Derecho
Contratas: el Supremo unifica doctrina en torno a la existencia de cesión ilegal de trabajadores
Contratas y subcontratas: el Tribunal Supremo acaba de dictar una sentencia en unificación de doctrina en torno a la existencia de cesión ilegal de trabajadores (sentencia del Tribunal Supremo de 17 de diciembre de 2019, en unificación de doctrina y que da la razón a los trabajadores).
Lee el caso y la sentencia en:
http://sincro.com.es/blog/tribunales/contratas-el-supremo-unifica-doctrina-en-torno-a-la-existencia-de-cesion-ilegal-de-trabajadores/
Selección jurisprudencia
A continuación una selección de noticias judiciales:
- TJUE. Pensión de jubilación anticipada de trabajadores migrantes: en el cálculo de la pensión mínima se incluyen las prestaciones equivalentes a cargo de otros Estados miembros
- TS. No cabe el contrato de interinidad por sustitución para cubrir la ausencia por vacaciones
- TS. Jubilación anticipada. La responsabilidad empresarial por defectos de cotización ha de ser proporcional a su incidencia sobre la prestación
- TS. Cesta de navidad que se ha entregado con reiteración en el tiempo. La supresión por causa excepcional en una anualidad concreta, no combatida por la parte social, no elimina el derecho
- TS. Bomberos de AENA. No es tiempo de trabajo el que transcurre desde que fichan en el aeropuerto hasta que acceden al parque donde se realiza el relevo
- TS. No es nulo el calendario de vacaciones anuales propuesto por la empresa y aceptado por el 80 % de la plantilla si no existe representación legal de los trabajadores
- TSJ. La declaración de no apto dictaminada por el servicio de prevención ajeno no basta para extinguir el contrato por ineptitud sobrevenida
- TSJ. Es accidente de trabajo el infarto que acontece en día no laborable si los síntomas se manifiestan prestando servicios
- AN. Despido colectivo. No es necesario aportar en el periodo de consultas las valoraciones de desempeño de los trabajadores
- AN. Trabajadores que carecen de centro de trabajo fijo o habitual. El tiempo de desplazamiento entre el domicilio y los centros del primer y del último cliente que les asigne su empresario constituye tiempo de trabajo
- JS. Cálculo de la antigüedad y unidad esencial del vínculo: una interrupción inferior al 10 % (en el caso, 564 días de un total de 6.186) no es significativa
Incapacidad Temporal: El Tribunal Supremo eliminó de facto el periodo máximo de 18 meses en la IT
En el presente caso, resuelto por la STS de 6 de noviembre de 2019 (rec. 753/2019), se trata de una trabajadora, que ha agotado el plazo máximo en situación de incapacidad temporal sin que se haya declarado la Incapacidad Permanente, se incorpora al trabajo e “inmediatamente” se le reconoce desde el médico de cabecera una nueva IT derivada de una patología similar. En este caso, el INSS deniega el derecho a prestación económica derivada del nuevo proceso de IT dado que no trascurren más de 180 días desde la IT anterior y que la patología es similar/idéntica a la anterior (depresión). Ante esta situación la trabajadora reclama ante los tribunales.
En este caso, los Tribunales de instancia y apelación dan la razón al INSS. Sin embargo, a efectos de lo que aquí interesa, el Tribunal Supremo, viene a estimar el recurso y a revocar la sentencia recurrida dado que la resolución del INSS denegatoria se fundó, exclusivamente, en que la nueva baja, cursada antes de transcurrir seis meses del fin del proceso de incapacidad temporal anterior, la ocasionaba la misma o similar patología, sin basarse en otros datos objetivos, singularmente, no analizó ni consideró si el trabajador podía recuperar su capacidad laboral realmente.
Continúa leyendo la noticia en:
http://adriantodoli.com/2020/01/09/incapacidad-temporal-el-tribunal-supremo-elimina-de-facto-el-periodo-maximo-de-18-meses-en-la-it/
El TC declara nulo el despido de un trabajador que acudió al ayuntamiento para quejarse de su empresa (adjudicataria de un centro municipal)
El Tribunal Constitucional ha declarado nulo por vulneración del derecho a la libertad de expresión el despido de un trabajador que planteó una serie de quejas y reivindicaciones laborales contra su empresa ante un ayuntamiento (Sentencia del TC 146/2019, de 25 de noviembre de 2019).
En concreto, el trabajador elevó una serie de quejas por el funcionamiento del centro municipal en el que prestaba sus servicios y cuya gestión estaba adjudicada a la empresa que le tenía contratado.
En SINCRO puedes leer el caso enjuiciado:
http://sincro.com.es/blog/tribunales/el-tc-declara-nulo-el-despido-de-un-trabajador-que-acudio-al-ayuntamiento-para-quejarse-de-su-empresa-adjudicataria-de-un-centro-municipal/
12 meses, 12 sentencias laborales clave dictadas en 2019
12 meses, 12 sentencias laborales clave dictadas por los tribunales de lo social en 2019. En SINCRO realizan una recopilación de sentencias dictadas en 2019 en materia laboral.
Continua leyendo en: http://sincro.com.es/blog/tribunales/12-meses-12-sentencias-laborales-clave-dictadas-en-2019/
BOE: Real Decreto-Ley 18/2019: 10 medidas laborales y tributarias clave
El viernes, como avanzamos en el blog de Sincro, el Consejo de Ministros aprobó un importante RD-Ley con medidas laborales y tributarias. Ayer, 28 de diciembre, se ha publicado en el BOE (RD-Ley 18/2019).
El Real Decreto-ley 18/2019, de 27 de diciembre, por el que se adoptan determinadas medidas en materia tributaria, catastral y de seguridad social, entra en vigor hoy domingo, 29 de diciembre de 2019.
Las 10 medidas clave que incorpora las puedes consultar en:
http://sincro.com.es/blog/actualidad-laboral/hoy-en-boe-el-real-decreto-ley-18-2019-10-medidas-laborales-y-tributarias-clave/
Tribunal Supremo: la indemnización por extinción de contrato de relevo es la de 12 días de salario por año trabajado
El Tribunal Supremo ha vuelto a dictar otra sentencia en la que determina que en caso de extinción de un contrato de relevo hay que abonar indemnización. Ahora bien, la indemnización es la correspondiente a la de 12 días de salario por año trabajado y no la de 20 correspondiente a los despidos objetivos (sentencia del Tribunal Supremo de 14 de noviembre de 2019).
Nota: Esta sentencia se une a otras dictadas en la misma línea por el Tribunal Supremo y que hemos analizado también en el blog de Sincro.
Continúa la noticia en:
http://sincro.com.es/blog/tribunales/tribunal-supremo-la-indemnizacion-por-extincion-de-contrato-de-relevo-es-la-de-12-dias-de-salario-por-ano-trabajado/
Multa a una consultora de riesgos laborales por no tener plan de prevención
La empresa, radicada en Palma, recurrió ante un juzgado de lo Social y más tarde ante el Tribunal Superior de Justicia. Las dos sentencias confirman que tiene que abonar las sanciones. Intentaba plantear que existía una confusión con el plan de seguridad de uno de sus clientes, una empresa de construcción, que no fue entregado a tiempo y también alegaba que, con posterioridad a las inspecciones había presentado toda la documentación y corregido las deficiencias.
Continúa la noticia en:
http://www.ultimahora.es/noticias/local/2019/12/26/1130685/riesgos-laborales-multa-consultora-plan-prevencion.html