Jurisprudencia

Sentencias ERTEs por Covid-19: no es discriminatorio meter a todos los representantes en el ERTE FM si hay causas que lo justifican

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Sentencias ERTEs por Covid-19: seguimos analizando en nuestro blog sentencias que van dictando los tribunales en torno a los ERTEs debidos al Covid-19.

En esta ocasión, y respecto a la prioridad de permanencia de los representantes, un JS declara que es lícito (y no discriminatorio) incluir a todos los representantes en el ERTE por fuerza mayor si hay (como en este caso) causas que lo justifican.

Se trata de la sentencia del Juzgado de lo Social nº 7 de Valencia, de fecha 8 de junio de 2020. Esta sentencia se une a otra también muy reciente sobre inclusión lícita de la mayoría de representantes en el ERTE.

Continúa y conoce el caso enjuiciado en:
http://sincro.com.es/blog/tribunales/sentencias-ertes-por-covid-19-no-es-discriminatorio-meter-a-todos-los-representantes-en-el-erte-fm-si-hay-causas-que-lo-justifican/

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Sentencias ERTEs: Avalada la denegación de un ERTE FM al dedicarse la empresa a una de las actividades esenciales

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Sentencias ERTEs: Seguimos analizando en nuestro blog sentencias sobre ERTEs por fuerza mayor debido al Covid-19, como venimos haciendo en los últimos días.

Esta vez, la justicia avala la denegación de un ERTE presentado por una empresa de asesoramiento legal y defensa jurídica, al tratarse de una actividad expresamente incluida en la relación de actividades esenciales durante el estado de alarma (sent. del Juzgado de lo Social nº 1 de Zamora de 27 de abril de 2020).

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincro.com.es/blog/tribunales/sentencias-ertes-avalada-la-denegacion-de-un-erte-fm-al-dedicarse-la-empresa-a-una-de-las-actividades-esenciales/

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5 sentencias sobres los ERTEs por Covid-19

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Los tribunales han dictado ya varias sentencias en torno a los ERTEs por Covid-19, especialmente en el caso de ERTEs por fuerza mayor. En SINCRO recopilan algunas de ellas:

  1. Prioridad de permanencia de los representantes de los trabajadores

Respecto a la prioridad de permanencia de los representantes de los trabajadores, hay que tener claro que sí aplica en todo caso a los ERTEs por fuerza mayor.

Ahora bien, eso no significa que no pueda incluirse a todos los representantes en el ERTE. Por tanto, es lícito (y no discriminatorio) incluir a todos los representantes en el ERTE por fuerza mayor si hay (como en este caso) causas que lo justifican.

Así lo ha sentenciado el Juzgado de lo Social nº 7 de Valencia, de fecha 8 de junio de 2020, en un ERTE por fuerza mayor por Covid-19.

Lo mismo se aplica en el caso de ERTEs ETOP por Covid19 (es lícito incluir a la mayoría de representantes en el ERTE), tal y como ha sentenciado el JS nº 2 de Burgos de 1 de junio de 2020)

2. Denegación del ERTE por dedicarse a actividades esenciales

La justicia avala la denegación de un ERTE presentado por una empresa de asesoramiento legal y defensa jurídica, al tratarse de una actividad expresamente incluida en la relación de actividades esenciales durante el estado de alarma

Así lo ha sentenciado el Juzgado de lo Social nº 1 de Zamora de 27 de abril de 2020, que confirma la resolución de denegación del ERTE de la autoridad laboral.

De la interpretación sistemática de la normativa, razona la sentencia, resulta que únicamente las actividades suspendidas por el estado de alarma, y por ende excluidas las especificadas en el Anexo referido, se pueden acoger al ERTE por fuerza mayor derivada de la declaración de la alarma sanitaria.

Continua en: http://sincro.com.es/blog/tribunales/sentencias-ertes-covid/

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Sentencias ERTEs por Covid-19: Un JS avala un ERTE FM por cierre del centro de trabajo de la empresa principal

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Sentencias ERTEs por Covid-19: Seguimos, como venimos haciendo en los últimos días, analizando sentencias dictadas por los tribunales en torno a los ERTEs por fuerza mayor.

