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De despido nulo a procedente: no acudir a su puesto tras expedir el INSS el alta médica (Tribunal Supremo)
Son constitutivas de despido procedente las ausencias injustificadas al puesto de trabajo tras haberse expedido por el INSS el alta médica, en un proceso de incapacidad temporal (IT) que no agota los 365 días de duración (sentencia del Tribunal Supremo de 17 de abril de 2023, estima el recurso interpuesto por la empresa)
Frente a la sentencia del TSJ del País Vasco que declaró nulo el despido, el TS revoca la sentencia al entender que el indicio de vulneración de la garantía de indemnidad ha quedado desvirtuado al existir causa legal para adoptar la medida disciplinaria por las faltas repetidas e injustificadas de asistencia al trabajo.
Continúa y conoce el caso concreto enjuiciado en: https://sincrogo.com/blog/tribunales/tribunal-supremo-despido-procedente-no-reincorporarse-tras-el-alta-medica/
CGT denuncia que la atención presencia en el INSS, como muchos servicios públicos, está desapareciendo y llama a la movilización en defensa de lo público el 15-O
CGT que mantiene una campaña permanente en defensa de los servicios públicos, exige plantillas adecuadas y medios necesarios en el INSS
La organización anarcosindicalista ha realizado además un llamamiento a toda la sociedad para que secunde la gran movilización que se prepara para el 15 de octubre en Madrid
La Confederación General del Trabajo (CGT) ha explicado hoy en rueda de prensa la situación por la que pasan algunos servicios públicos esenciales para la ciudadanía, como por ejemplo, la atención presencia en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), donde los recortes en los últimos años desde la pandemia de COVID están poniendo en riesgo su funcionamiento. Según los y las anarcosindicalistas, la Dirección General del INSS ha decidido reducir la atención presencial que se ha traducido en una reducción del 60 %, es decir, en más de 2 millones de personas afectadas. Ante esta situación, CGT interpuso quejas ante el Defensor del Pueblo, institución cuya respuesta ha sido instar a la Dirección General del INSS a recuperar cuanto antes el ritmo normal de trabajo para evitar perjuicios a las personas usuarias, pero sin que todavía se haya asumido esta recomendación por parte del INSS.
Por otro lado, la CGT también ha explicado que otro de los inconvenientes derivados de estos recortes de medios humanos ha sido la creación de una brecha digital, haciendo muy complicado resolver trámites en zonas rurales o en hogares donde hay personas vulnerables por diferentes motivos (económicos, sociales, etc.). CGT recalca que se está conformando poco a poco una Administración hostil hacia la ciudadanía, y que a pesar de ser Internet una herramienta fundamental en la sociedad en la que vivimos, no se puede olvidar la un importante grupo de población que tiene muy complicado acceder y entender la dinámica de esta herramienta en nuestros días.
Desde la Federación Estatal del Personal Trabajador de la Administración Pública (FETAP) de la CGT se ha denunciado y exigido a la Administración Pública que asegure la posibilidad de atender presencialmente en todas las oficias de Empleo, Servicios Sociales, Hacienda, INSS, etc., para garantizar los derechos a la información y formación de todas las personas.
Además, en esta rueda de prensa relacionada con la urgente y necesaria defensa que se tiene que seguir haciendo de los servicios públicos de la ciudadanía, la CGT ha querido recalcar la importancia que tiene la movilización que se prepara para el próximo sábado, 15 de octubre, en Madrid. En este sentido, la organización ácrata ya declaró a través de un comunicado que ahora más que nunca es el momento de salir a la calle para reivindicar los servicios públicos que se hacen imprescindible para que las todas las personas tengan una vida digna. Por eso, desde CGT recuerdan que la clase trabajadora tiene que secundar y participar esta gran movilización, ante un escenario de crisis económica y social que como siempre están pagando las más vulnerables y precarias.
