Author: Área Comunicación CGT Metal Madrid
La AEPD, preocupada por la toma de temperatura por comercios, centros de trabajo y otros establecimientos

La paulatina retirada de las medidas de confinamiento y limitación de la actividad económica y social está determinando la implantación de medidas encaminadas a prevenir nuevos contagios de Covid–19. Entre estas medidas se está incluyendo, aparentemente de forma generalizada y en muy variados entornos, la toma de temperatura de las personas para determinar la posibilidad de que puedan acceder a centros de trabajo, comercios, centros educativos u otro tipo de establecimientos o equipamientos.
En esta situación, la Agencia Española de Protección de Datos considera necesario destacar su preocupación por este tipo de actuaciones, que se están realizando sin el criterio previo y necesario de las autoridades sanitarias.
Tratamiento de datos personales sensibles
Debe señalarse, en primer lugar, que este tipo de operación supone un tratamiento de datos personales que, como tal, debe ajustarse a las previsiones de la legislación correspondiente. Esta normativa contiene apartados específicos que contemplan situaciones como la actual, al tiempo que permiten seguir aplicando los principios y garantías que protegen el derecho fundamental a la protección de datos.
Este tratamiento de toma de temperatura supone una injerencia particularmente intensa en los derechos de los afectados. Por una parte, porque afecta a datos relativos a la salud de las personas, no sólo porque el valor de la temperatura corporal es un dato de salud en sí mismo sino también porque, a partir de él, se asume que una persona padece o no una concreta enfermedad, como es en estos casos la infección por coronavirus.
Por otro lado, los controles de temperatura se van a llevar a cabo con frecuencia en espacios públicos, de forma que una eventual denegación de acceso a un centro educativo, laboral o comercial estaría desvelando a terceros que no tienen ninguna justificación para conocerlo que la persona afectada tiene una temperatura por encima de lo que se considere no relevante y, sobre todo, que puede haber sido contagiada por el virus.
En último extremo, y dependiendo del contexto en que se aplique esta medida, las consecuencias de una posible denegación de acceso pueden tener un importante impacto para la persona afectada.
Continúa en: http://elderecho.com/la-aepd-preocupada-la-toma-temperatura-comercios-centros-trabajo-otros-establecimientos
CGT presenta al Gobierno español una tabla reivindicativa de derechos y libertades irrenunciables para la clase trabajadora
La organización anarcosindicalista remitió una carta al presidente del Gobierno, el pasado 27 de abril, en la que exige que la clase trabajadora no vuelva a asumir el coste de una nueva crisis
CGT reivindica el fin de la precarización y la explotación laboral en trabajos como los que han sustentado la vida de nuestra sociedad durante la pandemia de Covid-19
La Confederación General del Trabajo (CGT) ha informado sobre una nueva carta remitida al Ejecutivo de Sánchez e Iglesias en la que presenta una tabla reivindicativa de derechos que considera imprescindibles para la clase trabajadora en los tiempos que se presentan. En este sentido, la CGT ha expresado al presidente que las trabajadoras y los trabajadores de este país no pueden volver a soportar las consecuencias de otra “crisis” como la de 2010.
CGT recuerda que, con la excusa de la “crisis”, en los últimos 10 años se han normalizado las políticas de austeridad que se han aplicado solamente a la clase trabajadora con el objetivo de que banqueros, empresarios y ricos en general siguieran manteniendo sus privilegios y beneficios.
CGT considera que no es justo que quienes no habían ocasionado la crisis de hace 10 años la pagaran, igual que hora tampoco lo será si vuelve a recaer sobre la misma gente. Por todo ello, desde la CGT han presentado una serie de reivindicaciones para evitar que sean las personas de clase trabajadora quienes soporten las consecuencias socioeconómicas derivadas del “coronavirus”.
Los anarcosindicalistas piden que la Banca devuelva el dinero público con el que fue rescatada, la recuperación del poder adquisitivo perdido por los recortes, el respeto del mínimo de IPC anual al incrementar los salarios, que no se produzcan despidos mientras dure esta crisis, la reducción de la jornada laboral y el reparto del trabajo asalariado y de cuidados, la prohibición de hacer horas extras y la creación de trabajo estable, la puesta en marcha de medidas contra el machismo y la violencia contra las mujeres, empleos compatibles con la vida, la reducción de la edad de jubilación, un Sistema Público de Pensiones dignas para todas las personas, la creación de una Renta Básica de las Iguales (RBis) que cubra las necesidades de la gente más vulnerable, garantizar los Servicios Públicos básicos para toda la población, medidas concretas para luchar contra la emergencia climática, garantías para que las máquinas que sustituyen la mano de obra humana coticen para mantener los servicios públicos, vivienda digna para todas las personas, garantías de protección de los derechos y libertades de las personas migrantes, garantías para que la juventud tenga posibilidades de construir aquí un proyecto de futuro sin necesidad de emigrar y medidas reales contra la despoblación, el envejecimiento y la falta de Servicios Públicos en el medio rural.
