Derecho

Formación en horario laboral

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El art. 23.3 del ET incluye el derecho individual de las personas trabajadoras a recibir una formación profesional y vinculada a la actividad empresarial de su puesto de trabajo de 20 horas con periodicidad anual permitiendo su acumulación hasta 5 años. Esta obligación se puede cumplir con acciones formativas de la empresa o a partir de la negociación colectiva pero no cuando la empresa está obligada por otros motivos. La comunicación a la persona, aunque no asista, permite cumplir con el requisito legal.

Si la formación es necesaria para la actividad de la empresa, aunque el convenio no contemple,  puede obligar a los trabajadores a que hagan los cursos de formación necesarios como parte del poder de dirección y organización empresarial (Art. 5 ET).

En cuanto a las horas empleadas en los cursos de formación, la AN indica “que la formación obligatoria por necesidad o conveniencia de la empresa e impuesta por la misma para obtener una determinada especialización o una más amplia formación profesional en materias distintas a la prevención de riesgos laborales debe realizarse dentro de la jornada ordinaria de trabajo”. Si hubiera excesos de jornada, la empresa tendría que compensarlos bien con descansos o abonando horas extras.

Cuando la formación no sea obligatoria para desempeñar su trabajo y la empresa no imponga dicha formación, si el convenio no dispone lo contrario, se deberá podrá realizar fuera de la jornada laboral.

Más detalles en la consulta.

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Jurisprudencia junio 2022

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  • TJUE. En la elección de cargos sindicales, a pesar de su carácter político y el método de selección, mediante elecciones, es aplicable la Directiva antidiscriminatoria
  • TS. Cese simultáneo del jubilado parcial y del relevista por despido colectivo que no afecta a toda la plantilla. Subsiste la obligación empresarial de contratar a otro relevista cuando la empleadora continúa con su actividad.
  • TS. Reconocimiento a los hombres del complemento por maternidad (ex art. 60 LGSS –redacción original–). Produce efectos desde la fecha del hecho causante de la pensión.
  • TSJ: Reducción de la jornada máxima anual en contratos a tiempo completo, ¿reducción refleja y proporcional en la de los contratos a tiempo parcial o incremento de su retribución en función de dicho coeficiente?
  • TSJ. Accidente in itinere. Vehículo que es arrollado por un tren. No implica per se una imprudencia temeraria cruzar un paso a nivel sin barreras de camino al trabajo con el semáforo en fase roja.

Todos los análisis de CGT  incluyendo sentencias). Base de datos de la FESIM

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Vuelve a cambiar la operativa para transformar en indefinidos los contratos temporales tras la Reforma Laboral

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La Seguridad Social ha comunicado un nuevo cambio en la operativa que tienen que seguir las empresas para formalizar la transformación en indefinidos los contratos temporales tras la Reforma Laboral

Como te comentamos en este post, se creó una operativa para realizar esta formalización. Pues bien, con fecha 24 de junio de 2022, la Seguridad Social ha comunicado que ha modificado otra vez el proceso.

Continúa en: https://sincrogo.com/blog/actualidad-laboral/vuelve-a-cambiar-la-operativa-para-transformar-en-indefinidos-los-contratos-temporales-tras-la-reforma-laboral/

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Excedencia voluntaria: el TS vuelve a reiterar que si no hay negativa expresa a la solicitud de reingreso, no cabe pleitear por despido (hay que recurrir al procedimiento ordinario)

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El Tribunal Supremo (TS) ha vuelto a reiterar que en caso de petición de reingreso tras una excedencia voluntaria, si no hay negativa expresa por parte de la empresa, no cabe pleitear por despido (sent. TS de 31 de mayo de 2022)

Vuelve a dejar muy claro el TS que no existiendo rechazo empresarial abierto a la solicitud de reingreso, la reclamación debe canalizarse a través del procedimiento ordinario y no del de despido.

Pinche aquí para conocer otras sentencias en la misma línea que hemos analizado en el blog de SINCRO.

Continúa y conoce el caso concreto enjuiciado en: https://sincrogo.com/blog/tribunales/excedencia-voluntaria-el-ts-vuelve-a-reiterar-que-si-no-hay-negativa-expresa-a-la-solicitud-de-reingreso-no-cabe-pleitear-por-despido-hay-que-recurrir-al-procedimiento-ordinario/

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Si el plus transporte tiene carácter extrasalarial no hay que abonarlo en teletrabajo (Tribunal Supremo)

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Plus de transporte en teletrabajo. El Tribunal Supremo sentencia que si el plus transporte tiene naturaleza extrasalarial, no hay que abonarlo a las personas que están en teletrabajo (sent. del TS de 1 de junio de 2022; ratifica la sentencia de la Audiencia Nacional de 30 de abril de 2021, que analizamos también en su momento en el blog de SINCRO).

