Derecho

El TSJ del País Vasco declara nulo un despido en virtud del art. 2 del RDLey 9/2020

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Despidos Covid19: Seguimos con las sentencias en torno a la polémica interpretación del art. 2 del RDLey 9/2020 (la “prohibición” de despedir). Esta vez, es el TJS del País Vasco quien declara nulo un despido.

En su sentencia, el TSJ revoca la declaración de improcedencia efectuada en primera instancia por el JS y determina que cabe declarar su nulidad dada la redacción del art. 2 del RDLey 9/2020.

La sentencia (sent. del TSJ de País Vasco de 23 de febrero de 2021) cuenta con un voto particular discrepante.

Entiende el TSJ que contravenir los presupuestos del marco de los arts. 22 y 23 RDL 8/2020 es una actuación contraria a la norma cogente – art. 9 RDL 9/2020- Ergo: nula.

Continúa en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/despidos-covid-tsj-declara-nulo-un-despido-en-virtud-del-art-2-rdley-9-2020/

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No cabe pedir la excedencia por cuidado de familiares por un hijo (mayor de 3 años) que precise ayuda escolar

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El Tribunal Supremo acaba de sentenciar que la excedencia por cuidado de familiares (artículo 46.3 párrafo 2 del ET) no incluye el supuesto de hijo mayor de 3 años que necesita ayuda escolar para superar el curso.

Hay que diferenciar este tipo de excedencia con la excedencia por cuidado de hijos, que se regula también en el artículo 46.3 del ET pero en supárrafo primero (sent. del TS de 5 de febrero de 2021, en unificación de doctrina).

En su sentencia, estima el recurso interpuesto por la compañía.

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/no-cabe-pedir-la-excedencia-por-cuidado-de-familiares-por-un-hijo-mayor-de-3-anos-que-precise-ayuda-escolar/

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La despenalización de los piquetes de huelga avanza en el Congreso y llega este martes a Comisión

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La derogación del artículo del Código Penal dirigido a castigar con penas de cárcel las coacciones para iniciar o continuar una huelga avanza en el Congreso de los Diputados y llega esta semana a la Comisión de Justicia para su aprobación, antes de ser examinada ante el Pleno del Congreso.

Si la Comisión de Justicia da el visto bueno, la iniciativa podría aprobarse en el próximo Pleno de la Cámara Baja, previsiblemente el 11 de marzo.

La proposición de ley plantea derogar el artículo 315.3 del Código Penal que contempla penas de prisión para estos piquetes y posibilitar la revisión de las sentencias firmes dictadas de conformidad con la legislación que se deroga.

Según el informe de ponencia al que ha tenido acceso Europa Press, la iniciativa llega a Comisión sin cambios sustanciales, únicamente varias correcciones de carácter técnico en la exposición de motivos.

Continúa en: http://elderecho.com/la-despenalizacion-de-los-piquetes-de-huelga-avanza-en-el-congreso-y-llega-este-martes-a-comision

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El TSJ del País Vasco declara nulo un despido por Covid en base al art. 2 del RDLey 9/2002 y al CC

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Seguimos con el baile de sentencias dispares en torno al art. 2 del RDLey 9/2020 (el mal llamado “prohibido despedir”). Esta vez, el TSJ del País Vasco (26 de enero de 2021) declara nulo un despido objetivo.

El propio TSJ reconoce que “esta Sala es consciente de la existencia de un importante debate doctrinal y judicial en torno a esta cuestión (si cabe o no la nulidad de los despidos en base al art. 2 del RDLey 9/2020).

La Sala entiende que, aunque el legislador no haya determinado la calificación que han de merecer estos despidos
que vulneran el artículo 2 del RDL 9/2020, nuestra consideración es que deben ser declarados NULOS:

– Al tratarse de despidos en fraude de ley, vinculada a la necesaria efectividad del derecho al trabajo del artículo 35 CE – en el que se inserta el derecho a no ser despedido sin justa causa –

– Y por la clara voluntad legislativa de impedir los despidos por causas económicas, técnicas, organizativas y productivas (ETOP) en esta crisis derivada de la COVID-19.

