Derecho

Más de un 20% de los ERTE acabarán siendo ERE, según el Consejo General de Graduados Sociales de España

Posted on Updated on

El presidente del Consejo General de Graduados Sociales de España, Ricardo Gabaldón, cree que más de un 20% de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) acabarán siendo expedientes de regulación de empleo (ERE), según ha señalado en una entrevista a Europa Press.

No obstante, Gabaldón espera que muchas de las empresas que están en ERTE puedan volver pronto a su actividad con el volumen de negocio que tenían en años anteriores, aunque considera que “el camino va a ser muy largo”.

“Otras empresas, por desgracia, no van a conseguirlo y acabarán realizando un ERE, cerrando o solicitando un concurso”, ha pronosticado, tras afirmar que es “muy difícil” cuantificar cuántas empresas acabarán en esta situación “cuando hoy todavía no se puede señalar una fecha fin para la crisis sanitaria”.

Desde su punto de vista, será necesario prorrogar los ERTE más allá del 31 de mayo aunque no haya estado de alarma. Por ello, ha instado a que se trabaje ya en este sentido con tiempo, para que no se alcance un acuerdo “precipitado”.

Preguntado sobre el último acuerdo alcanzado entre el Gobierno y los agentes sociales para prorrogar esta herramienta, el representante del Consejo General de Graduados Sociales ha apuntado que se alcanzaron “pequeñas, pero importantes mejoras”, pero ha afirmado que echa en falta “más propuestas” respecto a la simplificación de trámite.

Gabaldón también ha echado de menos que no se haya contado con los graduados sociales, que asesoran mayoritariamente a las pymes y autónomos y son “el termómetro para saber qué carencias tienen”.

Continúa en: http://elderecho.com/mas-de-un-20-de-los-erte-acabaran-siendo-ere-segun-el-consejo-general-de-graduados-sociales-de-espana

Compártelo

Despido disciplinario de trabajadora por hablar horas por teléfono con una compañera

Posted on Updated on

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha confirmado el despido disciplinario de una trabajadora que pasó horas hablando desde el teléfono de la oficina con una compañera que también fue despedida.

Ambos despidos fueron declarados procedentes por el Juzgado de lo Social número 1 de Cáceres, pero sólo una de las demandantes decidió recurrir la resolución que ahora ha sido confirmada.

La sentencia, de 30 de noviembre de 2020, recoge como hechos probados que la empresa para la que trabajaban abrió una investigación en septiembre de 2019 y comprobó que en 20 días laborables hablaron entre sí, por el teléfono fijo de la empresa, durante 11 horas y 47 minutos, cruzando diariamente entre siete y ocho llamadas.

En los 21 días laborables del mes de octubre de 2019 hablaron 14 horas y 45 minutos, hablaron 56 minutos el 31 de octubre, 69 minutos el 29 de octubre y 62 minutos el 28 de octubre.

Continúa en: http://elderecho.com/despido-disciplinario-de-trabajadora-por-hablar-horas-por-telefono-con-una-companera?utm_medium=email&utm_source=newsletter&utm_campaign=20210218_Nwl

Compártelo

La indemnización por extinción indemnizada del contrato en virtud de una msct está exenta de tributación

Posted on Updated on

Hacienda ha vuelto a reiterar que la indemnización percibida por extinción indemnizada del contrato en virtud de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo (msct) está exenta de tributación.

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/actualidad-fiscal-contable/la-indemnizacion-por-extincion-indemnizada-del-contrato-en-virtud-de-una-msct-esta-exenta-de-tributacion/

Compártelo

El Tribunal Supremo entiende que cabe denegar el permiso por nacimiento aunque el convenio establezca su disfrute

Posted on Updated on

Importante sentencia del Tribunal Supremo en la que determina que cabe denegar los días de permiso por nacimiento de hijo aunque los contemple el convenio colectivo (sent. del TS de 21 de enero de 2021)

Razona el TS que si adicionalmente se mantuviera el permiso retribuido de dos días por nacimiento de hijo, tan vinculado a la menor duración de la anterior suspensión del contrato por paternidad, se daría la paradoja de que el padre (progenitor distinto de la madre biológica) podría llegar a tener un periodo de tiempo de exoneración de la obligación de trabajar superior al de la propia madre biológica.

NOTA: La Audiencia Nacional ha venido determinando en varias sentencias que el permiso por nacimiento de hijo, aunque ya no esté vigente (por la ampliación y progresiva equiparación de los permisos de maternidad y paternidad), sí tenían que seguir concediéndolo las empresas cuando así estuviese contemplado en convenio colectivo.

Por tanto, la sentencia del Tribunal Supremo es más relevante porque el criterio de la Audiencia Nacional ha venido sido justo el contrario.

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/el-tribunal-supremo-entiende-que-cabe-denegar-el-permiso-por-nacimiento-aunque-el-convenio-establezca-su-disfrute/

Compártelo

No vulnera el derecho a la desconexión digital convocar un curso fuera del horario habitual

Posted on Updated on

El derecho a la desconexión digital (Art. 88 de la LOPDGDD) empieza a ser fuente de conflicto en los tribunales. Un ejemplo es esta sentencia en la que se avala la realización de cursos fuera del horario habitual.

Razona la sentencia que cuando sea tiempo de trabajo efectivo como en este caso, no le es aplicable el derecho de desconexión digital (sent. del TSJ de Madrid, sección 2, de 4 de noviembre de 2020).