Vídeo Rojo y Negro Tv: https://www.youtube.com/watch?v=t9otf58v8y8
Gabinete de prensa del Comité Confederal de la CGT
España ratifica los Convenios de la OIT sobre trabajo a domicilio y sobre violencia y acoso en el trabajo
Convenio 177: Sobre trabajo a domicilio
El Convenio 177 sobre el trabajo a domicilio, adoptado en 1996, establece una normativa para mejorar las condiciones de las personas trabajadoras a domicilio. En España entrará en vigor doce meses después de la fecha en que haya sido registrada su ratificación. Este convenio materializa la igualdad entre los trabajadores a domicilio y el resto de personas asalariadas, sin que el lugar de prestación de trabajo suponga una discriminación en el disfrute de derechos laborales básicos.
C177 – Convenio sobre el trabajo a domicilio, 1996
Convenio 190: Sobre violencia y acoso en el trabajo
El Convenio 190 sobre la violencia y el acoso fue adoptado por la OIT en 2019 y tiene como objetivo explícito la erradicación de la violencia y el acoso «en el mundo del trabajo», un término amplio que abarca situaciones y colectivos que van más allá de la relación laboral.
Este convenio ofrece por primera vez a nivel internacional una protección contra la violencia y el acoso en el mundo del trabajo que es transversal y con perspectiva de género.
El Pozo
La ganadería industrial está devorando el planeta, y las macrogranjas son la cara más cruel y sucia de este negocio.
Las consecuencias son terribles: contaminación de aguas, emisiones de efecto invernadero, uso de enormes extensiones de tierras, deforestación para pastos y para cultivo de alimento para ganado, daños a la salud y abusos a los animales. Además, son una falsa solución contra el despoblamiento rural. Más info pinchando aquí.
Mecanismo RED
La reforma laboral incluye un nuevo mecanismo de suspensión de empleo y recualificación profesional para situaciones estructurales que se aprobarán por vía administrativa y con exoneraciones a las empresas.
El mecanismo RED permitirá que las empresas puedan acogerse a suspensión o reducción de jornadas ante la autoridad laboral.
El mecanismo es activado por el Consejo de Ministros, previa información a las organizaciones más representativas. No dirimir si las empresas, de manera individual, se pueden acoger.
Las empresas formularán solicitudes colectivas en la sede electrónica del SEPE.
La autoridad laboral permitirá acogerse a las empresas de manera individual si ha desarrollado un periodo de consultas y si hay concurrencia de causas. Las empresas podrán acceder a exoneraciones a la Seguridad Social.
Incorpora el Fondo RED adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social que financiará las necesidades del Mecanismo RED en materia de prestaciones y exoneraciones, incluida la formación.
Las personas trabajadoras percibirán el 70% de la base reguladora durante TODO EL PERIODO (hasta un máximo del 225% del IPREM).
Existen dos modalidades:
Cíclica: Ante una caída transitoria o cíclica de su demanda por causas macroeconómicas. Suspensión a parte de sus trabajadores durante un plazo máximo de un año. Durante ese periodo se incentiva la formación de los trabajadores y se establecen exoneraciones en las cotizaciones a la Seguridad Social decrecientes en el tiempo: durante los primeros 4 meses del 60%, entre el 5º y el 8º del 30% y del 20% a partir del noveno.Sectorial: Para la recualificación de trabajadores de empresas y sectores en transición que requieren cambios permanentes. Las solicitarán las organizaciones sindicales y empresariales más representativas a través de una Comisión Tripartita del Mecanismo RED e irá acompañado de un plan de recualificación. La empresa puede activar este mecanismo durante un plazo máximo de un año (seis meses, con posibilidad de prorrogar seis meses más). Se establecen exoneraciones en las cotizaciones a la Seguridad Social del 40%, condicionadas a la realización de actividades de formación. Se puede facilitar el paso de los trabajadores a otra empresa mediante su recualificación teniendo la empresa de destino una bonificación del 50% durante seis meses.
El Gobierno acuerda remitir a las Cortes Generales los convenios número 177 y 190 de la OIT
Se trata del convenio número 177, sobre trabajo a domicilio, y del número 190, referente a la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo
El Consejo de Ministros ha acordado remitir a las Cortes generales la aprobación de dos convenios de la Organización Internacional del Trabajo.
La adhesión a ambos convenios supone profundizar en la protección de los derechos laborales de las personas trabajadoras, independientemente de dónde desarrollen su actividad profesional y el respeto de los derechos fundamentales en el ámbito laboral.