Gabinete de prensa del Comité Confederal de la CGT
La OIT advierte que casi la mitad de la población activa mundial podría perder su fuente de ingresos
La caída constante de las horas de trabajo a nivel mundial a causa del brote de COVID-19 significa que 1.600 millones de trabajadores de la economía informal, esto es, casi la mitad de la población activa mundial, corre peligro inminente de ver desaparecer sus fuentes de sustento, advierte la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Según «El Observatorio de la OIT: El COVID-19 y el mundo del trabajo» (III Edición), presentado ayer, 29 de abril de 2020, la caída de las horas de trabajo en el actual trimestre (segundo) de 2020 podría superar con creces a la estimada anteriormente.
En comparación con los niveles anteriores a la crisis (cuarto trimestre de 2019), ahora se prevé un deterioro del 10,5 por ciento, el equivalente a 305 millones de empleos a tiempo completo (asumiendo una semana laboral de 48 horas semanales).
Según la previsión anterior, el descenso sería del 6,7 por ciento, el equivalente a 195 millones de empleados a tiempo completo. Ello se debe a la prolongación y la ampliación de las medidas de confinamiento.
Por lo que respecta a las regiones, la situación ha empeorado para la totalidad de los principales grupos regionales.
Las estimaciones indican una pérdida de horas de trabajo equivalente al 12,4 por ciento en el segundo trimestre en las Américas (frente a los niveles anteriores a la crisis) y al 11,8 por ciento en Europa y Asia Central. Las estimaciones para el resto de los grupos regionales son bastante cercanas, y todas superan el 9,5 por ciento.
Las 10 situaciones que se le pueden presentar a un trabajador desplazado en tiempo de coronavirus
El próximo 30 de julio de 2020 entrará en vigor la Directiva (UE) 2018/957 por la que se reforma la Directiva 96/71/CE sobre desplazamiento de trabajadores transnacionales. A este respecto, las situaciones en las que puede verse implicado un trabajador desplazado son analizadas por el abogado Luis Vidal Martín para nuestra web.
Las novedades introducidas por la Directiva (UE) 2018/957 pueden sintetizarse en tres puntos:
- Garantizar una remuneración justa, de tal forma que las normas salariales del país de acogida deberán aplicarse a los trabajadores desplazados, incluyendo no solo el salario mínimo, sino también las normas salariales contempladas en normas laborales (Estatuto de los Trabajadores y convenios colectivos regionales o sectoriales).
- Mejorar las condiciones de alojamiento y manutención, que obligatoriamente correrán a cargo del empleador y no podrán descontarse del salario de los trabajadores.
- Limitar la duración del desplazamiento. La duración máxima del desplazamiento queda fijada en 12 meses, prorrogable por 6 meses más. A partir de ese momento, el trabajador podrá seguir residiendo y trabajando en el Estado miembro en el que esté destinado, pero todas sus condiciones laborales estarán sujetas a las normas del país de acogida.
En la situación de crisis sanitaria que estamos viviendo, es posible que para la fecha de 30 de julio de 2020 no se hayan levantado las restricciones de movimiento en España, Europa y en terceros Estados, por lo que de forma sobrevenida tendremos que evaluar para nuestra empresa o clientes determinados escenarios que se nos pueden presentar en tiempos de coronavirus/COVID-19, dando mayor importancia a la salud de los trabajadores que a la puesta en marcha de la propia directiva.
Continúa en: http://www.laboral-social.com/trabajador-desplazado-transnacional-covid19-directiva-96/71.html
COVID-19.Criterio de la Dirección General de Trabajo, de 1 de mayo de 2020, sobre prórroga de ERTES
La Dirección General de Trabajo ha emitido con fecha 1 de mayo de 2020 el Criterio sobre la aplicación de las medidas de suspensión y reducción de jornada durante la fase de desconfinamiento del estado de alarma, en el que teniendo en cuenta el Plan de desescalada adoptado en Consejo de Ministros el pasado 28 de abril, aclara cómo se debe proceder por parte de personas trabajadoras y empresas en relación con las medidas laborales de emergencia previstas en el Real Decreto-Ley 8/2020, particularmente en relación con las denominadas «medidas de flexibilización de los mecanismos de ajuste temporal de actividad para evitar despidos».
