Laboral-Social
El número de personas en ERTE ronda las 472.000 a mediados de este mes, según Seguridad Social
El número de trabajadores en expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) se ha situado en 472.000 personas a mediados de este mes, según ha señalado el secretario de Estado de Seguridad Social y Pensiones, Israel Arroyo, durante su intervención en la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en el Senado.
Así, el número de personas en ERTE habría caído en lo que va de mes en más de 70.000 en comparación con el dato de 31 de mayo, cuando se registraron 542.142 personas beneficiadas de este mecanismo.
El secretario de Estado ha puesto de relieve que el binomio entre las medidas de protección y las de activación han funcionado. Además, ha destacado que la última prórroga que se acaba de firmar de los ERTE después de pasar por el diálogo social mantiene esta situación de protección, pero también se vuelven a introducir algunas medidas tendentes a la reactivación.
«Tuvimos un momento de incremento enrome de los trabajadores en ERTE, que se situó hasta los 3,6 millones de personas en su punto máximo», ha recordado Arroyo, que ha afirmado que la introducción de medidas ha permitido evitar la destrucción de más de 3,5 millones de puestos de trabajo.
Arroyo ha resaltado que, aunque la crisis era distinta a la financiera, porque tenía un horizonte limitado, fue relevante que no se produjera un daño permanente en la economía.
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TS. La copia básica de los contratos que se entrega a la RLT no tiene por qué contener el salario real. Son perfectamente válidas las expresiones «según pacto» o «según convenio» reproducidas del contrato original
Copia básica de los contratos de trabajo que entrega la empresa a los representantes legales de los trabajadores (RLT). Contenido. Petición de que contenga el salario real pactado y que no sea válida la expresión «según pacto» o el salario mínimo del convenio colectivo, si este no es el real.
Señala el artículo 8.4 del ET, que el empresario ha de entregar una copia. Por tanto, no está obligado a suministrar datos distintos de los que figuran en el documento original. Es más, si así lo hiciera no cumpliría el precepto. No sería cumplir el mandato el que en el contrato original se exprese que el salario será según convenio y, posteriormente, en la copia fijar la cantidad numérica que corresponde. De obrarse así es cuando se ocultaría al Comité la posibilidad de comprobar si se estaba obrando o no correctamente.
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El Gobierno quiere crear una nueva prestación por crianza de hijos menores de 18 años
El Gobierno propone la creación de una nueva prestación por crianza de hijos menores de 18 años, que, en un primer momento, se dirija a familias en situación de riesgo de pobreza que no cumplen los requisitos para acceder al Ingreso Mínimo Vital (IMV), y después se amplíe después al resto de familias del país.
Así lo pone de manifiesto el documento ‘España 2050’ presentado este jueves 20 de mayo por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que cree que «si no se hacen reformas de calado ni se apuesta por políticas redistributivas más ambiciosas, la desigualdad en España podría estancarse en los niveles actuales o incluso aumentar de aquí a 2050».
Según indica el documento «por su diseño», el Ingreso Mínimo Vital «tendrá un limitado efecto redistributivo, aunque sí será clave en la reducción de la pobreza extrema». Por ello, se propone crear una nueva prestación por crianza de hijos menores de 18 años, así como reformar las prestaciones familiares.
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¿Qué hay de cierto sobre la reforma de los subsidios por desempleo?
La “nueva prestación” por desempleo de 452 euros al mes aún no está aprobada
Toda la información que tiene que ver con los subsidios por desempleo, en un país con casi cuatro millones de parados, es noticia. Hoy distintos medios se refieren a la “creación de un nuevo subsidio por desempleo de 452 euros al mes”.
En la noticia, se señala que “El Ministerio de Trabajo y Economía Social quiere simplificar y mejorar el nivel asistencial de protección por desempleo y crear una nueva prestación que integrará a todas las existentes. No entraría en vigor hasta 2022 y tendría una cuantía del 80% del Iprem (451,90 euros al mes, según el iprem de 2021)”.
