Así es el nuevo complemento de maternidad y paternidad para reducir la brecha de género en las pensiones
El pasado 4 de febrero entró en vigor el nuevo complemento de maternidad y paternidad creado con la intención de reducir la brecha de género (Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero).
Se da una nueva redacción al art. 60 de la LGSS.
El complemento para reducir la brecha de género estará asociado a la acreditación de un perjuicio en la carrera profesional en los periodos posteriores a tener un hijo.
Este perjuicio, que según los datos disponibles es sufrido de forma abrumadora por las mujeres (datos de las carreras laborales analizados por la Seguridad Social), es una de las principales causas de la existencia de la brecha de género en la pensión.
El nuevo complemento se concederá al progenitor que acredite un perjuicio en su carrera profesional tras el nacimiento del hijo o hija.
Ahora bien, en caso de ambos progenitores acrediten el perjuicio o si ninguno de los dos lo hace, el derecho se le reconocerá a la madre para cumplir con el fin de reducir la brecha de género.
El importe del complemento por hijo o hija se fijará en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado.
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