Conforme a este Criterio, las empresas que estuviesen aplicando las medidas de suspensión o reducción de jornada pueden renunciar a las mismas, de manera total o parcial, respecto de parte o la totalidad de la plantilla, y de forma progresiva según vayan desapareciendo las razones vinculadas a la fuerza mayor. Igualmente será posible alterar la medida suspensiva inicialmente planteada y facilitar el tránsito hacia las reducciones de jornada, que suponen un menor impacto económico sobre la persona trabajadora y permitirán atender a la paulatinamente creciente oferta y demanda de productos y servicios de las empresas.
La OIT advierte de un rebrote del Covid-19 si el retorno de trabajadores no se gestiona bien
Covid-19: La Organización Internacional del Trabajo advierte de que podría producirse una segunda ola de propagación del virus si no se garantiza la seguridad de los trabajadores que retomen su labor.
Además, la OIT da 6 recomendaciones muy claras a las empresas para garantizar en la medida de lo posible la seguridad de los trabajadores.
A medida que aumenta la presión sobre los países para que levanten paulatinamente sus restricciones en materia de confinamiento, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha instado a los gobiernos a que tomen medidas encaminadas a prevenir y controlar el COVID-19 en el lugar de trabajo, mediante una colaboración y un diálogo eficaces con organizaciones de empleadores y de trabajadores.
Justicia: Los procesos de permisos retribuidos recuperables y el Plan MECUIDA tendrán carácter urgente (RD-Ley 16/2020)
Justicia y Covid-19: El 29 de abril, se ha publicado en BOE el Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia.
Orden Jurisdiccional Social
En el orden jurisdiccional social, tendrán carácter urgente y preferente los procesos por:
- despido o extinción de contrato
- Procesos derivados del procedimiento para declarar el deber y forma de recuperación de las horas de trabajo no prestadas durante el permiso retribuido
- Procedimientos por aplicación del plan MECUIDA (art. 6 del Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo)
- Procedimientos para la impugnación individual, colectiva o de oficio de los expedientes de regulación temporal de empleo (arts. 22 y 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo)
- Los que se sustancien para hacer efectiva la modalidad de trabajo a distancia
A esto se suma el carácter preferente que tengan reconocidos otros procedimientos de acuerdo con las leyes procesales.
Covid-19: ¿Cómo se calculan los días cotizados durante la situación de ERTE Total y Parcial?
Covid-19: La Seguridad Social ha aclarado una de las dudas que tenían muchas empresas respecto al cálculo de los días cotizados durante la situación tanto de ERTE total (suspensión) como parcial.
La base diaria de cotización se calcula conforme a lo establecido en el art. 8 de la Orden de Cotización (Orden TMS/83/2019, de 31 de enero, prorrogada mediante RD–Ley 18/2019, de 27 de diciembre).
Es decir, el promedio de las bases de los últimos seis meses de ocupación cotizada, por contingencias comunes y por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, anteriores a la situación legal de desempleo.
Esta base diaria se multiplicará por el número de días cotizados del tramo en situación de ERTE Total o Parcial.
Para calcular el número de días cotizados del tramo, se tendrán en cuenta las siguientes reglas que sede Sincro nos indican: https://sincro.com.es/blog/actualidad-laboral/covid-19-como-se-calculan-los-dias-cotizados-durante-la-situacion-de-erte-total-y-parcial/ :
Directo: Lunes 4 de Mayo – Dudas Laborales por el Covid-19
Este lunes día 4, CGT vuelve con un nuevo vídeo en directo para continuar resolviendo dudas laborales. En esta ocasión contaremos con Miguel Ángel Garrido, del Gabinete Jurídico Confederal.
Lo podréis ver a partir de las 10’00 a.m., en Rojo y Negro TV, la televisión de CGT
EPA 1 Trimestre de 2020: Los primeros reflejos del Coronavirus. Recogiendo los frutos de lo sembrado
Antes de la llegada de la pandemia, las relaciones laborales y la dinámica del mercado laboral, ya estaban lo suficientemente dañadas tras tantos años de flexibilización de las relaciones laborales y desregulación del mercado de trabajo, dando lugar a la institucionalización de la precariedad de nuestros empleos y nuestra vida personal. Años de duras cargas y daños que no han hecho más que aumentar la desigualdad, hasta convertir al Estado español en una de las economías con mayores índices de pobreza y desigualdad de toda Europa.
Todo ello ha erosionado y tambaleado una parte importante de los pilares donde se sostienen y se desarrollan las relaciones laborales. Una situación que no solo hemos denunciando desde CGT, sino que, hasta el mismo relator de la ONU, el pasado mes de febrero, denunciaba la desigualdad y la pobreza en este país.
