Si percibe rendimientos del trabajo, recuerde que no sólo puede deducir como gasto las cotizaciones a la Seguridad Social: existen otros gastos menos habituales que también son deducibles y que le permitirán reducir el IRPF. Te lo explicamos en este artículo.
Gastos deducibles en el IRPF
Como perceptor de rendimientos del trabajo, usted se deduce cada año en su IRPF los siguientes gastos:
Seguridad Social. Las cotizaciones socialesa su cargo (la cuota obrera). Si cotiza como autónomo (porque, por ejemplo, es socio mayoritario de su empresa y cobra un sueldo de ella), puede deducir el importe total que satisfaga por este concepto.
Otros gastos. También puede deducir un importe fijo de 2.000 euros en concepto de “otros gastos”.
En general, estos gastos aparecen en los datos fiscales de Hacienda, por lo que todos los trabajadores los aplican. No obstante, verifique si tiene derecho a deducirse otros gastos menos frecuentes que, al no aparecer en dichos datos fiscales, muchos contribuyentes olvidan.
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2023-05-24 at 8:33 am
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