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/plus-transporte-teletrabajo-tribunal-supremo/

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¿Un infarto sufrido en teletrabajo constituye accidente laboral?

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Como se ha ido explicando en El Blog de SincroGO, el tema de la consideración como accidente laboral y no como IT en supuestos como por ejemplo un infarto es un tema tradicionalmente conflictivo (la casuística en los tribunales es inmensa) y el teletrabajo añade una componente adicional de conflicto.

¿Constituye accidente laboral un infarto sufrido en teletrabajo?

Pues bien, en esta sentencia (TSJ de Aragón de 18 de enero de 2022) entiende que sí y que en el caso concreto enjuiciado debe aplicarse la presunción de laboralidad establecida en el art. 156 LGSS, puesto que fue  a lo largo de la jornada laboral, en tiempo y lugar de trabajo (teletrabajo) cuando se produjo el accidente cardiaco, manifestándose nada más terminar la reunión laboral telemática.

Por tanto, no ha habido ruptura del nexo de causalidad trabajo – lesión.

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: https://sincrogo.com/blog/tribunales/un-infarto-sufrido-en-teletrabajo-constituye-accidente-laboral/

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¿El acceso al correo electrónico privado del trabajador puede ser un delito?

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La reciente STS n.º 328/2021, de 22 de abril de 2021, ECLI:ES:TS:2021:1486, condena a un empresario que accede (en reiteradas ocasiones) al correo electrónico privado del trabajador.

El TS es claro: la hipotética comisión de una infracción disciplinaria grave derivada de la indebida utilización del ordenador puesto a su disposición por la empresa no legitimaba la irrupción del empresario en los correos electrónicos de la cuenta privada del trabajador. La sala de lo penal condena al empresario por un delito de descubrimiento y revelación de secretos. En el caso, no existe acuerdo previo donde se advierta de la posible fiscalización del correo electrónico del trabajador.

Continúa en: https://www.iberley.es/revista/acceso-correo-electronico-privado-trabajador-delito-673

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Cabe la supresión unilateral de la tarjeta transporte (a pesar de seguir dándola en pandemia) si la empresa se reservó el derecho de modificar o suprimir dicha política de transportes

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El TSJ de Madrid ha desestimado la demanda interpuesta por los sindicatos de una compañía relativa a la supresión unilateral de la tarjeta transporte. Cuando empezó a concederla, la empresa se reservó el derecho de modificar o suprimir dicha política de transportes.

Por tanto, y aunque mantuviera la concesión de la tarjeta transporte durante el confinamiento (cuando los empleados estaban en teletrabajo) cabe su supresión unilateral. No se ha creado derecho adquirido (condición más beneficiosa) para los trabajadores (sent. del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 30 de mayo de 2022)

Continúa y conoce el caso concreto enjuiciado en: https://sincrogo.com/blog/tribunales/cabe-la-supresion-unilateral-de-la-tarjeta-transporte-a-pesar-de-seguir-dandola-en-pandemia-si-la-empresa-se-reservo-el-derecho-de-modificar-o-suprimir-dicha-politica-de-transportes/

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El TS reitera doctrina: no entregar copia de la carta de despido objetivo por causas ETOP a los RLT conlleva su improcedencia

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Despido objetivo por las causas ETOP. El TS reitera que la falta de entrega de la copia de la carta de despido a los representantes de los trabajadores conlleva la declaración de improcedencia del despido (sent. del TS de 17 de mayo de 2022, reitera doctrina SSTS de 18.04.07 y TS 10.02.16)

Continúa y conoce el caso concreto enjuiciado en: https://sincrogo.com/blog/tribunales/no-entregar-carta-de-despido-a-rlt-improcedente/

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¿Cómo hay que tramitar la transformación a indefinido de los nuevos contratos temporales tras la Reforma Laboral?

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De la ley (Reforma Laboral; Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, ) a la práctica. ¿Cómo tienen las que empresas que realizar la tramitación para transformar a indefinido un contrato temporal?

La Tesorería General de la Seguridad Social nos ha informado de que para la tramitación de la transformación a indefinido de los nuevos contratos temporales con colectivo incluido, no se puede realizar a través de la modificación de tipo de contrato.

Te lo explica en este artículo Lorena Centeno, Asesora Laboral de SincroGO: https://sincrogo.com/blog/actualidad-laboral/transformacion-a-indefinido-de-contratos-temporales-reforma-laboral/

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