Tendrían acceso a esta nueva prestación, las personas que agotan la prestación contributiva y continúan en situación de desempleo y personas que acreditan más de seis y menos de doce meses cotizados, de forma que no pueden acceder a la prestación contributiva.
Continúa en: http://loentiendo.com/nuevo-subsidio-452-euros-al-mes/
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9 puntos clave para entender una nómina
El pan ha sido el sustento principal de la población durante muchos siglos y afortunadamente, aunque cada vez sean más los hogares en los que no entran los ingresos de las nóminas, es raro que falte en las mesas de nuestro país.
Entre enero y marzo de 2021 se destruyeron 137.500 empleos, por lo que muchos de estos trabajadores habrán prestado mayor atención a sus últimas nóminas, para calcular lo que les pueda corresponder de finiquitos y prestaciones.
La palabra nómina hace referencia al pago de salarios. Según la RAE es la «relación nominal de los individuos que en una oficina pública o particular han de percibir haberes y justificar con su firma haberlos recibido», o los «haberes que ha de percibir el trabajador que figura en nómina».
Su origen proviene del latín nomina, que es el plural de nomen, que significa nombre, y en la Antigua Roma, las nóminas eran las listas de personas que eran acreedoras de un salario.
Hace no tantos años, en muchas partes del mundo las nóminas de las clases trabajadores daban para comprar pan y poco más, pero desde que en 1789 la subida del precio del pan les costó la cabeza a los monarcas franceses, se acuñó el dicho de que «con el pan no se juega», ya que por aquel entonces corrió el rumor de que María Antonieta habría bromeado con que si le faltaba pan al pueblo comieran pasteles.
Pero si con el pan no se juega, con la nómina tampoco, ya que aunque no se corra el riesgo de perder la cabeza, los errores en las nóminas pueden generar un gran malestar y desconfianza entre los trabajadores, y algún que otro quebradero de cabeza a sus superiores, por lo que es conveniente conocer los puntos clave con relación a los recibos de salarios o nóminas.
Continúa en: http://www.laboral-social.com/9-puntos-clave-entender-nomina.html
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El Defensor del Pueblo alerta: la complejidad del Ingreso Mínimo Vital deja fuera a muchas personas necesitadas
El Informe anual 2020 del Defensor del Pueblo pide simplificar el procedimiento y la normativa del Ingreso Mínimo Vital “para no dejar fuera a muchas personas en situación de pobreza y exclusión social.”
También exige una reordenación de las rentas autonómicas de inserción, que siguen acumulando retrasos, agravados ahora por la necesidad de solicitar primero el Ingreso Mínimo Vital.
En el Defensor del Pueblo, Francisco Fernández Marugán, entregó el pasado 6 de mayo a las Cortes Generales el Informe Anual que recoge la gestión de la Institución en 2020.
En el apartado sobre Seguridad Social y Empleo, dentro de la supervisión de la actividad de las Administraciones Públicas y en lo que se refiere al Ingreso Mínimo Vital, se indica que si bien aún es pronto para hacer una valoración concluyente sobre el cumplimiento de los objetivos de esta ayuda estatal, si puede hacerse sobre el procedimiento para la aprobación de las solicitudes, que “debe ser simplificado”, así como la normativa que lo regula, que “resulta muy compleja y exigente”.
Continúa en: http://loentiendo.com/informe-defensor-del-pueblo-ingreso-minimo-vital/
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Desconexión digital
El derecho a la desconexión digital es cada vez más relevante y lo será aún más con la extensión del teletrabajo. No obstante es un derecho nuevo que aún está siendo introducido en las empresas e interpretado por los tribunales. |
La desconexión digital es la limitación al uso de las tecnologías de la comunicación fuera del tiempo de trabajo, a fin de garantizar el respeto del tiempo de descanso, permisos y vacaciones o bajas por enfermedad, así como a su intimidad personal y familiar.
