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Nuevos supuestos de despido nulo tras el Real Decreto-Ley 5/2023
Las nuevas disposiciones establecidas en el Real Decreto-Ley 5/2023 amplían las circunstancias en las cuales un despido podrá ser considerado nulo. Se incluyen supuestos relacionados con el embarazo, permisos parentales, enfermedades derivadas del embarazo, parto o lactancia natural, adaptaciones de jornada por conciliación familiar y violencia de género.
En el texto se establecen los nuevos supuestos de nulidad del despido con la modificación de los artículos 53.4 y 55.5 del Estatuto de los Trabajadores (ET).
Artículo 53.4 ET: Despido por causas objetivas
La reciente modificación del artículo 53.4 del ET, en vigor desde el 30 de junio de 2023, establece que la decisión de despido también será nula en los siguientes casos:
a) Cuando las personas trabajadoras se encuentren en periodos de suspensión del contrato de trabajo debido al nacimiento, permiso parental o enfermedades derivadas del embarazo, parto o lactancia natural, o cuando se notifique la decisión de despido dentro de dichos periodos de suspensión.
b) En el caso de trabajadoras embarazadas, aquellas que hayan solicitado uno de los permisos contemplados en el artículo 37, apartados 3.b), 4, 5 y 6, o que estén disfrutando de ellos, así como las que hayan solicitado o estén disfrutando de adaptaciones de jornada previstas en el artículo 34.8 o de la excedencia establecida en el artículo 46.3. También se incluye a las trabajadoras víctimas de violencia de género por ejercer su derecho a la tutela judicial efectiva o los derechos reconocidos en esta ley para su protección o asistencia social integral.
El artículo 34.8 del ET regula la solicitud de adaptación de jornada por razones de conciliación, y entre estas razones se encuentra la posibilidad de solicitar teletrabajo.
Por otro lado, la nueva redacción del artículo 37.3.b del ET establece un permiso retribuido de cinco días por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización, que requiera reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, incluyendo familiares consanguíneos de la pareja de hecho, así como cualquier otra persona que conviva con el trabajador en el mismo domicilio y requiera cuidados.
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COMUNICADO ELECCCIONES ACTREN 2023
El Pasado 14 de junio se celebraron elecciones sindicales para elegir los 13 representantes de las personas trabajadoras de ACTREN Mantenimiento Ferroviario en la Comunidad de Madrid. CGT presentó por primera vez candidatura para los tres representantes del colegio de Técnicos, donde hemos obtenido una representante. En el colegio de Especialistas hemos conseguido 5 representantes, pasando a tener uno más que en el anterior comité. Hay que destacar que la participación ha alcanzado un 70%, que es alta teniendo en cuenta la turnicidad de la mayoría de los puestos de trabajo.
Agradecemos a todas las personas que nos han confiado la defensa y avance en sus derechos para estos próximos 4 años. También damos las gracias a los compañeros y compañeras que han dado el paso para presentarse en nuestras listas y al apoyo recibido del Sindicato CGT Metal Madrid, tanto de los miembros del SP como del asesoramiento y acompañamiento del departamento de expansión.
Resultados:
Técnicos 71 votantes
38 votos ccoo……. 2 delegados
32 cgt ……………….. 1 delegado
1 voto nulo
Especialistas 224 votantes
Ccoo…….115 votos…… 5 delegados
Cgt ……….104 votos….. 5 delegados
5 votos nulos
Sección Sindical de ACTREN Madrid