Esta vez es una sentencia muy interesante que aborda un ERTE en un caso de subcontratación de servicios: un Juzgado de lo Social avala el ERTE por fuerza mayor acometido por una empresa que prestaba servicios para otra (empresa principal) que cerró el centro de trabajo debido al Covid-19.

Frente al criterio de la autoridad laboral, que desestimó el ERTE, el Juzgado de lo Social entiende que ha quedado acreditada la causa de fuerza mayor (imposibilidad de prestar servicios por cierre del centro de trabajo) (sentencia del Juzgado de lo Social nº 6 de Oviedo de 27 de abril de 2020).

Continúa y conoce el caso enjuiciado en:http://sincro.com.es/blog/tribunales/ertes-por-covid-19/

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Libertad sindical: un convenio colectivo no puede obviar ni minorar los derechos establecidos en la LOLS

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La previsión del Convenio Colectivo sobre las Secciones Sindicales no puede desconocer ni neutralizar los derechos establecidos en el art. 10 de la LOLS (Sentencia del TS de 14 de mayo de 2020, reitera doctrina).

El caso concreto enjuiciado

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional dictó sentencia el 23 de mayo de 2018, en el proceso especial de tutela de derechos fundamentales, en la que, estimando la demanda, emitió el siguiente fallo, declarando:

» a) El derecho de UGT-FICA al nombramiento, en la empresa demandada, de tres delegados sindicales estatales con los derechos y garantías previstos en el artículo 10 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical , así como los que de dicha condición dimanan.

b) Que la empresa demandada ha de reconocer como delegados sindicales estatales de UGT-FICA, a Adolfo , Luis Pedro y Agapito, y en consecuencia, ha de permitirles y posibilitarles el ejercicio del conjunto de los derechos que dimanan de tal condición, reconocidos, entre otros, en el artículo 10.3 de la LOLS y, los de ahí derivados, tales como los que se establecen en los artículos 64 , 66.2 , 68, del ET , y 38.2 de la LPRL , y cualesquiera otros concordantes.

c) Que la empresa demandada, con su negativa durante meses al reconocimiento de los delegados sindicales nombrados, ha vulnerado el derecho de libertad sindical.

Condena a la empresa además a abonar al sindicato la cantidad de 1.500 euros en concepto de indemnización por el daño moral soportado.

La sentencia de la Sala de lo Social de la AN estimó la demanda al considerar, tras recordar lo preceptuado en la LOLS, que la jurisprudencia que ha interpretado los preceptos legales en liza llevan a la estimación de la pretensión de los demandantes, con cita de la doctrina recogida en la sentencia de 8 de febrero de 2018.

Y ello porque lo dispuesto en el Convenio Colectivo, en su art. 37, no viene a impedir tal conclusión ya que es una opción de la que disponen las organizaciones sindicales para organizarse a nivel de centro de trabajo, ampliando las previsiones legales.

Continúa y conoce la sentencia del tribunal supremo en:
http://sincro.com.es/blog/tribunales/libertad-sindical-un-convenio-colectivo-no-puede-obviar-ni-minorar-los-derechos-establecidos-en-la-lols/

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La AN «recuerda» qué cláusulas de un sistema de retribución variable son nulas por discriminatorias

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La Audiencia Nacional ha declarado discriminatorias por razón de sexo diversas cláusulas de un convenio sobre el sistema de incentivos (retribución variable) por penalizar situaciones como la lactancia o la realización de exámenes prenatales) (sent. de la AN de 27 de abril de 2020).

Asimismo, también declara contraria a derecho la minoración de los incentivos por disfrute de vacaciones, apelando a la jurisprudencia existente del Tribunal Supremo en materia de retribución durante las vacaciones.

Continúa y conoce el caso enjuiciado en:http://sincro.com.es/blog/tribunales/la-an-tumba-por-discriminatorias-las-clausulas-del-sistema-de-retribucion-variable-que-penalizan-situaciones-como-la-lactancia-o-realizar-examenes-prenatales/

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Los permisos retribuidos que coinciden con vacaciones o descansos no se compensan

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El TJUE declara que no es contraria al derecho comunitario una normativa nacional –legal o pactada- que, cuando el hecho causante de los permisos retribuidos sucede durante los períodos de descanso semanal o de vacaciones anuales, no prevé que los trabajadores puedan reclamar que el disfrute se difiera a los días en los que estos deban trabajar.

