Mecanismo RED

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La reforma laboral incluye un nuevo mecanismo de suspensión de empleo y recualificación profesional para situaciones estructurales que se aprobarán por vía administrativa y con exoneraciones a las empresas.

El mecanismo RED permitirá que las empresas puedan acogerse a suspensión o reducción de jornadas ante la autoridad laboral.

El mecanismo es activado por el Consejo de Ministros, previa información a las organizaciones más representativas. No dirimir si las empresas, de manera individual, se pueden acoger. 

Las empresas formularán solicitudes colectivas en la sede electrónica del SEPE. 

La autoridad laboral permitirá acogerse a las empresas de manera individual si ha desarrollado un periodo de consultas y si hay concurrencia de causas.  Las empresas podrán acceder a exoneraciones a la Seguridad Social. 

Incorpora el Fondo RED adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social que financiará las necesidades del Mecanismo RED en materia de prestaciones y exoneraciones, incluida la formación.

Las personas trabajadoras percibirán el 70% de la base reguladora durante TODO EL PERIODO (hasta un máximo del 225% del IPREM).

Existen dos modalidades:

Cíclica: Ante una caída transitoria o cíclica de su demanda por causas macroeconómicas. Suspensión a parte de sus trabajadores durante un plazo máximo de un año. Durante ese periodo se incentiva la formación de los trabajadores y se establecen exoneraciones en las cotizaciones a la Seguridad Social decrecientes en el tiempo: durante los primeros 4 meses del 60%, entre el 5º y el 8º del 30% y del 20% a partir del noveno.Sectorial: Para la recualificación de trabajadores de empresas y sectores en transición que requieren cambios permanentes.  Las solicitarán las organizaciones sindicales y empresariales más representativas a través de una Comisión Tripartita del Mecanismo RED e irá acompañado de un plan de recualificación. La empresa puede activar este mecanismo durante un plazo máximo de un año (seis meses, con posibilidad de prorrogar seis meses más). Se establecen exoneraciones en las cotizaciones a la Seguridad Social del 40%, condicionadas a la realización de actividades de formación. Se puede facilitar el paso de los trabajadores a otra empresa mediante su recualificación teniendo la empresa de destino una bonificación del 50% durante seis meses.

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