Noticias Judiciales

El despido durante la baja médica ya es despido nulo

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Una vez más, el Tribunal de Justicia de la UE vuelve a dejar en evidencia la legislación laboral española

Como ya sucediera con el caso de los interinos, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha vuelto a poner en evidencia la legislación laboral española. En esta ocasión, el juzgado de lo Social número 33 de Barcelona ha declarado nulo un despido que se produjo durante la incapacidad temporal de un trabajador (baja médica) siguiendo la resolución del tribunal europeo.

Se trata de un caso que marca precedente ya que, de no ser por la intervención de Europa, dicho despido hubiese sido improcedente en lugar de nulo.

Continúa la noticia en:
http://www.nuevatribuna.es/articulo/economia-social/despido-baja-medica-despido-nulo/20170210120452136564.html

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Selección jurisprudencia

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A continuación una selección de noticias judiciales:

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12 meses, 12 sentencias laborales clave dictadas en 2019

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12 meses, 12 sentencias laborales clave dictadas por los tribunales de lo social en 2019. En SINCRO realizan una recopilación de sentencias dictadas en 2019 en materia laboral.

Continua leyendo en: http://sincro.com.es/blog/tribunales/12-meses-12-sentencias-laborales-clave-dictadas-en-2019/

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Multa a una consultora de riesgos laborales por no tener plan de prevención

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La empresa, radicada en Palma, recurrió ante un juzgado de lo Social y más tarde ante el Tribunal Superior de Justicia. Las dos sentencias confirman que tiene que abonar las sanciones. Intentaba plantear que existía una confusión con el plan de seguridad de uno de sus clientes, una empresa de construcción, que no fue entregado a tiempo y también alegaba que, con posterioridad a las inspecciones había presentado toda la documentación y corregido las deficiencias.

Continúa la noticia en:
http://www.ultimahora.es/noticias/local/2019/12/26/1130685/riesgos-laborales-multa-consultora-plan-prevencion.html

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¿El TJUE no ama a las mujeres con brecha de género en pensiones?: Anula el vigente complemento por contribución demográfica, sí, pero no toda acción correctora de la brecha

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Hace unos días se presentaba, en Madrid, un informe en el que se volvía a reconocer lo obvio: la «brecha de género en pensiones» existe. Las mujeres cobran una pensión media un 34,6% menos que la percibida por los hombres (791,68 € por 1.211,17€, respectivamente). La brecha en perjuicio de las mujeres aparece, con más o menos distancia, en todo tipo de pensión, incluida la de viudedad, aunque en este caso parezca «beneficiarles» [si la gran mayoría de estas pensiones las «disfrutan» mujeres es porque las han generado sus cónyuges –la gran mayoría masculinos, pues el matrimonio homosexual es reciente (2015)–]. Para cerrar, o al menos reducir, esa pesada brecha de género propone varias medidas.

Continúa la noticia en:
http://www.laboral-social.com/El-TJUE-en-sentencia-de-12-diciembre-2019-decide-que-no-solo-las-mujeres-tienen-derecho-al-complemento-de-pensiones-por-aportacion-demografica.html

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Selección jurisprudencia

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Fraude laboral: 6 meses de cárcel por explotación laboral

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La Audiencia Provincial de Ávila ha condenado a seis meses de cárcel a un hombre por explotación laboral (sentencia de la AP de Ávila de 18 de junio de 2019).

En concreto, impone una condena como autor directamente responsable de un delito contra los derechos de los trabajadores del artículo 311 apartado primero del código penal , sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Asimismo, impone una multa de seis meses con una cuota diaria de seis euros, cuyo impago dará lugar a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas.

Finalmente, deberá indemnizar al trabajador en la suma de 14.868,06 euros más el interés legal del dinero, condenando también al defraudador al pago de las costas procesales causadas incluidas las de la acusación particular.

Continúa la noticia en:
http://sincro.com.es/blog/tribunales/fraude-laboral-6-meses-de-carcel-por-explotacion-laboral/

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CGT gana una nueva batalla judicial por el derecho de las personas trabajadoras a los planes de igualdad en las ETT

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CGT manifiesta que esta sentencia es un avance para quienes sufren las fórmulas de contratación más precarias, especialmente en sectores muy feminizados

El Tribunal Supremo ha ratificado el fallo de la Audiencia Nacional en relación a la demanda promovida por la Confederación General del Trabajo (CGT) sobre el derecho que tienen las personas contratadas por empresas de trabajo temporal (ETT) a que se les apliquen las medidas acordadas en los planes de igualdad.

En concreto, el TS ha dado la razón a la CGT en la demanda contra la empresa Qualytel Teleservices, dejando claro que se reconoce el derecho del personal contratado a través de las empresas de trabajo temporal a que se les apliquen las medidas acordadas en el Plan de Igualdad de la corporación, ya sean de nueva creación o por ampliación de las recogidas en el Convenio Colectivo, condenando a la empresa “a estar y pasar por esta declaración”.

La organización anarcosindicalista considera que con esta sentencia se sientan las bases del reconocimiento a la situación en la que están muchas personas trabajadoras en estas empresas. En este sentido, la CGT explica que las personas contratadas bajo estas fórmulas sufren las condiciones laborales más precarias ya que debido a la temporalidad de sus contratos, apenas cuentan con representación sindical.

CGT también ha subrayado, tras conocerse el fallo del alto tribunal, que la actuación de estas empresas en el mercado laboral fue legalizada hace ahora 25 años para, supuestamente, atajar el paro y la precariedad. Sin embargo, el tiempo ha demostrado que no han servido para tal fin y que solo han contribuido a aumentar la explotación de las personas trabajadoras.  En este sentido, la CGT recuerda que solo en 2018 se realizaron 4.084.631 contratos, un 5’48% más que en 2017, utilizándose en ellos a 800.000 personas distintas, es decir, cada persona contratada por una ETT durante el 2018 encadenó más de 5 contratos diferentes.

Desde CGT manifiestan que continuarán peleando contra la precariedad y los abusos del sistema capitalista y en defensa de los derechos de la clase trabajadora.

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Avalado el despido de un trabajador por usar Internet para fines personales (cláusula de prohibición expresa)

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Si existe una cláusula de prohibición absoluta de acceso a internet, conocida por los empleados, es perfectamente lícito el despido disciplinario de los empleados que infrinjan dicha prohibición.

Además, si la empresa ha informado adecuadamente sobre la prohibición y es conocida por los empleados, éstos no pueden alegar vulneración de su derecho a la intimidad. Así lo acaba de sentenciar el JS de Mallorca en una reciente sentencia (JS Mallorca de 30 de agosto de 2019).

Continúa la noticia en http://sincro.com.es/blog/tribunales/avalado-el-despido-de-un-trabajador-por-usar-internet-para-fines-personales-clausula-de-prohibicion-expresa/

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Consecuencias administrativas, disciplinarias, civiles y penales de la difusión de contenidos sexuales o violentos en Internet

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Analizando el documento informativo publicado por la Agencia Española de Protección de Datos (en adelante, AEPD), repasan las consecuencias administrativas, disciplinarias, civiles y penales, para empresas y ciudadanos que supondría la difusión de contenidos sexuales o violentos en Internet.

Puedes verlo en el siguiente enlace: http://www.iberley.es/revista/consecuencias-administrativas-disciplinarias-civiles-penales-difusion-contenidos-sexuales-violentos-internet

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