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CGT denuncia la violencia fascista contra las personas refugiadas en la frontera griega
CGT considera que el uso de las imágenes de personas refugiadas atrapadas en las fronteras griegas responde a un chantaje de Turquía ante el cual la UE no debería ceder
La Confederación General del Trabajo (CGT) ha emitido un comunicado en el que condena la violencia que el Estado griego, con el beneplácito de la Comunidad Europea e Internacional, está ejerciendo sobre las personas refugiadas que vienen huyendo de países en conflicto o sin garantías de respeto por los Derechos Humanos más elementales, como Siria, Libia o Turquía.
La organización anarcosindicalista culpa directamente a las políticas europeas en materia de migración de esta situación que se está viviendo en estos momentos en la zona. Además, argumentan desde CGT, estas políticas están fomentando un clima de racismo y xenofobia por parte de grupos de ultraderecha, que se están cebando con personas voluntarias, activistas y periodistas desplegadas en la zona mientras realizan su trabajo.
CGT considera que el Derecho al Asilo y el Derecho a Migrar son propios de cualquier ser humano en peligro y no pueden ser restringidos por ningún Gobierno o Estado para salvaguardar sus intereses. Por eso, insisten desde la CGT, no pueden seguir construyéndose espacios de internamiento para personas que no han cometido ningún delito.
En este sentido, desde CGT han manifestado su solidaridad y apoyo a todas las personas que están padeciendo en estos momentos la deshumanización de las instituciones europeas y realiza un llamamiento a toda la sociedad para que se sume a los actos de protesta que puedan organizarse contra esta situación.
CGT recuerda que las durísimas imágenes que estamos viendo en las últimas horas de menores atrapados entre fuego cruzado y botes de humo lacrimógenos no pueden mantener al Estado español mirando hacia otro lado, y exige que desde el Gobierno progresista se trabaje para frenar esta oleada de violencia en las fronteras turco-griegas.
El sueldo de los consejos del Ibex sube un 7,75%

El pago de algunos finiquitos millonarios dispara la minuta de los administradores de las grandes cotizadas
El capitalismo también tiene sus paradojas, sus espejos cóncavos que reflejan realidades deformadas. Repsol publicó sus cuentas anuales el pasado 20 de febrero con unas pérdidas históricas de 3.816 millones de euros. Las provisiones para poner al día el valor de sus activos y un litigio de su filial Talisman con la china Sinopec fueron los causantes del agujero. Minutos después de comunicar a la CNMV las cuentas, la petrolera registraba el informe de retribuciones del consejo. El sueldo de los administradores el pasado curso aumentó un 105%, hasta sumar 30,3 millones. El salto salarial se debió fundamentalmente a uno de los finiquitos de oro que con frecuencia se suceden entre la aristocracia directiva del Ibex 35.
En concreto, el que fuera secretario general de Repsol, Luis Suárez de Lezo, dejó el cargo el pasado 1 de enero (aunque sigue como consejero externo). Tras abandonar sus funciones ejecutivas recibió un total de 19,6 millones de euros. De estos, 8,74 millones corresponden a indemnización y otros 2,56 millones a una cláusula de no competencia. También ingresó en efectivo la liquidación de los planes de retribución a largo plazo (2,99 millones de euros) y recibió otros 2,94 millones como remuneración por su plan de pensiones.
Continúa la noticia en:
http://elpais.com/economia/2020/02/28/actualidad/1582915635_859694.html
10 derechos del trabajador para conciliar la vida laboral, familiar y personal

Cada vez existen más medidas legales para que trabajadores y trabajadoras puedan conciliar su trabajo con el tiempo que dedican a su vida familiar y personal. En loentiendo.com explican los 10 derechos más importantes.
El Estatuto de los Trabajadores y la Ley para la igualdad de mujeres y hombres contemplan una serie de derechos para la conciliación. Algunos son obligados y otros voluntarios.
Para conocer cada uno de los siguientes derechos solo tienes que pinchar su enlace:
- Protección por riesgo durante el embarazo
- El permiso por nacimiento y cuidados del menor
- El permiso de lactancia
- La adaptación de la jornada
- Las reducciones de la jornada laboral
- Excedencia por cuidado de hijos
- Excedencia por cuidado de familiares
- Excedencia voluntaria
- Permisos retribuidos por conciliación de vida familiar y laboral
- Aumento de las causas de despido nulo relacionadas con la conciliación familiar
Despido improcedente: hay que abonar salarios de tramitación cuando sea imposible la readmisión por cese de actividad

El Tribunal Supremo acaba de sentenciar (en unificación de doctrina) que en caso de despido improcedente, hay que abonar salarios de tramitación (además de la indemnización correspondiente) cuando sea imposible la readmisión al haber cesado la empresa en su actividad (sent. TS de 12 de febrero de 2020, unifica doctrina).
El TS unifica doctrina y determina la obligación de abonar los salarios de tramitación en caso de extinción de la relación laboral por cese de actividad, siempre y cuando se cumplan estos requisitos:
a) la solicitud de extinción de la relación laboral por el trabajador demandante; y
b) que en el acto del juicio se acredite la imposibilidad de su readmisión por cese o cierre de la empresa obligada o cualquier otra causa de imposibilidad material o legal.
La sentencia reitera doctrina (SSTS 21/7/2016, rcud. 879/2015; 19/7/2016, rcud. 338/2015, 28/11/2017, rcud. 2868/2015, 13/03/2018, rcud. 3630/2016, entre otras).
Continúa y conoce el caso enjuiciado en:
http://sincro.com.es/blog/tribunales/despido-improcedente-hay-que-abonar-salarios-de-tramitacion-cuando-sea-imposible-la-readmision-por-cese-de-actividad/
Concentración contra la masacre en Grecia

Taller de pensamiento colectivo sobre afiliacion