Este derecho se regula en Art 88 LOPDGDD y Art. 20bis ET. En el caso de teletrabajo también son de aplicación los art 17 y 18 del RDL 28/2020. Se han de tener en cuenta el derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales regulado en Art 87 LOPDGDD y Art. 20bis ET.
El deber empresarial de garantizar la desconexión digital se concreta en cuatro aspectos clave:
- Limitación del uso de los medios tecnológicos a la jornada.
- Elaboración de una política interna en consenso con la RLT.
- Formación y sensibilización.
- Organización adecuada de la jornada en base al registro horario.
Las empresas deben elaborar un protocolo de desconexión digital previa audiencia de los
representantes de los trabajadores en la que “definirán las modalidades de ejercicio del
derecho a la desconexión y las acciones de formación y de sensibilización del personal sobre un uso razonable de las herramientas tecnológicas que evite el riesgo de fatiga informática.”
Este protocolo debe tener en consideración la posible disponibilidad horaria del trabajador fuera del horario habitual, los mecanismos para controlar el uso de medios tecnológicos en la empresa y la prevención de riesgos laborales asociados.En CGT Metal Madrid creemos que debemos dar ejemplo en garantizar este derecho a nuestros trabajadores y colaboradores por lo que hemos elaborado un protocolo de desconexión.
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Coacciones y huelga: derogado el artículo 315.3 del Código Penal
La Ley Orgánica 5/2021, de 22 de abril (BOE de 23 de abril), deroga el artículo del Código Penal que castiga con la pena de prisión de un año y nueve meses hasta tres años o con la pena de multa de dieciocho meses a veinticuatro meses a quienes actuando en grupo o individualmente, pero de acuerdo con otros, coaccionaran a otras personas a iniciar o continuar la huelga.
La derogación del precepto afectado, artículo 315.3 del Código Penal, enmarcado en el título relativo a los delitos contra los derechos de las personas trabajadoras, entra en vigor el 24 de abril.
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Actuaciones de la Inspección sobre riesgos psicosociales
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha publicado un Criterio Técnico, el número 104, sobre actuaciones de este organismo en materia de riesgos psicosociales, dejando vigente el anterior 69/2009 en lo que no se oponga al actual y el 87/2011 sobre prevención del riesgo de atraco en los lugares de trabajo, -todos se pueden consultar al final de la noticia-.
El actual Criterio tiene su base en la Comunicación de la Comisión Europea de 10-1-2017 sobre “Trabajo más seguro y saludable para todos” en el que ya se señalaba que los riesgos psicosociales y en particular, el estrés laboral “suponen unos de los problemas de seguridad y salud en el trabajo más complejos y que está en progresivo aumento”. Esta situación incide en la organización del trabajo ya que las ausencias por estrés son “relativamente largas, conduce a una reducción del rendimiento y puede motivar un aumento de las siniestralidad”.
Continúa en: http://www.laboral-social.com/actuacion-itss-riesgos-psicosociales-acoso-laboral-sexual-estres.html
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7 razones por las que facilitar la conciliación laboral mejora la productividad
Es 23 de marzo se celebra el Día Nacional de la Conciliación y Corresponsabilidad, pero no debía ser necesario establecer un día para la concienciación ciudadana, ya que facilitar la conciliación de los trabajadores y la igualdad en las empresas tiene múltiples ventajas que incrementan la productividad en las organizaciones.
Quizás una de las pocas ventajas de la pandemia ha sido que nos ha abierto un poco más los ojos a la hora de establecer nuestras prioridades, apuntalando aún más a la salud y a la familia como los pilares que sustentan nuestro edificio personal, en el que se alberga también todo lo accesorio.
Salud y familia se sitúan por delante de cualquier otra prioridad para la mayor parte de los españoles, situando a la familia por encima del dinero, por lo que facilitar la conciliación, puede ser un factor determinante para retener el talento en las organizaciones o captarlo, aun ofreciendo salarios menores que otras empresas.
Continúa en: http://www.laboral-social.com/7-razones-facilitar-conciliacion-laboral-mejora-productividad.html
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