NOTA: Como hemos venido explicando en nuestro blog, hay tres tipos de sentencias: declarando la improcedencia, declarando la nulidad y declarado la improcedencia pero con indemnización disuasoria.

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/el-tsj-del-pais-vasco-declara-nulo-un-despido-por-covid-en-base-al-art-2-del-rdley-9-2002-y-al-cc/

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El Tribunal Supremo lo vuelve a dejar claro: la falta de claridad en las reglas del bonus “juega” a favor de los empleados

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El Tribunal Supremo ha vuelto a reiterar que en caso de falta de claridad en torno a la retribución varible (bonus) “juega” a favor de los empleados (sentencia del TS de 2 de febrero de 2021).

Estamos en este caso ante un concepto de retribución cuya variabilidad está sujeta a parámetros o cánones que ni
las personas trabajadoras afectadas, ni sus representantes conocen y que da como resultado un importe cero

La única justificación que aporta la empresa para ello es que no se han cumplido los desconocidos elementos sobre los que se configura.

Tal situación, entiende el TS, en modo alguno está amparada por el acuerdo colectivo, pues ni de la letra ni en el espíritu del mismo puede deducirse su aceptación.

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/el-tribunal-supremo-lo-vuelve-a-dejar-claro-la-falta-de-claridad-en-las-reglas-del-bonus-juega-a-favor-de-los-empleados/

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El TS avala la legitimidad de los sindicatos para negociar planes de igualdad y los equipara con un convenio

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El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que equipara los planes de igualdad con los convenios colectivos y reconoce la legitimidad de los sindicatos para negociar dichos planes con independencia de que existan centros de trabajo que no cuenten con representación sindical.

El fallo, con el que el Supremo da la razón a CCOO, da respuesta a una demanda interpuesta contra una empresa, y es contrario, según el sindicato, al criterio defendido por la CEOE, que ha presentado un recurso ante el mismo Tribunal por el modelo de negociación de los planes de igualdad en aquellas empresas sin representación legal de los trabajadores.

Continúa en: http://elderecho.com/el-ts-avala-la-legitimidad-de-los-sindicatos-para-negociar-planes-de-igualdad-y-los-equipara-con-un-convenio

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Del ERTE al ERE por Covid-19: avalado un despido colectivo al existir una nueva causa

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Del ERTE al ERE por Covid-19: empezamos a tener los primeros pronunciamientos judiciales. En esta sentencia, se avala el despido colectivo de una compañía al existir una nueva causa y agravamiento de las que motivaron el ERTE.

Razona el tribunal que en este caso, la decisión extintiva adoptada por la empresa, en base a causas ETOP es cierto que lo es en base a la concurrencia de las causas que motivaron los ERTEs, pero también en base a la concurrencia de nuevas causas.

En concreto, la cancelación de otros contratos producida en agosto de 2020 por un importe de 12 millones de euros, que ha venido a agravar la situación económica de la empresa, con incidencia en la notable disminución de la producción.

Por tanto, concluye la sentencia, con arreglo a la jurisprudencia existente en la materia (ERE tras ERTE), se cumplen las condiciones para permitir a la empresa la adopción de la extinción de contratos (sent. del TSJ de Aragón de 15 de febrero de 2021).

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/del-erte-al-ere-por-covid-19-avalado-un-despido-colectivo-al-existir-una-nueva-causa/

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AN. La empresa no está obligada a facilitar a la RLT, con el fin de que envíe comunicados sindicales, los correos creados por los empleados para el teletrabajo a causa de la COVID-19

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Tutela de los derechos de liberad sindical y demás derechos fundamentales. Sector de Contact Center. Pretensión de que se declare nula la práctica empresarial de no facilitar al sindicato demandante los correos electrónicos creados por los trabajadores por indicación de la empleadora para el teletrabajo, acordado de manera excepcional debido a la COVID-19, con el fin de enviar comunicados sindicales, y se reconozca el derecho de los representantes de los trabajadores a repartir comunicados e información sindical por medio de dichos correos electrónicos.

