Laboral

¿Se acaba el 28 de febrero el llamado teletrabajo por Covid19?

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Cuándo acaba realmente el teletrabajo por Covid19? Cada cierto tiempo, algunos medios de comunicación se inventan o fijan una supuesta fecha de finalización (lo hemos ido viendo en distintos momentos durante estos meses). Pues bien, lo único cierto es que no existe una fecha cerrada de finalización. Te lo aclaramos:

Lo primero: qué es el teletrabajo por Covid19

Se le llama teletrabajo por Covid19 al regulado en la Disp. Transitoria Tercera de la Ley de Trabajo a Distancia, que regula el «Trabajo a distancia como medida de contención sanitaria derivada de la COVID-19» (es decir, lo que se ha venido denominando «teletrabajo por Covid19).

Al trabajo a distancia implantado excepcionalmente en aplicación del artículo 5 del RD-ley 8/2020, de 17 de marzo, o como consecuencia de las medidas de contención sanitaria derivadas de la COVID-19, y mientras estas se mantengan, le seguirá resultando de aplicación la normativa laboral ordinaria.

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Gobierno y agentes sociales acuerdan prorrogar los ERTE-Covid hasta el 31 de marzo

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Las exenciones a las empresas se rebajan a entre el 60% y el 20%, en función de su tamaño y de si ofrecen formación a los trabajadores

Gobierno, sindicatos y empresarios han acordado prorrogar un mes, hasta el 31 de marzo, la regulación actual de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) de pandemia, periodo en el cual deberán transitar hacia el nuevo modelo de ERTE establecido en la reforma laboral, según han informado fuentes de la negociación.

La prórroga de los ERTE-Covid hasta el 31 de marzo se aprobará previsiblemente en el Consejo de Ministros de este martes, según las mismas fuentes.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ya avanzó la semana pasada que se iba a dar un mes de plazo para que las empresas con ERTE-Covid pudieran adaptarse al esquema estructural que se pactó en la reforma laboral.

«Vamos a una situación de un mes de transición para que las empresas puedan cambiar el modelo y aplicar directamente la reforma laboral», señaló Díaz.

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El Gobierno aprobará este martes la subida del SMI a 1.000 euros con efectos desde el 1 de enero

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El Consejo de Ministros de este martes tiene previsto aprobar la subida del salario mínimo interprofesional (SMI) a 1.000 euros mensuales con efectos desde el 1 de enero de este año, lo que supone 35 euros más que el SMI vigente actualmente (965 euros al mes por catorce pagas), según confirmaron a Europa Press fuentes del Gobierno.

La jornada legal quedará fijada en 47,36 euros en el caso de los trabajadores eventuales y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de los 120 días. Para los trabajadores de hogar, la hora trabajada se pagará a 7,82 euros brutos.

Estos nuevos montantes representan un incremento del 3,63% con respecto a las cuantías de 2021.

Continúa en: http://elderecho.com/el-gobierno-aprobara-este-martes-la-subida-del-smi-a-1-000-euros-con-efectos-desde-el-1-de-enero?utm_medium=email&utm_source=newsletter&utm_campaign=20220222_Nwl

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Los salarios de convenio suben por encima del 2% en el arranque del año

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Sólo el 17% de los convenios registrados cuenta con cláusula de garantía salarial

Los salarios pactados en convenio subieron de media un 2,01% en enero, por encima de lo registrado en 2021 (+1,47%), pero lejos del IPC, cuyo dato avanzado para enero se situó en el 6%, según datos extraídos de la estadística de negociación colectiva del Ministerio de Trabajo y Economía Social.

Este incremento salarial está por debajo de la subida del 3,6% acordada entre el Gobierno y los sindicatos para el salario mínimo interprofesional (SMI) y está algo más en línea con las directrices marcadas en el Acuerdo Interconfederal para el Empleo y Negociación Colectiva (AENC) 2018-2020, que planteaba subidas salariales del entorno del 2% más un punto porcentual ligado a conceptos como la productividad, los resultados empresariales y el absentismo laboral.