Los últimos datos mensuales de empleo publicados por el ministerio a principios de abril, la Seguridad Social perdió 899.000 afiliados, de los cuales el 81% del empleo han sido contratos temporales. Un hecho que explica, por un lado, que uno de los colectivos más castigado es la población joven, ya que el 34% del empleo destruido eran menores de 30 años. Y por otro, que los sectores más golpeados por la destrucción de empleo hayan sido, la construcción (-17,08%), la hostelería y hospedería (-14,27%) y servicios auxiliares (8,91%).
Datos escalofriantes a los que hay que sumar los 450.296 expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) y las 3.889.000 de personas afectadas por éstos, muchos de los cuales son fraudulentos.
No cabía ninguna duda, que la Encuesta de Población Activa (EPA) del primer trimestre de 2020 iba a ser negativa. Sin embargo, al ser una encuesta trimestral, ésta no ha sido capaz de reflejar la realidad actual. Siendo conscientes de las limitaciones, la información que aporta la EPA nos parece preocupante, y es sólo la punta del iceberg de una nueva crisis que vuelve a golpear a la clase trabajadora con mucha fuerza.
Uno de los datos más preocupantes es el desempleo, que vuelve a porcentajes similares a los de 2013. El paro ha aumentado en 121.000 personas y la tasa de paro total se sitúa en 14,41%, un 4,5% mayor que el trimestre anterior y un 1,9% que el primer trimestre de 2019, situando la tasa de paro femenino en el 19,3% y la masculina en el 14,6%
Sin embargo, muchas de las personas despedidas no están contabilizadas -porque no cumplían con el perfil de empleado que busca otro empleo- por ello es importante poner el foco en las inactivas, que han aumentado 257.500 personas. En relación a la ocupación, ésta se ha reducido en 285.600 personas, una cifra a la que hay que sumar a todas aquellas personas afectadas por los ERTE con suspensión de empleo. Esta fuerte destrucción de empleo supone una dura y difícil realidad para unos 600.000 hogares que no perciben ningún tipo de ingreso.
El 80% de las nuevas paradas, según datos del ministerio, corresponde a personas con contrato temporal. Una consecuencia más que facilita la destrucción de empleo a un coste cero y que da lugar a efectos como la reducción de la tasa de trabajadores temporales -en un 1,1%- respecto al total de trabajadores, como resultado de la fuerte destrucción de este tipo de contratos con una duración definida.
Como decíamos al principio de este comunicado, las consecuencias del COVID son un fiel reflejo de la frágil estructura de relaciones laborales, debilitada, especialmente, en los últimos años de crisis. La EPA del primer trimestre de 2020, sigue mostrando problemáticas estructurales que no hacen más que agravar, si cabe, la situación de la clase trabajadora. Además del desempleo destruido, nos encontramos con más de 444 mil personas que llevan más de un año buscando empleo y 930,8 mil personas desempleadas desde hace más de dos años. En relación a la duración de los contratos, más de 430 mil contratos tienen una duración inferior a 3 meses, de los cuales, un tercio de éstos tienen una duración inferior a un mes.
Además de la fuerte temporalidad del mercado laboral español -el 25%- y de la fuerte presencia de personas con una relación laboral inferior a tres meses, otra de los rasgos característicos es la creciente parcialidad. Más de 2,8 millones de trabajadores cuentan con un contrato parcial, siendo las mujeres las mayores perceptoras, el 74% del total. Partiendo de que más del 50% de las personas con este tipo de relación están sujetos a ella de forma involuntaria, por no haber encontrado un trabajo a tiempo completo, y casi el 18% reconoce tener este tipo de contrato por obligaciones familiares y cuidados, nos encontramos con que la parcialidad no es más que una fuente de pobreza y segregación por sexos. Esta tendencia a la precarización y parcialidad, lo vemos también reflejado en que muchas de estas prácticas acaban incidiendo en el número de horas extras realizadas. En este primer trimestre de 2020, se han realizado más de 6,6 millones de horas extras, de las cuales el 46% siguen siendo no remuneradas a pesar de los registros y las nuevas medidas establecidas.
Es lamentable y muy preocupante que tengamos que afrontar una nueva crisis con una estructura de relaciones laborales tan frágil e insostenible. Volvemos a la amenaza y la dicotomía entre paro o explotación a límites insospechados, y esto es solo una pequeña muestra de la realidad que nos viene. La EPA solo muestra la pequeña parte de una nueva crisis, que como siempre, se ceba con la clase trabajadora y con las personas en situación más vulnerable. Pero a poco que profundicemos en toda esta información y en la realidad que vivimos, vemos que será imposible afrontar esta problemática de la mano de la precariedad como elemento troncal nuestro sistema.
Para CGT es el momento de no dejar a nadie atrás. Por eso, ahora más que nunca, contra las desigualdades sociales.
Secretariado Permanente del Comité Confederal