Denegada la solicitud de adaptación de la jornada a un trabajador por no justificar dificultades para conciliar (no existe una jornada a la carta)

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Nueva sentencia sobre la mal llamada «jornada a la carta» (solicitud de adaptación de la jornada, art. 34.8 del ET). Esta vez es un JS el que desestima la demanda interpuesta por un trabajador al no acreditar las dificultades para conciliar su vida laboral y familiar (sent. del JS nº 2 de Pamplona de 20 de noviembre de 2019).

Señala el tribunal  que la figura del art. 34.8 requiere buena fe por ambas partes (tanto la empresa como el trabajador).

Además, no cabe por parte de los trabajadores «aprovechar» la ventaja que ofrece la vertiente constitucional del derecho a la conciliación para interpretar las previsiones del art. 34.8 en clave de «jornada a la carta», por más que «desgraciadamente, se haya ofrecido esa imagen de la norma a la sociedad por parte de sus promotores y divulgadores».

Continua y conoce el caso enjuiciado en:
http://sincro.com.es/blog/tribunales/jornada-ala-carta-conciliar/

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