Este AENC, que tenía vigencia hasta el año pasado, se encuentra a la espera de que los sindicatos y la patronal renueven y actualicen su contenido.

Continúa en: http://elderecho.com/subida-salarial-convenio-colectivo?utm_medium=email&utm_source=newsletter&utm_campaign=20220214_Nwl

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La CGT se convierte oficialmente en la fuerza sindical más activa de Catalunya

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De 2015 a 2020 han arrollado a CCOO, convirtiéndose en el sindicato que más huelgas convoca y con mayor seguimiento, según datos del Departament de Treball.

A la vista está que la Confederació General del Treball (CGT) es el sindicato más activo en Catalunya. Ahora no solo lo podemos intuir, sino que se puede constatar con los datos oficiales recopilados por el propio sindicato obtenidos del Departament de Treball y que confirman lo dicho: la CGT es la fuerza sindical que más huelgas convoca y con mayor seguimiento.

Los datos a los que nos referimos comprenden el periodo 2015-2020 y confirman el sorpasso de la organización anarcosindicalista: durante todo ese lustro han desbancado a CCOO, que ostentaba el primer puesto hasta 2014. De hecho, en 2020 (año del estallido de la pandemia), la CGT dobló en huelgas y seguimiento las convocadas por Comisiones Obreras. «Se confirma así un cambio de liderazgo en las luchas muy significativo», explican desde la CGT.

Igualmente, son las convocatorias de la CGT las que suman más huelguistas que las de cualquier otro sindicato, o convocadas por comités de empresa, en 2018, 2019 y 2020. «Estas huelgas han permitido importantes éxitos para las plantillas», afirman desde la CGT. Y para muestra un botón: en Bicing consiguieron un incremento anual de 3500 € en tablas salariales; en la UAB, un incremento salarial del 14-19% y mantenimiento de 200 puestos de trabajo; en Deyse-Clece, un incremento de 180 € mensuales; en Iberboard, la retirada de ERTE y retorno de los salarios reducidos; en Cines Balanyà, un incremento del sueldo del 7,5%.

Representatividad, convocatorias y seguimiento

La representatividad en Catalunya de los diferentes sindicatos en porcentaje de delegados en las distintas empresas es la siguiente: CCOO un 41.4%, la UGT un 37,5%, USOC un 5,09%, y la CGT 3,03%. De ahí que sea tan llamativo que la CGT tenga esa capacidad de movilización.

Y es que ponderando los porcentajes de convocatorias según la implantación real, en 2020 la CGT convocó como sindicato un +804% del porcentaje de huelgas que habría que esperar en función de su presencia en empresas, mientras que CCOO lo hizo un 29,46% de su peso relativo, la UGT el 16,26% y USO un 47,92%

En cuanto al seguimiento en huelgas del último año (2020) y teniendo en cuenta igualmente la ponderación según representatividad, el porcentaje de seguimiento de las huelgas convocadas por la CGT suponen un +1938,78% del seguimiento que habría que esperar en función de su presencia a empresas, mientras que el seguimiento ponderado de las convocadas por CCOO representa un 62,39% de su peso relativo en representatividad, UGT el 66,38% y USO un 49,06%.

Continúa en: http://www.revistarambla.com/la-cgt-se-convierte-en-la-fuerza-sindical-mas-activa-de-catalunya/

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Negociación colectiva | Reforma Laboral

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Con vigencia desde el 31-12-2021 se modifica la regulación de la concurrencia de convenios colectivos.

IV. Negociación colectiva

A. Modificaciones en la prioridad del convenio de empresa

B. Vuelta a la ultraactividad de los convenios

IV. Negociación colectiva

A. Modificaciones en la prioridad del convenio de empresa.

Con vigencia desde el 31-12-2021 se modifica la regulación de la concurrencia de convenios colectivos. Se establece que la regulación de las condiciones de los convenios de empresa no tendrá prioridad sobre la cuantía del salario base y de los complementos salariales, incluidos los vinculados a la situación y resultados de la empresa.

Continúa en: http://elderecho.com/negociacion-colectiva-reforma-laboral

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