Author: Área Comunicación CGT Metal Madrid

Declarado improcedente un despido disciplinario (a pesar de la gravedad de los hechos) por incumplir un trámite previsto en el convenio

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Para declarar la procedencia del despido no solo es necesario que se cumplan las notas de gravedad y culpabilidad, sino que hay que cumplir escrupulosamente todos los requisitos formales, incluyendo aquellos requisitos y/o trámites adicionales que pueda establecer el convenio colectivo.

Un buen ejemplo es esta sentencia en la que se declara la improcedencia del despido (a pesar de la gravedad de los hechos) al saltarse la empresa un trámite fijado en el convenio (sent. del TSJ de Cataluña de 22 de noviembre de 2019).

Razona la sentencia que aunque en este caso se cumplen los presupuestos necesarios para calificar la conducta del demandante de grave y culpable, sin embargo la empresa no ha cumplido el requisito previsto en los artículos 64.5 y 68.3 C.C. consistente en que tanto la imposición de sanciones por faltas graves como muy graves deberá ser notificada a la representación legal de los trabajadores.

Este incumplimiento por parte de la empresa supone un defecto esencial en la forma de imposición de la sanción a que se refiere el artículo 55.1, párrafo segundo, del E.T., cuando dice: «Por convenio colectivo podrán establecerse otras exigencias formales para el despido».

Continúa y conoce el caso enjuiciado en:
http://sincro.com.es/blog/tribunales/declarado-improcedente-un-despido-disciplinario-a-pesar-de-la-gravedad-de-los-hechos-por-incumplir-un-tramite-previsto-en-el-convenio/

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Denegada la solicitud de adaptación de la jornada a un trabajador por no justificar dificultades para conciliar (no existe una jornada a la carta)

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Nueva sentencia sobre la mal llamada «jornada a la carta» (solicitud de adaptación de la jornada, art. 34.8 del ET). Esta vez es un JS el que desestima la demanda interpuesta por un trabajador al no acreditar las dificultades para conciliar su vida laboral y familiar (sent. del JS nº 2 de Pamplona de 20 de noviembre de 2019).

Señala el tribunal  que la figura del art. 34.8 requiere buena fe por ambas partes (tanto la empresa como el trabajador).

Además, no cabe por parte de los trabajadores «aprovechar» la ventaja que ofrece la vertiente constitucional del derecho a la conciliación para interpretar las previsiones del art. 34.8 en clave de «jornada a la carta», por más que «desgraciadamente, se haya ofrecido esa imagen de la norma a la sociedad por parte de sus promotores y divulgadores».

Continua y conoce el caso enjuiciado en:
http://sincro.com.es/blog/tribunales/jornada-ala-carta-conciliar/

Derechos laborales

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AN. Son perfectamente compatibles el permiso por nacimiento de hijo recogido en convenio y la prestación por nacimiento y cuidado de menor

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Conflicto colectivo. Renault España, S.A. Efectos que tiene sobre los convenios colectivos la eliminación en el ET del permiso por nacimiento de hijos.

La nueva regulación del Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación (RDL), no suprime la licencia reconocida en el artículo 30 del Convenio colectivo analizado, por nacimiento y adopción de hijos. Aunque la empresa alega que la modificación de los artículos 37.3 b) y 48 del ET, a raíz del RDL mencionado, compensa y absorbe la regulación contenida en el convenio de empresa, la Sala declara que la novedad legislativa es compatible con los permisos que por paternidad venían disfrutándose.

Continúa la noticia en: http://www.laboral-social.com/son-perfectamente-compatibles-permiso-nacimiento-hijo-recogido-convenio-y-prestacion-nacimiento-cuidado-menor.html

Feminicidios 9 de febrero de 2020

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Asesinadas dos mujeres este fin de semana en Lugo y en Granada. “En Granada la víctima ha sido apuñalada por su expareja y en Lugo encuentran a la víctima con heridas de arma blanca en varias partes de su cuerpo.”
Desde CGT mostramos nuestro odio y repulsa ante tales sucesos y seguiremos haciéndolo hasta que desaparezca todo tipo de violencia y las vidas no corran peligro.

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¿Hay derecho a la deducción por maternidad por el acogimiento familiar temporal?

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Hacienda se acaba de pronunciar sobre si es posible beneficiarse de la deducción por maternidad en caso de acogimiento familiar temporal (Consulta Vinculante V3440-19 de 16 de diciembre de 2019).

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincro.com.es/blog/actualidad-fiscal-contable/hay-derecho-a-la-deduccion-por-maternidad-por-el-acogimiento-familiar-temporal/

La incapacidad permanente total cualificada

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Este tipo de Incapacidad Permanente Total (IPT) “cualificada” permite a los mayores de 55 años aumentar en un 20% lo que cobran por su incapacidad.

En la guía de loentiendo.com sobre los cuatro tipos de incapacidades permanentes (parcial, total, absoluta y gran invalidez), explican que lo que caracteriza a la Incapacidad Permanente Total (IPT) es que el trabajador sufre algún tipo de dolencia por la que no puede desempeñar su profesión habitual, pero si puede hacerlo en un tipo de trabajo distinto, ya sea en la misma empresa o en otra.

Continúa la noticia en: http://loentiendo.com/incapacidad-permanente-total-cualificada/