avala descontar el café y el cigarrillo de la jornada
El tribunal rechaza la pretensión de CC OO de anular los cambios de condiciones experimentados en la empresa Galp por la implantación del control del registro horario
La sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha respaldado que las empresas hagan fichar a sus trabajadores cuando realizan pausas para fumar o tomar café o desayunar, con el objetivo de descontar este tiempo de las horas efectivamente trabajadas. Asimismo, este tribunal ha avalado, en el mismo fallo, otras dos cuestiones aclaratorias respecto al registro de jornada relacionadas con los viajes de trabajo o con la autorización previa de las horas extra.
El respaldo a estas tres cuestiones se fundamenta por parte de la Audiencia en que, en el caso sobre el que se pronuncia –la implantación del registro de jornada en Galp Energía España– los cambios que experimentan los empleados de esta compañía como consecuencia del nuevo registro, no suponen un cambio sustancial de las condiciones de trabajo de los empleados. Por tanto, la empresa puede implantar estos cambios del nuevo registro unilateralmente si no llega a un acuerdo con los representantes legales de los trabajadores, sin recurrir al procedimiento negociador para la modificación sustancial de condiciones
Continua en: http://cincodias.elpais.com/cincodias/2020/02/10/economia/1581355615_495149.html
Publicado en Laboral de Pinterest.
El TSJ de Navarra confirma una indemnización de 178.420 euros por la muerte de una trabajadora debido al amianto
La empleada estuvo expuesta al amianto en la empresa Super Ser de Pamplona, posteriormente adquirida por BSH
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado una indemnización de 178.420,96 euros concedida por el Juzgado de lo Social número 4 de Pamplona a las dos hijas de una extrabajadora de la empresa Super Ser -posteriormente, BSH- de Pamplona, que falleció por un cáncer de pulmón causado por el amianto inhalado.
La sentencia de la Sala de lo Social del TSJN, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, cuenta con un voto particular discrepante de uno de los tres magistrados, que aboga por la desestimación de la demanda y, por tanto, por la revocación de la condena.
Continúa y conoce el caso en:
http://www.poderjudicial.es/portal/site/cgpj/menuitem.65d2c4456b6ddb628e635fc1dc432ea0/?vgnextoid=e8a1a5fe6ee10710VgnVCM1000006f48ac0aRCRD&vgnextfmt=default&vgnextlocale=es_ES
Publicado en Sindicato de Pinterest.
El TSJC sugiere que las empresas multiservicios favorecen el «dumping social»
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) sugiere en una sentencia que «el auge de las empresas multiservicios» que asumen tareas externalizadas por todo tipo de sectores económicos favorece el «abuso» y genera «dumping social» en una «carrera» de recortes laborales.
La Sala de lo Social del TSJC despacha con estos comentarios, entre otros, la demanda presentada por cuatro empresas que prestan servicios externalizados por hoteles para oponerse a que se les obligue a pagar a los trabajadores que se ocupan de esas tareas el mismo salario que estipula el convenio de hostelería de Las Palmas.
Estas compañías -Secofuer Investigación, Canarilime, Servicon Atlántico, y Servicon FTF- habían llevado a los tribunales a las principales patronales del sector turístico de Gran Canaria, Lanzarote y Fuerteventura y a los sindicatos UGT y CCOO para exigir que se les liberase de esa obligación y se les permitiera seguir pagando a sus empleados conforme a sus convenios de empresa.
Ello suponía impugnar el artículo 1 del convenio colectivo de hostelería en la provincia, que obliga a que los empleados que trabajan en el sector por cuenta de empresas multiservicios tengan las mismas condiciones pactadas para sus categorías y funciones en todo el sector y, en particular, el mismo salario.
Continúa la noticia en:
http://www.canarias7.es/economia/empleo/el-tsjc-sugiere-que-las-empresas-multiservicios-favorecen-el-dumping-social-JB8636083