En el caso analizado, con motivo de la pandemia, los trabajadores han colaborado con la compañía creando una cuenta en Gmail en la que pueden acceder a chats y conectar con los compañeros, realizar formación virtual, así como recibir el acuerdo de teletrabajo. En este contexto, la empresa no tiene obligación de facilitar a la CGT la cuenta de correo electrónico de todos y cada uno de los empleados de la empresa creados en una situación excepcional y con carácter de temporalidad para el teletrabajo, ya que no se trata de correos corporativos y, por tanto, atentaría al derecho a la protección de datos de carácter personal.

Continúa en: http://www.laboral-social.com/empresa-no-esta-obligada-facilitar-rlt-envie-comunicados-sindicales-correos-creados-empleados-teletrabajo-causa-covid-19.html

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Más de un 20% de los ERTE acabarán siendo ERE, según el Consejo General de Graduados Sociales de España

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El presidente del Consejo General de Graduados Sociales de España, Ricardo Gabaldón, cree que más de un 20% de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) acabarán siendo expedientes de regulación de empleo (ERE), según ha señalado en una entrevista a Europa Press.

No obstante, Gabaldón espera que muchas de las empresas que están en ERTE puedan volver pronto a su actividad con el volumen de negocio que tenían en años anteriores, aunque considera que «el camino va a ser muy largo».

«Otras empresas, por desgracia, no van a conseguirlo y acabarán realizando un ERE, cerrando o solicitando un concurso», ha pronosticado, tras afirmar que es «muy difícil» cuantificar cuántas empresas acabarán en esta situación «cuando hoy todavía no se puede señalar una fecha fin para la crisis sanitaria».

Desde su punto de vista, será necesario prorrogar los ERTE más allá del 31 de mayo aunque no haya estado de alarma. Por ello, ha instado a que se trabaje ya en este sentido con tiempo, para que no se alcance un acuerdo «precipitado».

Preguntado sobre el último acuerdo alcanzado entre el Gobierno y los agentes sociales para prorrogar esta herramienta, el representante del Consejo General de Graduados Sociales ha apuntado que se alcanzaron «pequeñas, pero importantes mejoras», pero ha afirmado que echa en falta «más propuestas» respecto a la simplificación de trámite.

Gabaldón también ha echado de menos que no se haya contado con los graduados sociales, que asesoran mayoritariamente a las pymes y autónomos y son «el termómetro para saber qué carencias tienen».

Continúa en: http://elderecho.com/mas-de-un-20-de-los-erte-acabaran-siendo-ere-segun-el-consejo-general-de-graduados-sociales-de-espana

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Despido disciplinario de trabajadora por hablar horas por teléfono con una compañera

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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha confirmado el despido disciplinario de una trabajadora que pasó horas hablando desde el teléfono de la oficina con una compañera que también fue despedida.

Ambos despidos fueron declarados procedentes por el Juzgado de lo Social número 1 de Cáceres, pero sólo una de las demandantes decidió recurrir la resolución que ahora ha sido confirmada.

La sentencia, de 30 de noviembre de 2020, recoge como hechos probados que la empresa para la que trabajaban abrió una investigación en septiembre de 2019 y comprobó que en 20 días laborables hablaron entre sí, por el teléfono fijo de la empresa, durante 11 horas y 47 minutos, cruzando diariamente entre siete y ocho llamadas.

En los 21 días laborables del mes de octubre de 2019 hablaron 14 horas y 45 minutos, hablaron 56 minutos el 31 de octubre, 69 minutos el 29 de octubre y 62 minutos el 28 de octubre.

Continúa en: http://elderecho.com/despido-disciplinario-de-trabajadora-por-hablar-horas-por-telefono-con-una-companera?utm_medium=email&utm_source=newsletter&utm_campaign=20210218_Nwl

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