Seguridad y Salud

Vuelta al trabajo tras el Covid-19: la OIT publica orientaciones en materia de salud y seguridad

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La OIT publica orientaciones para una vuelta al trabajo que garantice la seguridad y la salud durante la pandemia de la COVID-19.

Desde la entidad recuerdan que el enfoque de las políticas de regreso al trabajo debe centrarse en las personas, situar los derechos y las normas internacionales del trabajo en el meollo de las estrategias económicas, sociales y medioambientales.

Asimismo, recuerdan que las directrices de política general estén integradas en los sistemas nacionales de seguridad y salud en el trabajo (SST).

Qué dice la Nota Orientativa de la OIT

El enfoque de las políticas de regreso al trabajo debe centrarse en lo humano y situar los derechos de las personas como prioridad de las políticas económicas, sociales y medioambientales.

El diálogo social –que congrega a las organizaciones de trabajadores y de empleadores– será crucial para generar la confianza y las políticas eficaces necesarias para una vuelta al trabajo segura.

La Nota se basa en documentos de orientación de especialistas de la OIT y en las normas internacionales del trabajo, que proporcionan un marco normativo para generar una vuelta al trabajo segura.

El documento insiste en la necesidad de que las directrices de política se integren en los sistemas nacionales de seguridad y salud en el trabajo , pues sientan las bases de un entorno laboral seguro.

Por lo tanto, explican desde la OIT, esta Nota puede contribuir a una cultura de mejoras continuas a escala nacional y en esferas tales como la administración, las instituciones, los instrumentos legales y reglamentarios, las inspecciones del trabajo y la recopilación de información.

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La OIT publica orientaciones para una vuelta al trabajo que garantice la seguridad y la salud durante la pandemia de la COVID-19

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El enfoque de las políticas de regreso al trabajo debe centrarse en las personas, situar los derechos y las normas internacionales del trabajo en el meollo de las estrategias económicas, sociales y medioambientales, y apuntar a que las directrices de política general estén integradas en los sistemas nacionales de seguridad y salud en el trabajo (SST).

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha publicado dos documentos de orientación sobre condiciones seguras y eficaces en la vuelta al trabajo durante la pandemia de la COVID-19.

En la Nota Orientativa se indica que el enfoque de las políticas de regreso al trabajo deben centrarse en lo humano y situar los derechos de las personas como prioridad de las políticas económicas, sociales y medioambientales. El diálogo social –que congrega a las organizaciones de trabajadores y de empleadores– será crucial para generar la confianza y las políticas eficaces necesarias para una vuelta al trabajo segura.

La Nota se basa en documentos de orientación de especialistas de la OIT y en las normas internacionales del trabajo, que proporcionan un marco normativo para generar una vuelta al trabajo segura. El documento insiste en la necesidad de que las directrices de política se integren en los sistemas nacionales de seguridad y salud en el trabajo , pues sientan las bases de un entorno laboral seguro. Por lo tanto, esta Nota puede contribuir a una cultura de mejoras continuas a escala nacional y en esferas tales como la administración, las instituciones, los instrumentos legales y reglamentarios, las inspecciones del trabajo y la recopilación de información.

Los trabajadores deben sentirse seguros en el lugar de trabajo, tanto de los riesgos directamente relacionados con la COVID-19 como de los riesgos indirectos, incluso respecto de cuestiones psicosociales y riesgos ergonómicos ligados a posturas laborales incómodas o en condiciones deficientes al trabajar a distancia, indican las directrices. Deben tener derecho a apartarse de toda situación «sobre la que tengan razones justificadas para creer que presenta un peligro inminente y grave para su vida o su salud», y «deben ser protegidos contra toda clase de consecuencias indebidas».

Continúa en: http://www.laboral-social.com/OIT-publica-orientaciones-vuelta-trabajo-garantice-seguridad-salud-durante-pandemia-COVID-19.html

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Derecho a la protección de datos en el ámbito laboral durante la crisis del COVID-19: Legitimidad del tratamiento y cuestiones prácticas

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La crisis sanitaria del Covid-19 suscita múltiples cuestiones relacionadas con la protección de datos en el ámbito laboral, y además lo hace respecto de una categoría de datos especialmente sensibles, como son los datos relativos a la salud. ¿Puede la empresa exigir a su personal que informe si alguno de ellos o sus familiares tienen síntomas compatibles con el Covid-19? ¿Puede la empresa obligar a su personal a someterse a tests de temperatura o de detección? ¿Hasta qué punto puede revelarse información sobre las personas empleadas que han resultado infectadas por el coronavirus, con la finalidad de alertar o prevenir a sus compañeros de trabajo?

