Jurisprudencia
Covid-19 y despidos: declarado procedente el despido de una trabajadora por llevar mal colocada la mascarilla e increpar a un cliente
Covid-19 y despidos: ya empezamos a tener sentencias en torno a incumplimientos en materia de prevención de riesgos laborales, seguridad e higiene por parte de los trabajadores.
Hace unos días analizábamos esta sentencia de Gijón de 4 de noviembre de 2020 (avalando la procedencia del despido por desobediencia y comisión de diversas infracciones) y hoy recogemos esta otra sentencia del JS nº 6 de Santander.
La titular del Juzgado de lo Social nº 6 de Santander ha declarado procedente el despido de una trabajadora de la sección de pescadería de un supermercado por hacer caso omiso a las indicaciones de su superior para que se colocara adecuadamente la mascarilla.
Acto seguido, la trabajadora se dirigió en tono amenazante a la clienta que lo había puesto en conocimiento.
En la sentencia, la magistrada considera que la actuación de la trabajadora “debe encuadrarse dentro de las faltas muy graves” que llevaron a la empresa a despedirla.
Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/covid-19-y-despidos-declarado-procedente-el-despido-de-una-trabajadora-por-llevar-mal-colocada-la-mascarrilla-e-increpar-a-un-cliente/
Considerado despido (y no dimisión) el caso de una trabajadora que dejó de acudir a su puesto por miedo al Covid-19
Interesante sentencia de un JS en la que considera como despido (y no baja voluntaria) el caso de una trabajadora que dejó de acudir a su puesto por miedo ante la situación provocada por la Covid-19.
Considera el JS que la trabajadora no dimitió, sino que fue la empresa la que, por la vía del hecho, procedió a
despedirla, lo cual aboca a la declaración de improcedencia (sent. del JS de Cáceres. Sección 1, de 5 de octubre de 2020).
Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/considerado-despido-y-no-dimision-el-caso-de-una-trabajadora-que-dejo-de-acudir-a-su-puesto-por-miedo-al-covid-19/
Recuperación de las tardes no trabajadas por el Covid-19: ¿modificación sustancial o ius variandi empresarial?
¿La decisión empresarial de recuperar las tardes no trabajadas por la crisis sanitaria derivada del Covid-19, constituye una modificación sustancial de condiciones de trabajo (art. 41 del ET)?
Pues bien, la Audiencia Nacional entiende que en este caso concreto, la decisión de que los trabajadores recuperen entre el 9 de noviembre y el 14 de diciembre de 2.020 las tardes dejadas de trabajar durante la vigencia del Estado de Alarma y confinamiento no constituye una MSCT.
Resalta la Audiencia Nacional que se están redistribuyendo tan solo 19 horas, cuando la jornada anual es de 1.560 horas, y que además existe un Acuerdo de empresa de fecha 19-11-2.019 sobre la distribución irregular de la jornada.
Por tanto, la decisión se encuentra dentro del ejercicio legítimo del ius variandi empresarial con arreglo al 34.2 ET y conforme además con el acuerdo de empresa de 19-11-2019 (sent. de la AN de 16 de noviembre de 2020).
Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/recuperacion-de-las-tardes-no-trabajadas-por-el-covid-19-modificacion-sustancial-o-ius-variandi-empresarial/
El Supremo avala el despido objetivo por causas ecónomicas aunque las pérdidas sean inferiores a las del año anterior
Despido por causas económicas. Pérdidas económicas en las tres últimas anualidades. El Tribunal Supremo avala el despido aunque en el año del despido las pérdidas económicas son inferiores a las de los dos años anteriores.
Razona en su sentencia el Supremo que la empresa intentó solucionar su situación crítica del año 2015 sin extinguir el contrato de trabajo del empleado, lo que no debe impedir que, si las causas económicas subsistieron en el año siguiente (aunque las pérdidas sean menores), el empleador pueda despedir por causas objetivas al trabajador en el año 2016.
La tesis contraria, entiende el TS, tendría un efecto disuasorio para las empresas que intentan superar su situación económica negativa sin realizar despidos al iniciarse dicha situación (sent. del TS de 14 de enero de 2021, en unificación de doctrina).
Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/el-supremo-avala-el-despido-objetivo-por-causas-economicas-aunque-las-perdidas-sean-inferiores-a-las-del-ano-anterior/
Contratos temporales: El Supremo reitera doctrina sobre la indemnización por extinción de contrato eventual, interinidad y de relevo
Contratos temporales: El Tribunal Supremo ha vuelto reiterar doctrina sobre cuál es la indemnización que hay que abonar en caso de extinción de contratos de interinidad, eventual y/o de obra y servicio y de relevo.