La cuestión debatida en el procedimiento nacional consistió en determinar si el cómputo de estos permisos debe comenzar en un día en que el trabajador, en principio, debe trabajar y, con excepción del permiso por matrimonio que ha de computarse en días naturales, si deben disfrutarse en días en que los que el trabajador deba trabajar. Entendiendo como días en que el trabajador no debe trabajar, los días feriados y los de vacaciones.

La AN plantea cuestión prejudicial ante el TJUE en la que se pregunta si es contraria al derecho comunitario una normativa nacional que no permite a los trabajadores reclamar el disfrute de los permisos retribuidos en días en los que estos trabajadores deben trabajar cuando las necesidades y obligaciones para las que están previstos estos permisos retribuidos se produzcan durante los períodos de descanso semanal o de vacaciones anuales retribuidas.

El TJUE, en su sentencia de 4 de junio de 2020, recuerda que la Directiva 2003/88 establece las disposiciones mínimas destinadas a mejorar las condiciones de vida y de trabajo de los trabajadores mediante una armonización de las normas nacionales relativas, en concreto, sobre  la duración del tiempo de trabajo.  En particular, los artículos 5 y 7 se refieren al derecho al descanso semanal y el derecho a vacaciones anuales retribuidas.

Continúa en: http://elderecho.com/los-permisos-retribuidos-coinciden-vacaciones-descansos-no-se-compensan

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El TS aclara la retribución de vacaciones en trabajo a tiempo parcial si ha habido ampliaciones de jornada durante el año

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Retribución de las vacaciones en contratos a tiempo parcial en los que durante el año ha habido ampliaciones de jornada. La retribución de las vacaciones debe integrar la parte proporcional correspondiente a dichas ampliaciones.

Así lo ha sentenciado el Tribunal Supremo en una reciente sentencia (sentencia del TS de 22 de mayo de 2020, que anula la dictada en su día por la Audiencia Nacional).

Continúa conoce el caso enjuiciado en: http://sincro.com.es/blog/tribunales/el-ts-aclara-la-retribucion-de-vacaciones-en-trabajo-a-tiempo-parcial-si-ha-habido-ampliaciones-de-jornada-durante-el-ano/

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Prestación por cáncer o enfermedad grave de menor: si hay 2 progenitores y uno no trabaja, no hay derecho a la prestación

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El  Tribunal Supremo se ha vuelto a pronunciar sobre la prestación por cáncer o enfermedad grave de menor de 18 años. Si hay 2 progenitores y uno no trabaja, no hay derecho a la prestación.

Además, es indiferente que los progenitores estén separados o que uno de ellos tenga la condición de familia monoparental (sent. del  TS de 7 de mayo de 2020, sigue la doctrina de STS de 12 de junio de 2018).

A los efectos del subsidio, el TS deja claro que aunque uno de los progenitores no ostente la guarda y custodia del hijo, eso no significa necesariamente que ese progenitor desaparezca del escenario en el que deben concurrir los elementos que configuran la situación protegida.

Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincro.com.es/blog/tribunales/prestacion-por-cancer-o-enfermedad-grave-de-menor-si-hay-2-progenitores-y-uno-no-trabaja-no-hay-derecho-a-la-prestacion/

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Importantes conclusiones del TJUE sobre el cómputo del periodo de 30 y 90 días en los despidos colectivos

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Conclusiones del TJUE: El artículo 1.1.a de la Directiva 98/59/CE del Consejo (despidos colectivos), debe interpretarse en el sentido de que se refiere a cualquier período de 30 o de 90 días consecutivos que incluya el despido del trabajador.

Así lo establecen las Conclusiones del Abogado General del TJUE, Asunto C‑300/19 (no son vinculantes, por lo que habrá que esperar a que el TJUE dicte sentencia) presentadas hoy, 11 de junio, a raíz de una petición de decisión prejudicial presentada por el Juzgado de lo Social n.º 3 de Barcelona y que pueden consultarse aquí.

Continúa y conoce el caso planteado y la respuesta del TJUE en: http://sincro.com.es/blog/tribunales/importantes-conclusiones-del-tjue-sobre-el-computo-del-periodo-de-30-y-90-dias-en-los-despidos-colectivos/

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