El Comité Europeo de Protección de Datos fijó las líneas generales de su posición en relación con el tratamiento de datos personales en el contexto de la crisis sanitaria del Covid-19, en una declaración del pasado 19 de marzo de 2020. En ella deja meridianamente claro que el Reglamento General de Protección de Datos (Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016) y demás normativa de protección de datos no debe per se obstaculizar las medidas que hayan de tomarse en la lucha contra la pandemia del coronavirus. Dicho esto, incluso en estas circunstancias excepcionales, los responsables y encargados del tratamiento deberán garantizar la protección de datos de los interesados, en particular el respeto al tratamiento legal de los datos y a los principios de protección de datos. En el espíritu de esta declaración observamos que ni la protección de datos debería invocarse como excusa para no implementar todas las medidas necesarias y útiles en la lucha contra la pandemia ni, a la inversa, la crisis sanitaria debería utilizarse para sacrificar el derecho de protección de datos, más allá de lo estrictamente necesario. En suma, una llamada a la debida ponderación de los derechos e intereses en conflicto.

Por lo que respecta a la postura de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), resulta de especial interés el informe emitido por su Gabinete Jurídico sobre los tratamientos de datos en relación con el COVID-1 (N/REF: 0017/2020), el comunicado en relación con la toma de temperatura por parte de comercios, centros de trabajo y otros establecimientos, de 30 de abril de 2020, y el documento de preguntas frecuentes.

Continúa en: http://elderecho.com/derecho-la-proteccion-datos-ambito-laboral-la-crisis-del-covid-19-legitimidad-del-tratamiento-cuestiones-practicas

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La AN recuerda que los reconocimientos médicos deben hacerse en jornada y horario laboral

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La Audiencia Nacional ha dictado una reciente sentencia en la que recuerda que los reconocimientos médicos (voluntarios u obligatorios) se tienen que realizar en jornada y horario laboral (sent. de la AN de 2 de marzo de 2020).

El tiempo invertido en realizar el reconocimiento debe considerarse como tiempo efectivo de trabajo.

Además, deja claro (frente al criterio de la empresa) que en el caso de los vigilantes de seguridad, el reconocimiento médico es obligatorio (no voluntario).

Y esto es así porque frente al derecho a la intimidad, en este caso existe otro interés preponderante: el del resto de trabajadores o de terceras personas, cuya integridad física y salud pueden depender, en no pocas ocasiones, del estado de salud del trabajador vigilante de seguridad o escolta.

Continúa y conoce el caso enjuiciado en:http://sincro.com.es/blog/tribunales/la-an-recuerda-que-los-reconocimientos-medicos-deben-hacerse-en-jornada-y-horario-laboral/

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Covid-19: En los centros de trabajo sólo se realizarán pruebas PCR a casos sospechosos

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Covid-19 y pruebas PCR en empresas. El Ministerio de Sanidad ha actualizado sus «Instrucciones sobre la realización de pruebas diagnósticas para la detección del COVID-19 en el ámbito de las empresas».

Según las nuevas Instrucciones, los servicios de prevención de riesgos laborales que realizan actividades sanitarias deben limitar la utilización de pruebas diagnósticas a los ámbitos de actuación establecidos.

El documento, trabajado y consensuado con las comunidades autónomas, y aprobado por la Ponencia de Salud Laboral, recuerda que las pruebas PCR deben realizarse a todo caso sospechoso de infección en las primeras 24 horas.
El texto, que complementa la «Estrategia de diagnóstico, vigilancia y control en la fase de transición de la pandemia de COVID-19», considera crucial a los servicios de prevención en el ámbito de la empresa.

En este sentido, el documento incide en la importancia de su colaboración con las autoridades sanitarias en la detección precoz de todos los casos compatibles con COVID-19 para controlar la transmisión.

Continúa en: http://sincro.com.es/blog/actualidad-laboral/covid-19-en-los-centros-de-trabajo-solo-se-realizaran-pruebas-pcr-a-casos-sospechosos/

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Covid-19: Las 10 recomendaciones del INSST para abordar los riesgos psicosociales en las empresas con actividad presencial

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Covid-19: El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) ha elaborado un listado con 10 recomendaciones preventivas para abordar los riesgos psicosociales en las empresas con actividad presencial.

Desde el INSS explican que el inicio de las medidas de desconfinamiento conduce a una exposición mayor al riesgo de contagio y muchas personas pueden vivir esta situación con miedo, no solamente por ellas sino también por sus familiares.

Además hay que tener en cuenta que las condiciones de trabajo pueden haber cambiado sustancialmente, en ocasiones con un incremento notable de la carga de trabajo y con nuevas pautas de relación social y nuevos procedimientos de trabajo, lo que puede contribuir a incrementar el riesgo de sufrir estrés laboral.

Todas estas circunstancias requieren poner el foco en el manejo de los factores de riesgo psicosocial.

Continúa en: http://sincro.com.es/blog/actualidad-laboral/covid-19-las-10-recomendaciones-preventivas-del-insst-riesgos-psicosociales/

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