La extinción válida de los contratos de interinidad por vacante (art. 15.1 c) ET), eventual (art. 15.1 b) ET) y de relevo (art. 12.7 ET), vuelve a dejar claro el TS, no da derecho a la indemnización por extinción del contrato por causas objetivas del artículo 53.1 b) ET, de conformidad con reiterada doctrina de la Sala.
Así lo vuelve a sentencia el TS en su sentencia de 14 de enero de 2021, que unifica de doctrina.
Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/indemnizacion-extincion-contratos-temporales-2021/
Permisos retribuidos: El Supremo vuelve a recordar que los días de permiso previstos en el art. 37.3.b ET son hábiles (no naturales)
Permisos retribuidos: El Tribunal Supremo ha vuelto a sentenciar que los días de permiso del art. 37.3 b ET (hospitalización, fallecimiento, enfermedad) son hábiles, no naturales.
Nota: El art. 37.3 b del ET (permisos) dispone lo siguiente:
Dos días por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
Cuando con tal motivo la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días.
El Supremo determina que los días de permiso retribuido regulados en el art. 22 del convenio colectivo aplicable, al igual que los previstos en el art. 37.3.b ET, son días hábiles, que no pueden neutralizarse aunque concurran días de descanso (sent. del TS de 14 de enero de 2021, unifica doctrina).
Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/permisos-retribuidos-supremo-permiso-hospitalizacion-enfermedad-dias-habiles/
Permisos: El Supremo descarta que acompañar al médico a un familiar sea un deber inexcusable
Permiso para acompañar al médico a un familiar: el Tribunal Supremo descarta que sea un deber inexcusable de carácter público y personal. Por tanto, el lícito que el convenio lo considere como un permiso no retribuido.
Así lo dispone en su sentencia de 9 de diciembre de 2020, en la que declara lícita la cláusula de un convenio colectivo que contempla este permiso como no retribuido.
Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/permisos-el-supremo-descarta-que-acompanar-al-medico-a-un-familiar-sea-un-deber-inexcusable/
Contrato temporal en fraude de ley: su extinción constituye un despido nulo en caso de embarazo
Un TSJ ha declarado que constituye un despido nulo la extinción de un contrato temporal celebrado en fraude de ley al estar la trabajadora embarazada.
Resulta del todo punto irrelevante que la empresa fuera conocedora o no del embarazo y estuviera o no el motivo del despido relacionado con la situación de embarazo de la trabajadora (sent. del TSJ Canarias de 11 de septiembre de 2020).
Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/contrato-temporal-en-fraude-de-ley-su-extincion-constituye-un-despido-nulo-en-caso-de-embarazo/
Declarado improcedente (no nulo) el despido de un trabajador de baja por coronavirus
Declarado improcedente (no nulo, al entender que no se cumplen los indicios fijados por el TJUE: enfermedad equivalente a discapacidad) el despido disciplinario de un trabajador que estaba de baja por IT por coronavirus.
En concreto, se le prescribió al trabajador un mínimo 14 días de confinamiento absoluto y baja laboral, por posible positivo en Covid-19.
Así lo ha sentenciado el Juzgado de lo Social nº de Palencia de 8 de octubre de 2020, apelando tanto a la jurisprudencia del Supremo en torno a la consideración de los despidos de baja por IT, como a la comunitaria (TJUE).
Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/declarado-improcedente-baja-por-coronavirus/
Registro de jornada: la AN avala el registro en papel firmado por los empleados (modelo autodeclarativo)
Registro de jornada: La Audiencia Nacional ha sentenciado que es lícito realizar un registro en papel firmado por los empleados y que esto no contraviene ni lo dispuesto en el ET ni lo dispuesto por el TJUE.
El hecho de que sea el trabajador el que registre mediante su declaración las horas trabajadas diariamente, no resulta contrario ni al art. 34.9 ET, ni tampoco a la doctrina de la SJUE de 14 de mayo de 2019.
Así lo determina la Audiencia Nacional (sentencia de 9 de diciembre de 2020) relativo a un acuerdo sobre el registro de jornada
Continúa y conoce el caso enjuiciado en: http://sincrogo.com/blog/tribunales/registro-de-jornada-en-papel-autodeclarativo/