Es más, incluso si fuese de aplicación el Real Decreto-ley 28/2020, que no lo es ratione temporis, no llegaría a los umbrales del artículo 1 del mismo para ser considerado como trabajo a distancia y por tanto voluntario.

NOTA: El RD-Ley 28/2020 es el que regula el trabajo a distancia (teletrabajo).

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/no-vulnera-el-derecho-a-la-desconexion-digital-convocar-un-curso-fuera-del-horario-habitual/

Compártelo

El art. 34.8 del ET no contiene un derecho absoluto de teletrabajo

Posted on Updated on

Interesante sentencia en la que se desestima la petición de un trabajador de teletrabajo de un empleado que apelaba al art. 34.8 del ET (solicitud de adaptación de la jornada) (sent. del TSJ de Castilla y León de 2 de diciembre de 2020).

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/el-art-34-8-del-et-no-contiene-un-derecho-absoluto-de-teletrabajo/

Compártelo

Un juzgado declara nulo el despido de un trabajador tras comunicar que iba a ser padre

Posted on Updated on

El Juzgado de lo Social número uno de Santander ha declarado nulo el despido de un trabajador, operador de alarmas, tras comunicar a la empresa que iba a ser padre por segunda vez y su intención de conciliar vida laboral y familiar.

Además, la sentencia, consultada por Europa Press, condena a la compañía a readmitir al empleado en el mismo puesto y con idénticas condiciones, así como a abonar los salarios que ha dejado de percibir desde el cese, en mayo de 2020.

La resolución, que ve el despido “una clara reacción” de la empresa al anuncio de paternidad, indica que antes de esa fecha, entre febrero y marzo del año pasado, el demandante estuvo de baja médica. Después, el 19 de mayo envió un correo electrónico al responsable de la empresa para comunicarle que a principios de agosto iba a ser padre por segunda vez.

Al día siguiente, su superiora jerárquica le informó que debía prestar servicios el 25, 26 y 27 de ese mes, que le correspondían descansar, para cubrir una sustitución, a lo que el trabajador contestó que entendía que eran horas extraordinarias y se le debían abonar como tal. Y reiteró además que tenía un niño de dos años y que su mujer estaba embarazada de 7 meses, por lo que la conciliación familiar era “esencial” para él.

No obstante, accedió a hacerse cargo de los servicios comunicados mediante teletrabajo, aunque la responsable le informó un día después por correo electrónico que ya no era necesario que cubriera ningún turno.

Continúa en: http://elderecho.com/un-juzgado-declara-nulo-el-despido-de-un-trabajador-tras-comunicar-que-iba-a-ser-padre

Compártelo

España firma el Protocolo Adicional a la Carta Social Europea por el que se establece un sistema de reclamaciones colectivas

Posted on Updated on

spaña firmó ayer, 4 de febrero, en la sede del Consejo de Europa en Estrasburgo el Protocolo Adicional a la Carta Social Europea por el que se establece un sistema de reclamaciones colectivas

Con la firma de este Protocolo Adicional, que abre el camino a su ratificación, nuestro país podrá terminar de adoptar todo el sistema de la Carta Social Europea.

Dicho sistema lo componen la Carta Social Europea ratificada por España; tres Protocolos Adicionales, de los que los dos primeros ya están también ratificados y la Carta Social Europea Revisada actualmente en proceso de ratificación.

Continúa en: http://sincrogo.com/blog/actualidad-laboral/espana-firma-el-protocolo-adicional-a-la-carta-social-europea-por-el-que-se-establece-un-sistema-de-reclamaciones-colectivas/

Compártelo

Las empresas no están obligadas a facilitar a los sindicatos los emails de todos los empleados

Posted on Updated on

Las empresas no tienen obligación de poner a disposición de los sindicatos una cuenta de correo electrónico corporativa ni, en consecuencia, tampoco deben facilitar el e-mail de todos los empleados de plantilla.

Si no se ha pactado expresamente esa obligación, no cabe exigirlo por parte de los sindicatos (sent. de la Audiencia Nacional de 9 de diciembre de 2020 en la que desestima la demanda interpuesta por la Federación de Servicios de CCOO).

NOTA: Se aplica en este caso el Convenio colectivo del sector de empresas de ingeniería y oficinas de estudios técnicos.

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/las-empresas-no-estan-obligadas-a-facilitar-a-los-sindicatos-los-emails-de-todos-los-empleados/

Compártelo

¿Dimisión o coacción? El Supremo avala la dimisión de dos empleados que firmaron su baja voluntaria tras comunicarles la empresa que les iba a denunciar

Posted on Updated on

¿Dimisión o coacción? El Tribunal Supremo acaba de sentenciar que es lícita la baja voluntaria (dimisión) cuando lo que hace la empresa es anunciar el posible ejercicio correcto y no abusivo de un derecho, como es el relativo a un posible despido disciplinario y la interposición de denuncia o querella.

Así lo determina el TS en su sentencia de 20 de enero de 2021 en la que desestima el recurso de casación para unificación de doctrina interpuesto por dos trabajadores que firmaron su baja voluntaria tras comunicarles su empresa que iba a denunciarles por comportamientos ilícitos y fraudulentos.

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/el-supremo-dimision-o-coaccion-baja-voluntaria/

Compártelo